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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (18/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de setiembre de 2024 El Peruano / medición de la actividad económica - fi nanciera de los sectores económicos del país, es necesario realizar a nivel nacional la Encuesta Económica Anual 2024, dirigida a una muestra representativa de empresas de los sectores siguientes: Comercio, Servicios, Educación Superior Privada, Educación Privada, Pesca, Acuicultura, Agencias de Viaje, Establecimientos de Hospedaje, Restaurantes, Manufactura, Minería, Financiera, Construcción, Transportes y Comunicaciones, Hidrocarburos, Electricidad y Generación de Energía; Que, la Encuesta Económica Anual 2024, permitirá obtener información económica, fi nanciera y del desempeño de las actividades productivas; y de la gestión empresarial que realizaron las grandes, medianas, pequeñas y micro empresas durante el año 2023, información que permita caracterizar la evolución de la economía de las empresas en el país para el planeamiento, formulación y evaluación de políticas públicas en los diversos sectores y/o actividades productivas, comerciales y de prestación de servicios, además de la adopción de medidas que sirvan de base para mejorar la producción de estadísticas económicas del Sistema Estadístico Nacional; Que, la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, ha llevado a cabo las actividades y coordinaciones, para el planeamiento de la referida encuesta; así como la defi nición y contenido de los formularios electrónicos a ser utilizados en la “Encuesta Económica Anual 2024”, resultando pertinente aprobar los respectivos formularios y establecer el plazo de su entrega, conforme a lo dispuesto por los artículos 81 y 83 del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística, y de la O fi cina Técnica de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 604; “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la ejecución de la “Encuesta Económica Anual 2024” a nivel nacional, del 23 de setiembre del 2024 al 21 de febrero de 2025, a cargo de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas del INEI, Ofi cinas Departamentales (ODEI) y Zonales (OZEI) de Estadística e Informática, Órganos de Estadística de los Gobiernos Regionales y encargados de la producción estadística en los ministerios correspondientes, los mismos que se detallan en el Anexo Nº 01, que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Aprobar los formularios de la “Encuesta Económica Anual 2024”, con la denominación que se detalla en el Anexo Nº 02. El acceso al formulario y su devolución con la información requerida, se realiza siguiendo los procedimientos establecidos en el Anexo Nº 03, utilizando los contactos electrónicos indicados en el anexo Nº 02 que forman parte de la presente Resolución. Artículo 3.- Disponer que están obligadas a presentar la información de la “Encuesta Económica Anual 2024”, las empresas que desarrollaron actividad económica durante el año 2023, de los sectores siguientes: Comercio, Servicios, Educación Superior Privada, Educación Privada, Pesca, Acuicultura, Agencias de Viaje, Establecimientos de Hospedaje, Restaurantes, Manufactura, Minería, Financiera, Construcción, Transportes y Comunicaciones, Hidrocarburos, Electricidad y Generación de Energía, clasi fi cadas según la CIIU Rev.4. Artículo 4.- Las empresas que hayan sido seleccionadas en la muestra están obligadas a registrar en los formularios la “Encuesta Económica Anual 2024”, información económica- fi nanciera correspondiente al ejercicio económico del año 2023. La información que proporcione la empresa, debe ser presentada de conformidad con las normas de Plan Contable General Empresarial. Artículo 5.- La presentación de los formularios de las Grandes, Medianas y Pequeñas empresas con información de la EEA 2024, se hará tomando como referencia el último dígito del RUC, teniendo como plazos de entrega las fechas siguientes: Último dígito de RUC, 2, 5 y 9; hasta el 25 de octubre de 2024 Último dígito de RUC, 1, 4, 6 y 7; hasta el 25 de noviembre de 2024 Último dígito de RUC, 0, 3 y 8; hasta el 18 de diciembre de 2024 Todas las empresas que desarrollan la actividad de Minería o Financiera, deberán presentar su información, según el último dígito de RUC, mediante formulario Web. Artículo 6.- Las personas naturales y jurídicas obligadas a presentar la información, podrán realizarla mediante: Un aplicativo Web que estará disponible en la dirección https://censos.inei.gob.pe/economicas/ utilizando una CLAVE DE ACCESO que le será proporcionada por el INEI a través de un o fi cio dirigido a cada empresa. Aplicativo en Tablet: Este instrumento será aplicado a las microempresas. Artículo 7.- Para las Microempresas seleccionadas, su información será registrada por el operador de empresas, a través de entrevista directa mediante un aplicativo en Tablet, la cual se ejecutará desde 21 de octubre 2024 al 21 de febrero 2025. Excepto Minería y Financiera que será recogido mediante formulario Web. Artículo 8.- Las empresas obigadas en los artículos 3 y 4 de la presente Resolución, que incumplan con presentar la información dentro del plazo establecido; serán previamente noti fi cadas y de no cumplir con la entrega de la información requerida, pueden ser sancionadas con multa, conforme lo dispuesto por los Artículos 87, 89 y 91 del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, precisando que el pago de la multa no exime a las empresas de la obligación de presentar la información solicitada. Regístrese y comuníquese.PETER ABAD ALTAMIRANO Jefe (e) Anexo 01 Información del Instituto Nacional de Estadística e Informática y Órganos encargados de la producción estadística en los ministerios correspondientes, para la coordinación de la distribución y recepción de los formularios electrónicos. A. INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA-INEI Dirección Nacional de Censos y Encuestas - Sectores de Comercio y ServiciosEn Lima y CallaoDirección: Av. Gral. Garzón Nº 654 - 658 - 2° Piso Jesús María Horario : Lunes a viernes de 8:30 a 17:00 horas Central Telefónica : 7434949 Página Web : https://www.inei.gob.pe/ Portal de la EEA: https://censos.inei.gob.pe/economicas/En Provincias: Oficinas Departamentales y Zonales de Estadística e Informática del INEI. B. ÓRGANOS ENCARGADOS DE LA PRODUCCIÓN ESTADÍSTICA EN LOS MINISTERIOS MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN-PRODUCE PESCAOficina General de Evaluación de Impacto y Estudios EconómicosDirección: Calle Uno Oeste Nº 060 - 11º piso, Urb. Córpac-San Isidro-Lima Horario: Lunes a viernes de 8.30 a 17.00 horas. Página Web: https://www.gob.pe/produce Central Telefónica: 616-2222 Anexo Pesca 3333-3323 Correo electrónico: kmontoya@produce.gob.peEn Provincias : Oficinas Departamentales y Zonales de Estadística e Informática del INEI.