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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (18/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de setiembre de 2024 El Peruano / de la presente Resolución Ministerial, necesario para las intervenciones estratégicas sanitarias de fi nidas por el Ministerio de Salud. Artículo 2.- Financiamiento El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se afectará con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 124. Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud del Pliego 011. Ministerio de Salud, de acuerdo con el detalle señalado en el Anexo N° 2, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo La Unidad Ejecutora 124. Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud coordinará con el del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), el envío de los estados de cuentas, derivados de las adquisiciones efectuadas con los recursos señalados en los Anexos N°s 1 y 2, que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial, en concordancia con los términos contemplados en el Memorando de Entendimiento suscrito con dicho organismo internacional. Artículo 5.- Información La Unidad Ejecutora 124. Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, remitirá a la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud, información trimestral, bajo responsabilidad, de los desembolsos efectuados a favor del del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), dispuestos por la presente Resolución Ministerial. Artículo 6.- Saldos no utilizados Los saldos no utilizados de los recursos transferidos por el Ministerio de Salud, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del organismo internacional, al que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben ser devueltos al Tesoro Público de conformidad con lo establecido a la normatividad del Sistema Nacional de Tesorería. Artículo 7.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano y encargar a la Ofi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la misma y sus Anexos en la sede digital del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud 2326129-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Rectifican error material incurrido en los ítems 1 y 4 del cuadro que forma parte del artículo 1 de la R.M. N° 310-2024-MTC/01, que autoriza transferencia financiera a favor de CORPAC S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 510-2024-MTC/01 Lima, 6 de setiembre de 2024VISTO: El Informe N° 1523-2024-MTC/08 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Ministerial N° 310- 2024-MTC/01, se autoriza una Transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 113 083 520,00, a favor de la empresa Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial S.A. (CORPAC S.A.), para fi nanciar la ejecución de las Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición (IOARR) con Código Único de Inversión (CUI) N° 2639348, 2638648, 2638831 y 2638574, en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; Que, de acuerdo a lo señalado por la O fi cina General de Asesoría Jurídica con el Informe de Vistos; se advierte la existencia de error material en los ítems 1 y 4 del cuadro contenido en el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 310-2024-MTC/01, correspondientes a las Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición (IOARR) denominadas “ADQUISICIÓN DE SISTEMA DE AYUDAS LUMINOSAS; EN CUATRO DISTRITOS DE - TODOS -, PROVINCIA - TODOS -, DEPARTAMENTO -MUL. DEP-” y; “ADQUISICIÓN DE SISTEMA AUTOMÁTICO DE OBSERVACIONES METEOROLÓGICAS (AWOS); EN CUATRO DISTRITOS DE - TODOS -, PROVINCIA - TODOS -, DEPARTAMENTO -MUL.DEP-”, respectivamente; Que, el numeral 201.1 del artículo 201 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (en adelante, la Ley N° 27444), dispone que: “Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión”; asimismo, el numeral 201.2 del mismo artículo, dispone que la recti fi cación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original; Que, en ese sentido, corresponde efectuar la recti fi cación de o fi cio de los montos consignados en los ítems 1 y 4 del cuadro que forma parte del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 310-2024-MTC/01, a fi n de corregir el error material antes señalado; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE:Artículo 1.- Recti fi car el error material incurrido en los ítems 1 y 4 del cuadro que forma parte del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 310-2024-MTC/01, de acuerdo al siguiente detalle: DICE: (…) ITEM CUI NOMBRE DE LA INVERSIÓN MONTO S/ 1 2639348ADQUISICIÓN DE SISTEMA DE AYUDAS LUMINOSAS; EN CUATRO DISTRITOS DE - TODOS -, PROVINCIA - TODOS -, DEPARTAMENTO -MUL.DEP-13 005 000,00 2 2638648ADQUISICIÓN DE SISTEMA DE ATERRIZAJE POR INSTRUMENTOS (ILS) Y SISTEMA DE MEDICIÓN DE DISTANCIA (DME) DE APROXIMACIÓN; EN SEIS DISTRITOS DE - TODOS -, PROVINCIA - TODOS -, DEPARTAMENTO -MUL.DEP-35 015 580,00 3 2638831ADQUISICIÓN DE NODO DIGITAL AERONÁUTICO; EN OCHO DISTRITOS DE - TODOS -, PROVINCIA - TODOS -, DEPARTAMENTO -MUL.DEP-32 011 394,40