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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (18/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de setiembre de 2024 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1. - Designar al señor JOSÉ MARTÍN MESÍAS MENDOZA, en el cargo de Jefe de Equipo II (CAP – P N° 191), Nivel F-3, de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud. Artículo 2.- Encargar a la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal de transparencia del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud 2325831-1 Autorizan Transferencia Financiera a favor del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 629-2024/ MINSA Lima, 17 de setiembre del 2024 Visto, el Expediente N° DGIESP-UFANS20240000196, que contiene el Memorándum N° D001169-2024-CENARES- MINSA emitido por el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, el Memorándum N° D003406-2024-OGPPM-MINSA emitido por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Nota Informativa N° D001000-2024-OGAJ-MINSA emitida por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, en el marco del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, se expidió la Resolución Ministerial N° 1157-2023/MINSA de fecha 27 de diciembre de 2023, que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, el numeral 48.2 del artículo 48 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, establece que la adquisición de los recursos estratégicos de salud a través de organismos cooperantes que realice el Ministerio de Salud se regula por lo señalado en el artículo 7 del Decreto de Urgencia Nº 007-2019, Decreto de Urgencia que declara a los medicamentos, productos biológicos y dispositivos médicos como parte esencial del derecho a la salud y dispone medidas para garantizar su disponibilidad; Que, el artículo 7 del citado Decreto de Urgencia Nº 007-2019, precisa que el Ministerio de Salud, a través del órgano correspondiente, está autorizado a efectuar adquisiciones a través de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y el Fondo de Poblaciones de las Naciones Unidas (UNFPA), de los recursos estratégicos en salud. Para dicho efecto, el Ministerio de Salud suscribe convenios de cooperación técnica u otros de naturaleza análoga con los citados organismos internacionales. Asimismo, prescribe que las transferencias fi nancieras a los organismos internacionales para la adquisición de los recursos estratégicos en salud se autorizan mediante resolución del titular del Ministerio de Salud, que incluye el listado de productos farmacéuticos y se afecta a su presupuesto institucional con cargo a la naturaleza de la especí fi ca del gasto que corresponda; Que, por su parte, el artículo 17 de la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/50.01, establece el procedimiento a seguir para la ejecución de transferencias fi nancieras;Que, el artículo 121 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA y modi fi catorias, dispone que el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud es el órgano desconcentrado del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, competente en materia de homologación, programación de necesidades, programación y desarrollo del abastecimiento, almacenamiento y distribución de los recursos estratégicos en Salud; Que, el Memorando de Entendimiento para el Suministro de Servicios de Adquisición entre el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y el Ministerio de Salud fue suscrito el 2 de octubre de 2008 y se mantiene vigente hasta su rescisión por cualquiera de las partes contratantes de acuerdo a lo pactado en el acápite 33 sobre Duración y Rescisión del citado Memorando; Que, a través del Memorándum N° D001169-2024- CENARES-MINSA, que adjunta el Informe N° D000115-2024-CENARES-OPPM-MINSA, el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud solicita gestionar una Transferencia Financiera a favor del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), hasta por la suma de S/ 182 881,00 (CIENTO OCHENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), para la adquisición de productos necesarios para las intervenciones estratégicas sanitarias de fi nidas por el Ministerio de Salud, en el marco de lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto de Urgencia Nº 007-2019; Que, mediante el Memorándum N° D003406-2024- OGPPM-MINSA la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remite y suscribe el Informe N° D000905-2024-OGPPM-OP-MINSA de la O fi cina de Presupuesto, a través del cual considera viable presupuestalmente emitir la Resolución Ministerial que autorice una transferencia fi nanciera del Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora 124. Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud del Pliego 011. Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 182 881,00 (CIENTO OCHENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), a favor del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), para la adquisición de productos necesarios para las intervenciones estratégicas sanitarias defi nidas por el Ministerio de Salud en el marco de lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto de Urgencia Nº 007-2019; Con el visado del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General, del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, y del Despacho Viceministerial de Salud Pública; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/50.01; el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y modi fi catorias; y, el Decreto de Urgencia Nº 007-2019, Decreto de Urgencia que declara a los medicamentos, productos biológicos y dispositivos médicos como parte esencial del derecho a la salud y dispone medidas para garantizar su disponibilidad; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 011. Ministerio de Salud, por la suma de hasta S/ 182 881,00 (CIENTO OCHENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), a favor del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), para la adquisición de productos necesarios para las intervenciones estratégicas sanitarias, según el detalle contenido en el Anexo N° 1 que forma parte integrante