NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (20/09/2024)
CANTIDAD DE PAGINAS: 84
TEXTO PAGINA: 18
18 NORMAS LEGALES Viernes 20 de setiembre de 2024 El Peruano / Ministerio de Energía y Minas, en su calidad de secretaría técnica, considerando viable la modi fi cación del artículo 11 de la Resolución Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 019-2022-PCM/SGSD para ampliar el plazo de vigencia de dicho Grupo de Trabajo hasta el 20 de setiembre de 2025; dado que dicha modi fi cación aporta al cumplimiento del objeto del órgano colegiado, agrega que se cuenta con el consentimiento de las entidades que lo integran; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 224-2023-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el artículo 11 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo N° 019- 2022-PCM/SGSD, modi fi cado por las Resoluciones de Secretaría de Gestión Social y Diálogo N° 009-2023-PCM/SGSD y N° 023-2023-PCM/SGSD Modifíquese el artículo 11 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo N° 019-2022-PCM/SGSD, modi fi cado por las Resoluciones de Secretaría de Gestión Social y Diálogo N° 009-2023-PCM/SGSD y N° 023-2023-PCM/SGSD, el cual queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 11.- Periodo de vigencia El Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 20 de setiembre de 2025. Dicha vigencia puede ser ampliada a propuesta de la Secretaría Técnica. ” Artículo 2.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo en el portal institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS MAGUIÑA VILLÓN Secretario de Gestión Social y Diálogo 2326782-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ para participar en evento a realizarse en Bolivia RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 266-2024- MINCETUR Lima, 18 de setiembre 2024VISTO, el O fi cio N° 000497-2024-PROMPERÚ/PE de la Presidencia Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ; y, CONSIDERANDO:Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en la ciudad de Santa Cruz, Estado Plurinacional de Bolivia, del 25 al 27 de setiembre de 2024, PROMPERÚ llevará a cabo el evento denominado “Door to Door Santa Cruz”, que a través de reuniones con diversos operadores y agencias del sector turismo boliviano, brindará información actualizada de nuestra oferta turística, con el objetivo de potenciar la promoción del destino Perú y la comercialización de los productos de las regiones priorizadas para el turismo receptivo en dicho mercado; Que, es importante la realización de este evento porque permitirá estrechar lazos y generar cercanía con la cadena comercial boliviana, para lo cual se contará con un stand informativo en la Feria EXPOCRUZ, la vitrina comercial más importante de Bolivia al mundo, donde se realizará el lanzamiento de la Feria Gastronómica Perú Mucho Gusto Lima, para promover viajes con temática gastronómica; Que, es de interés institucional la participación del señor Luis Ricardo Baraybar Gutiérrez De La Fuente, Subdirector de Promoción del Turismo Receptivo de la Dirección de Promoción del Turismo, en el evento “Door to Door Santa Cruz”, para que, en representación de PROMPERÚ lleve a cabo acciones de promoción del turismo receptivo; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERÚ/ PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Luis Ricardo Baraybar Gutiérrez De La Fuente, Subdirector de Promoción del Turismo Receptivo de la Dirección de Promoción del Turismo, a la ciudad de Santa Cruz, Estado Plurinacional de Bolivia, del 25 al 28 de setiembre de 2024, para que, en representación de PROMPERÚ, realice el evento “Door to Door Santa Cruz”, a que se re fi ere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial se efectúan con cargo al Pliego 008: Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: Nombre y apellidosPasajes aéreos Clase Económica US$Zona GeográficaViáticos por día US$Total Viáticos US$ Luis Ricardo Baraybar Gutiérrez De La Fuente472,99América del Sur370,00 x 3 1 110,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Luis Ricardo Baraybar Gutiérrez De La Fuente, presenta a la Titular de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asiste; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÚRSULA DESILÚ LEÓN CHEMPÉN Ministra de Comercio Exterior y Turismo 2326679-1