NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (20/09/2024)
CANTIDAD DE PAGINAS: 84
TEXTO PAGINA: 44
44 NORMAS LEGALES Viernes 20 de setiembre de 2024 El Peruano / VISTOS: La Hoja de Trámite (GAC) N° 3706 del Despacho Viceministerial, de 10 de setiembre de 2024; y el Memorándum N° PRO012162024 de la Dirección General de Protocolo y Ceremonial del Estado, de 9 de setiembre de 2024; CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Suprema N° 061-2024- RE, de 25 de marzo de 2024, se nombró Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en la República de Trinidad y Tobago, a la Ministra en el Servicio Diplomático de la República Claudia Giuliana Betalleluz Otiura; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 0287- 2024-RE, se fi jó el 15 de junio de 2024 como la fecha en que la citada funcionaria diplomática asumió funciones como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en la República de Trinidad y Tobago; Que, mediante Nota N° 304, de 8 de agosto de 2024, la Secretaría General de la Comunidad del Caribe (CARICOM) informó que otorga el beneplácito de estilo a la Ministra en el Servicio Diplomático de la República Claudia Giuliana Betalleluz Otiura, para que se desempeñe como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú ante la Comunidad del Caribe; Que, en el numeral 12) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú se establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; y, De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE; y el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Nombrar a la Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en la República de Trinidad y Tobago, Ministra en el Servicio Diplomático de la República Claudia Giuliana Betalleluz Otiura, para que se desempeñe simultáneamente como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú ante la Comunidad del Caribe (CARICOM), con residencia en la ciudad de Puerto España, República de Trinidad y Tobago. Artículo 2.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3.- La presente resolución no irroga gasto alguno al pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ELMER SCHIALER SALCEDO Ministro de Relaciones Exteriores 2327170-12 Autorizan viaje de funcionarios diplomáticos a los Estados Unidos de América, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0701-2024-RE Lima, 16 de setiembre de 2024VISTOS: El Memorándum N° DGM015102024, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, de 9 de setiembre de 2024; la Hoja de Trámite (GAC) N° 3709, del Despacho Viceministerial, de 10 de setiembre de 2024; el Memorándum N° OPP028772024 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de 12 de setiembre de 2024, que otorga certi fi cación de crédito presupuestario al presente viaje; y, el Memorándum N° OAP028282024 de la O fi cina de Administración de Personal, de 12 de setiembre de 2024; CONSIDERANDO: Que, el Septuagésimo Noveno (79°) Periodo de Sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas, se llevará a cabo, de manera presencial, en la sede de la Organización, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, del 24 al 30 de setiembre de 2024; Que, durante la Semana de Alto Nivel del 79° Periodo de Sesiones, se llevarán a cabo una serie de reuniones ofi ciales de alto nivel convocadas por el Secretario General de las Naciones Unidas y el Presidente de la Asamblea General, entre las cuales se encuentra la Cumbre del Futuro, que se llevará a cabo del 22 al 23 de setiembre de 2024; Que, durante dicha semana, las altas autoridades peruanas asistentes tendrán la oportunidad de sostener reuniones bilaterales con sus homólogos, con el Secretario General de las Naciones Unidas, entre otras autoridades de las Naciones Unidas; y de otros organismos internacionales, así como con el sector empresarial; Que, de igual manera, el Perú ha sido invitado a participar en una serie de actividades o fi ciales y eventos paralelos vinculados a temas de desarrollo, salud, paz y seguridad, cambio climático y medio ambiente, destacando la Reunión Ministerial del Grupo de Países A fi nes de Renta Media, la Reunión de alto nivel para conmemorar y promover el Día Internacional para la Eliminación Total de las Armas Nucleares, la Reunión Ministerial del Foro de Civilizaciones Antiguas, y la Reunión de alto nivel de la Alianza de Civilizaciones de las Naciones Unidas, eventos en los que se requiere que el Perú se encuentre debidamente representado; Que, asimismo, el Grupo de los 77, espacio intergubernamental del cual el Perú es país fundador, organizará una serie de actividades, entre las cuales se encuentran la Reunión Anual de Altos Funcionarios del Grupo de los 77 y la Reunión Anual Ministerial del Grupo de los 77; Que, el Perú participará también en reuniones en el marco de foros de concertación regional, como la Cumbre Iberoamericana y la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños, espacio que organiza seis reuniones con socios extrarregionales como China, la Unión Europea, la Unión Africana, India, Países del Golfo y Turquía; Que, entre otros, la Coordinación Nacional del Perú ante la Conferencia Iberoamericana y ante la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños recae en la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales del Ministerio de Relaciones Exteriores; mientras que la Coordinación Nacional Alterna y la Coordinación Nacional Adjunta ante ambos espacios recaen en la Dirección de Organismos y Política Multilateral; Que, la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales del Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de su Dirección de Organismos y Política Multilateral, es el Órgano de Línea competente en materia de coordinación política de las iniciativas y actividades del Grupo de los 77; Que, la participación del Perú en el 79° Periodo de Sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas, y en otras actividades conexas, constituye una importante oportunidad para promover y defender los intereses nacionales inscritos dentro de los objetivos de desarrollo sostenible, paz y seguridad, cooperación internacional, así como otros objetivos de la política exterior peruana vinculados a la promoción económica y a la integración;