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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (11/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de setiembre de 2024 El Peruano / - La exigencia de tramitar el procedimiento administrativo E-04, denominado otorgamiento de resolución de capitanía para la instalación de boyas y muertos de amarre de tercera categoría, materializada en el TUPA de la Marina de Guerra del Perú aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2012-DE y difundido en el portal web de la Marina de la Marina de Guerra del Perú. - La exigencia de presentar una (1) memoria descriptiva que incluya características técnicas de la boya y sistema de anclaje, fi rmado por ingenieros, para tramitar el procedimiento E-04, denominado otorgamiento de resolución de capitanía para la instalación de boyas y muertos de amarre de tercera categoría, materializada en el TUPA de la Marina de Guerra del Perú aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2012-DE y difundido en el portal web de la Marina de la Marina de Guerra del Perú; Que, el Artículo Sexto de la Resolución Nº 532-2024/ SEL-INDECOPI, confi rma la Resolución Nº 0990-2023/CEB-INDECOPI, en el extremo que dispuso lo siguiente sobre las medidas detalladas en el resuelve tercero, se detallan las medidas aplicables a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas: - La inaplicación de las barreras burocráticas declaradas ilegales exigencia de tramitar el procedimiento administrativo E-04, denominado otorgamiento de resolución de capitanía para la instalación de boyas y muertos de amarre de tercera categoría, materializada en el TUPA de la Marina de Guerra del Perú aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2012-DE y difundido en el portal web de la Marina de la Marina de Guerra del Perú. - La exigencia de presentar una (1) memoria descriptiva que incluya características técnicas de la boya y sistema de anclaje, fi rmado por ingenieros, para tramitar el procedimiento E-04, denominado otorgamiento de resolución de capitanía para la instalación de boyas y muertos de amarre de tercera categoría, materializada en el TUPA de la Marina de Guerra del Perú aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2012-DE y difundido en el portal web de la Marina de la Marina de Guerra del Perú; Que, mediante Resolución de la Presidencia del Concejo Directivo del INDECOPI Nº 018-2017-INDECOPI/COD de fecha 31 de enero del 2017, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” con fecha 11 de febrero del 2017, se aprueba la Directiva sobre el reporte de Acciones Adoptadas por las Entidades para la Eliminación de Barreras Burocráticas, instrumento que deberá ser considerado como referencia legal para comunicar al INDECOPI las acciones adoptadas; Que, a la fecha la Autoridad Marítima viene dando cumplimiento a lo dispuesto por la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas y la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas en las resoluciones antes descritas: no obstante, resulta necesario que esta Autoridad Marítima, a través de pronunciamiento escrito, formalice las acciones tomadas ya en la práctica relacionadas al cumplimiento de las disposiciones dictadas respecto a la inaplicación de los procedimientos Nº 38 y 39(códigos B-33 y B-34) y la no exigencia de un requisito en el procedimiento administrativo Nº E-04 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Marina de Guerra del Perú (TUPAM-15001), aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2012-DE; Que, el numeral 20, del artículo 12 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1147, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2014-DE, señala que son funciones de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, emitir resoluciones administrativas sobre asuntos de su competencia; Que, en ese orden de ideas, corresponde emitir la resolución directoral que formalice el cumplimiento por parte de la Autoridad Marítima Nacional de lo resuelto por la Comisión de Eliminación se Barreras Burocráticas y la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas;De conformidad, con lo propuesto por el Director de Administración Marítima, a lo opinado por el Director de Control de Actividades Acuáticos, el Director del Ambiente Acuático y el Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y a lo recomendado por el Director Ejecutivo de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas; SE RESUELVE:Artículo 1º .- Declarar que mediante Resolución Nº 0532-2024/SEL-INDECOPI de fecha 24 de julio del 2024, de la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas - INDECOPI, que confi rma y revoca en parte los extremos de la Resolución Nº 0990-2023/CEB-INDECOPI de fecha 25 de diciembre del 2023, de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas - INDECOPI, se dispuso la inaplicación los Procedimientos Administrativos Nº 38 y 39 (códigos B-33 y B-34) del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Marina de Guerra del Perú (TUPAM-15001), aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2012-DE. Artículo 2º .- Declarar la no exigencia a los administrados en la tramitación del Procedimiento Administrativo Nº 115 (código E-04), del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Marina de Guerra del Perú (TUPAM-15001), de los requisitos que se detallan a continuación: PROCEDIMIENTO CÓDIGOSREQUISITOS QUE NO DEBEN SER EXIGIDOS A LOS ADMINISTRADOS 115E-04 Otorgamiento de la Resolución de capitanía para la instalación de boyas y muertos de amarre de tercera categoríaa) Un (1) Estudio Hidro-Oceanográfico de acuerdo a los lineamientos establecidos por la Dirección General de Capitanías y Guardacostas y la Dirección de Hidrografía y Navegación (según lo establecido en la R/D 569/03 de fecha 15 de setiembre 2023) firmados por ingenieros geógrafos, oceanógrafos y civiles. b) Un (1) Plano de ubicación original firmado por ingeniero geógrafo. c) Derecho de trámite administrativo a cargo de las Capitanías de Puerto. Artículo 3º .- Comunicar a los administrados la inaplicación de los procedimientos Nº 38 y 39 (códigos B-33 y B-34) y la no exigencia de los requisitos indicados en el artículo 3 de la presente resolución, en el procedimiento administrativo Nº 115 (código E-04), del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Marina de Guerra del Perú (TUPAM-15001), aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2012-DE. Artículo 4º .- Publicar en el portal electrónico de la Autoridad Marítima Nacional www.dicapi.mil.pe, la presente resolución directoral, el mismo día de su publicación. Artículo 5º.- La presente resolución directoral, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese. RODOLFO SABLICH LUNA VICTORIA Director General de Capitanías y Guardacostas 2323513-1 Disponen la publicación del Proyecto de resolución directoral que aprueba las “Disposiciones complementarias para la formación, certificación y seguridad de las operaciones del personal de buzos y de las empresas que realizan trabajos submarinos y de salvamento” RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 663-2024 MGP/ DICAPI 9 de setiembre del 2024