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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (20/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 33

33 NORMAS LEGALES Viernes 20 de setiembre de 2024 El Peruano / Setenta y Seis con 80/100 Soles), para 115 plazas, entre ocupadas y vacantes, correspondiente a los regímenes del Decreto Legislativo N° 276 y Ley N° 30057; Que, con el O fi cio N° 5105-2024-EF/53.06, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco del numeral 2.4 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 044-2021, emite opinión favorable a la propuesta del Presupuesto Analítico de Personal 2024 de la Unidad Ejecutora N° 001-15: Ministerio de Justicia - Ofi cina General de Administración, según el Informe Nº 1114-2024-EF/53.06 emitido por la Dirección de Técnica y de Registro de Información de la citada Dirección General, por el costo anual y proyectado que asciende a la suma S/ 5 547 476,80 (Cinco Millones Quinientos Cuarenta y Siete Mil Cuatrocientos Setenta y Seis con 80/100 Soles); Que, mediante el Memorando Nº 1717-2024-JUS- OGRRHH y el Informe N° 484-2024-JUS-OGRRHH, la O fi cina General de Recursos Humanos solicita la aprobación del Presupuesto Analítico de Personal 2024 de la Unidad Ejecutora N° 001-15: Ministerio de Justicia - Ofi cina General de Administración; Con los visados de la O fi cina General de Recursos Humanos; de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; el Decreto de Urgencia N° 044-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias y urgentes en materia de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Sector Público; el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, la Resolución Directoral N° 0003- 2024-EF/53.01, que aprueba la Directiva N° 0002-2024-EF/53.01 denominada “Lineamientos para la formulación, aprobación, registro y aprobación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público”, y modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Presupuesto Analítico de Personal 2024 de la Unidad Ejecutora N° 001-15: Ministerio de Justicia - O fi cina General de Administración, conforme se detalla en los Formatos A.1, A.2, B y C que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y sus Formatos en la sede digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www. gob.pe/minjus), en la misma fecha de la publicación de la Resolución Ministerial en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2327083-1 Aprueban el Presupuesto Analítico de Personal 2024 de la Unidad Ejecutora 004- 1716 - Centros Juveniles RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0242-2024-JUS Lima, 19 de setiembre de 2024 VISTOS: El O fi cio N° 000248-2024-PRONACEJ/UGRH y el Memorando N° 001010-2024-PRONACEJ/UGRH, de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos del Programa Nacional de Centros Juveniles; el Informe N° 000130-2024-PRONACEJ/UPPM, de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Programa Nacional de Centros Juveniles; el Informe N° 01532-2024-OGRRHH-OGEC-NLR, de la O fi cina de Gestión del Empleo y Compensación; el Informe N° 0485-2024-JUS-OGRRHH y el Informe N° 477-2024-JUS-OGRRHH, de la O fi cina General de Recursos Humanos; el Informe N° 0049-2024-JUS/OPRE, de la O fi cina de Presupuesto; el Memorando N° 1352-2024-JUS-OGPM, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 1107-2024-EF/53.06, de la Dirección de Técnica y de Registro de Información del Ministerio de Economía y Finanzas; el O fi cio Nº 5051- 2024-EF/53.06, de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas; y, el Informe N° 1368-2024-JUS/OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos establece que esta entidad es un organismo del Poder Ejecutivo que tiene personería jurídica de derecho público y constituye pliego presupuestal; siendo competente entre otras, en materia de reinserción social de las y los adolescentes en con fl icto con la Ley Penal; Que, mediante Decreto Supremo N° 006-2019-JUS, se crea el Programa Nacional de Centros Juveniles – PRONACEJ, en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con el objeto de fortalecer la reinserción social de las y los adolescentes en con fl icto con la Ley Penal, a través de la atención especializada, ejecución de programas de prevención y tratamiento, y ejecución de medidas socioeducativas por medio de los Centros Juveniles, a nivel nacional; Que, de acuerdo a lo establecido en los artículos 96 y 100 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, el Programa Nacional de Centros Juveniles es un Programa adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y cuenta con personal comprendido dentro del régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728; Que, el numeral 2.4 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 044-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias y urgentes en materia de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Sector Público, señala que la implementación de los instrumentos de la gestión fi scal de los recursos humanos del Sector Público se encuentra a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos, que comprende la aprobación del Catálogo Único de Conceptos de Ingresos correspondientes a los recursos humanos del Sector Público; la aprobación de los lineamientos para la formulación, aprobación y modi fi cación del Presupuesto Analítico del Personal (PAP); y, otros que contribuyan con la asignación y utilización e fi cientes de los fondos públicos, así como brindar opinión favorable sobre el PAP de cada entidad del Sector Público, previo a su aprobación; Que, el numeral 6.1 del artículo 6 de la Directiva N° 002-2024-EF/53.01, “Lineamientos para la formulación, aprobación, registro y modi fi cación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público”, aprobada mediante Resolución Directoral N° 0003-2024-EF/53.01, establece que el “El PAP es el documento de gestión institucional que sistematiza el presupuesto de las plazas que corresponden a los ingresos de personal que percibe el personal activo de manera permanente, periódica, excepcional u ocasional, cuya entrega se realiza de manera regular en el tiempo, incluyendo los aportes que por ley corresponda, comprendidos en el presupuesto institucional de las entidades del Sector Público, que cuenten con un crédito presupuestario aprobado”; asimismo, el citado Lineamiento establece que el PAP es aprobado por el Titular de la Entidad o a quien se delegue dicha función;