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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (20/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 38

38 NORMAS LEGALES Viernes 20 de setiembre de 2024 El Peruano / jurisdicciones consulares consignadas en el artículo 1 del presente Decreto Supremo. Tercera.- Modi fi cación de la Resolución Suprema Nº 248-2009-RE Se modi fi ca el artículo 1 de la Resolución Suprema Nº 248-2009-RE, de 31 de julio de 2009, que nombra a la señora Rosa Elena Reyes Ramos como Cónsul Honoraria del Perú en la ciudad de Salta, República Argentina, en el extremo que corresponde a la circunscripción consular, en los siguientes términos: “Artículo 1.- Nombrar a la señora Rosa Elena Reyes Ramos como Cónsul Honoraria del Perú en Salta, República Argentina, con jurisdicción consular en las provincias de Jujuy, Salta y Santiago del Estero.” Cuarta.- Modi fi cación de la Resolución Suprema Nº 097-2012-RE Se modi fi ca el artículo 2 de la Resolución Suprema Nº 097-2012-RE, de 2 de abril de 2012, que nombra al señor Otto Nicanor Hernández Mere como Cónsul Honorario del Perú en Corrientes, República Argentina, en el extremo que corresponde a la circunscripción consular, en los siguientes términos: “Artículo 2.- Nombrar al señor Otto Nicanor Hernández Mere como Cónsul Honorario del Perú en Corrientes, República Argentina, con jurisdicción consular en las provincias de Chaco, Corrientes, Misiones y Formosa.” DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Derogación parcial de norma asociada Se deroga la Resolución Suprema Nº 172-1988- RE, de 28 de abril de 1988, en el extremo referido al establecimiento de la circunscripción de las O fi cinas Consulares del Perú en la República Argentina. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de setiembre del año dos mil veinticuatro. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ELMER SCHIALER SALCEDO Ministro de Relaciones Exteriores 2327169-2 Disponen la apertura de la Representación Permanente de la República del Perú ante los organismos económicos internacionales, con sede en la ciudad de París RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 161-2024-RE Lima, 19 de setiembre de 2024 CONSIDERANDO: Que, en el marco del Acuerdo Nacional, la Sexta Política de Estado está orientada a llevar a cabo una política exterior al servicio de la paz, la democracia y el desarrollo, que promueva una adecuada inserción del país en el mundo y en los mercados internacionales, a través de una estrecha vinculación entre la acción externa y las prioridades nacionales de desarrollo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 103-2023- PCM se aprueba la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional al 2050, aprobado por Decreto Supremo Nº 095-2022-PCM, cuya acción estratégica 2.8.8 está orientada a alcanzar una política exterior responsable, innovadora y constructiva, garantizando la defensa de los intereses nacionales para la mejora de la calidad de la vida de su población;Que, a través del Decreto Supremo Nº 042-2023- PCM, Decreto Supremo que aprueba la Política General de Gobierno para el presente mandato presidencial, se establece en el Eje 1: Paz Social y Gobernabilidad, el lineamiento 1.4 que consiste en rea fi rmar al Perú como un país que respeta el derecho internacional, fortalece la democracia, protege los derechos humanos y lucha contra la corrupción, promoviendo la integración vecinal y latinoamericana sin exclusiones y con pragmatismo, basada en el respeto mutuo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 075-2024-PCM, se modi fi ca el Decreto Supremo Nº 042-2023-PCM, que aprueba la Política General de Gobierno para el presente mandato presidencial, cuyo lineamiento 10.1 del Eje 10: Conducción de una política exterior reforzada al servicio de los intereses permanentes del Perú, está dirigido a continuar y reforzar las acciones orientadas a alcanzar el objetivo estratégico de adherir al Perú a la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE); Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0270-2024- RE, se aprueba el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024-2030 del Sector Relaciones Exteriores, el cual recoge la acción estratégica AES.01.4, referida a fortalecer la proyección internacional del Perú en regiones estratégicas, mecanismos de integración y organismos internacionales, así como la acción estratégica AES.01.5, referida a mejorar la inserción del Perú en los mercados internacionales; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0536-2019- RE, se aprueba el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2022 del Pliego 008: Ministerio de Relaciones Exteriores, cuyo horizonte temporal fue ampliado hasta el 2026 a través de la Resolución Ministerial Nº 0077-2023-RE, y hasta el 2027 mediante Resolución Ministerial Nº 0383-2024-RE, que establece como lineamientos principales de la Declaración de Política Institucional, fortalecer la aproximación peruana a los procesos de integración, haciendo más visibles para la ciudadanía las ventajas concretas ofrecidas por la Comunidad Andina - CAN, la Alianza del Pací fi co - AP, el Foro de Cooperación Económica Asia Pací fi co - APEC, y las políticas públicas de la OCDE; y, promover la apertura económica y el libre comercio, a fi rmando los principios que fundamentan el sistema multilateral de comercio; así como fortalecer las relaciones con países estratégicos y contribuir al crecimiento económico del país a través de la promoción económica, comercial, cultural, cientí fi ca y tecnológica; Que, en la ciudad de París, República Francesa, se han constituido importantes organizaciones económicas internacionales ante las cuales el Perú precisa contar con una representación permanente, tales como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos – OCDE, la O fi cina Internacional de Exposiciones – BIE, el Centro de Desarrollo de la OCDE – DEV, el Comité de Principios Generales del CODEX – CCGP, la Organización Mundial de Sanidad Animal – OMSA, entre otras; Que, en ese contexto, adquiere especial prioridad la aspiración del Perú a ser miembro pleno de la OCDE, organismo intergubernamental con más de sesenta (60) años de experiencia y conocimientos en la elaboración de políticas públicas que fomentan la prosperidad y las oportunidades, sobre la base de igualdad y bienestar, con el fi n de promover estándares internacionales que ayuden a los países a forjar un camino hacia sociedades más sólidas, justas y sostenibles; Que, mediante carta MC/2021/.394.pb, el Secretario General de la OCDE remite la invitación al Perú para iniciar el proceso de adhesión de nuestro país a dicha organización intergubernamental y con fi rmar su adhesión a la “Declaración de la visión del 60º aniversario de la OCDE” y la “Declaración del Consejo Ministerial”. Esta decisión también alcanzó a Argentina, Brasil, Bulgaria, Croacia y Rumanía, teniendo en cuenta los criterios de a fi nidad, actor signi fi cativo, bene fi cio mutuo y consideraciones globales, además de los progresos realizados por estos países para cumplir los criterios defi nidos en el marco para la consideración de futuros miembros; Que, a través de la carta de fecha 27 de enero de 2022, la Presidencia de la República del Perú comunica