NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (20/09/2024)
CANTIDAD DE PAGINAS: 84
TEXTO PAGINA: 39
39 NORMAS LEGALES Viernes 20 de setiembre de 2024 El Peruano / al Secretario General de la OCDE la aceptación de la invitación, y con fi rma la adhesión del Perú a la “Declaración de la visión del 60º aniversario de la OCDE” y la “Declaración del Consejo Ministerial”, adoptada en octubre de 2021; así como rati fi ca la fi rme voluntad del Gobierno de iniciar la hoja de ruta que conduzca a la membresía plena del Perú a la OCDE, y asegura que nuestro país honrará los compromisos que emerjan en dicho proceso; Que, el Consejo de la OCDE, a nivel ministerial, estableció la hoja de ruta que guía el proceso de adhesión de nuestro país a dicha organización internacional, la cual contiene los términos, condiciones y el proceso para su adhesión, con el objetivo de lograr la convergencia del Perú con los estándares, así como las mejores políticas y prácticas de la OCDE. Durante el proceso de adhesión, la OCDE trabaja estrechamente con el Perú para apoyar la adopción de reformas duraderas que permitan alinearnos con tales estándares, políticas y prácticas de la OCDE; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2023-PCM se declaró de interés nacional las acciones, actividades e iniciativas a desarrollarse en el marco del proceso de adhesión del Perú a la OCDE, precisándose que esta declaratoria comprende la participación del Estado peruano en todas las actividades previstas durante la implementación de la hoja de ruta que enmarca el proceso de adhesión del Perú a la OCDE; Que, en ese marco, existe una mani fi esta necesidad de establecer y/o fortalecer estrechas relaciones con los organismos económicos internacionales en la ciudad de París, República Francesa, por lo que el Estado peruano decide el establecimiento de una representación permanente del Perú ante los organismos económicos internacionales con sede en la referida ciudad, con el fi n de realizar un seguimiento y coordinación permanente de los temas de competencia de cada organismo; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el numeral 11 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2021-RE; el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; y, SE RESUELVE: Artículo 1.- Apertura de la Representación Permanente del Perú ante los organismos económicos internacionales con sede en París, Francia Se dispone la apertura de la Representación Permanente de la República del Perú ante los organismos económicos internacionales con sede en la ciudad de París, República Francesa. Artículo 2.- Asignación de recursos Se asignan los recursos necesarios para la apertura y sostenimiento de la Representación Permanente de la República del Perú ante los organismos económicos internacionales con sede en la ciudad de París, República Francesa, a través del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 3.- Refrendo La presente Resolución Suprema es refrendada por el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ELMER SCHIALER SALCEDO Ministro de Relaciones Exteriores 2327169-5Reconocen a Cónsul Honorario de la República de Austria en Arequipa, con jurisdicción consular en la circunscripción consular correspondiente a los departamentos de Arequipa, Moquegua y Tacna RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 162-2024-RE Lima, 19 de setiembre de 2024 CONSIDERANDO: Que, los artículos 2 y 11 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, de 24 de abril de 1963, disponen que el establecimiento de relaciones consulares entre Estados se efectuará por consentimiento mutuo; y, el jefe de la o fi cina consular será provisto por el Estado que envía, de un documento que acredite su calidad, en forma de carta patente u otro instrumento similar, extendido para cada nombramiento y en el que indicará, por lo general, su nombre completo, su clase y categoría, la circunscripción consular y la sede de la o fi cina consular; Que, el artículo 12 de la referida Convención establece que el jefe de o fi cina consular será admitido al ejercicio de sus funciones por una autorización del Estado receptor llamada exequátur, cualquiera que sea la forma de esa autorización, con el cual, el Estado peruano reconoce al referido Cónsul; Que, el literal l) del artículo 116 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-2010- RE, señala que la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares tiene como una de sus funciones especí fi cas constituir el nexo con el Cuerpo Consular acreditado en el Perú, evaluar y tramitar las solicitudes de Exequátur y Reconocimiento Provisional, así como prestar apoyo para el desempeño de sus actividades; Que, mediante Nota Nº Lima/ADMIN/0230/2023, de 21 de agosto de 2023, la Embajada de Austria solicitó la anuencia para la designación del señor Alvaro Freddy Fuentes Huanqui como Cónsul Honorario de la República de Austria en Arequipa, con circunscripción consular en Arequipa, Moquegua y Tacna; Que, a través de la Nota RE (CON) Nº 6-26/9, de 8 de mayo de 2024, el Gobierno Peruano otorgó la aceptación al nombramiento del señor Alvaro Freddy Fuentes Huanqui como Cónsul Honorario de la República de Austria en Arequipa; Que, mediante Nota Nº Lima-ÖB/ADMIN/0238/2024, de 31 de julio de 2024, la Embajada de Austria en el Perú remite las Letras Patentes que acreditan al Cónsul Honorario de la República de Austria en Arequipa, señor Alvaro Freddy Fuentes Huanqui, con circunscripción consular en Arequipa. Moquegua y Tacna; Con la opinión favorable de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores, consignada en el memorándum Nº DGC014052024, en el sentido de que procede el reconocimiento del señor Alvaro Freddy Fuentes Huanqui como Cónsul Honorario de la República de Austria en Arequipa, con jurisdicción consular en la circunscripción consular correspondiente a los departamentos de Arequipa, Moquegua y Tacna; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo señalado en los incisos 11 y 13 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, de 24 abril de 1963; SE RESUELVE: Artículo 1. Reconocimiento Se reconoce al señor Alvaro Freddy Fuentes Huanqui como Cónsul Honorario de la República de Austria en Arequipa, con jurisdicción consular en la circunscripción consular correspondiente a los departamentos de Arequipa, Moquegua y Tacna.