NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (20/09/2024)
CANTIDAD DE PAGINAS: 84
TEXTO PAGINA: 30
30 NORMAS LEGALES Viernes 20 de setiembre de 2024 El Peruano / Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, actúa como Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial y se encarga de coordinar las acciones logísticas y administrativas que coadyuven el cumplimiento de las funciones de la referida Comisión. Artículo 7.- Instalación y sesiones 7.1 La Comisión Multisectorial se instala dentro del plazo de cinco (5) días hábiles contados a partir del vencimiento del plazo para la comunicación a la Secretaría Técnica de los representantes, a la que hace referencia el artículo 5 del presente Decreto Supremo. 7.2 Las sesiones de la Comisión Multisectorial pueden ser presenciales, virtuales y/o mixtas. Artículo 8.- Colaboración de otras entidades 8.1 Con la fi nalidad de cumplir adecuadamente las funciones dispuestas en el artículo 4, la Comisión Multisectorial puede convocar la participación ad honorem de otras entidades públicas, así como del sector privado y académico, según sus necesidades. 8.2 La Comisión Multisectorial, a través de su Secretaría Técnica, puede solicitar información a las entidades públicas y/o privadas para el cumplimiento de sus funciones. Artículo 9.- Financiamiento El funcionamiento de la Comisión Multisectorial, así como los gastos derivados del funcionamiento de su Secretaría Técnica, se fi nancian con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Economía y Finanzas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Asimismo, los gastos que involucre la participación de los integrantes y/o representantes que la conforman, se fi nancia con cargo al presupuesto institucional de la entidad a la cual pertenecen, según corresponda, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 10.- Publicación El presente Decreto Supremo es publicado en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), así como en las sedes digitales de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Artículo 11.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL ÚNICA.- Reglamento interno La Comisión Multisectorial propone su Reglamento Interno para su aprobación mediante Resolución Ministerial, en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles, contado a partir del día siguiente de su instalación. El Reglamento Interno establece la forma en que se realizan las convocatorias de las sesiones, la periodicidad de este, quórum necesario para su realización, y las demás disposiciones para su adecuado desarrollo y organización. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de setiembre del año dos mil veinticuatro. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA Presidente del Consejo de Ministros JOSE BERLEY ARISTA ARBILDO Ministro de Economía y Finanzas 2327170-10ENERGÍA Y MINAS Aceptan renuncia de Presidente del Directorio de PERUPETRO S.A. RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 012-2024-EM Lima, 19 de setiembre de 2024 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, crea la empresa PERUPETRO S.A., empresa estatal de derecho privado del Sector Energía y Minas, organizada como sociedad anónima de acuerdo con la Ley Nº 26887, Ley General de Sociedades; Que, mediante Resolución Suprema Nº 004-2024-EM, se designa al señor Jorge Eduardo Pesantes Escalante en el cargo de Presidente del Directorio de PERUPETRO S.A.; Que, el señor Jorge Eduardo Pesantes Escalante ha formulado renuncia al citado cargo, por lo que corresponde aceptarla; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, la Ley Nº 26225, Ley de Organización y Funciones de PERUPETRO S.A.; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Jorge Eduardo Pesantes Escalante al cargo de Presidente del Directorio de PERUPETRO S.A., dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ROMULO MUCHO MAMANI Ministro de Energía y Minas 2327169-3 Nombran Presidente del Directorio de PERUPETRO S.A. RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 013-2024-EM Lima, 19 de setiembre de 2024 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, crea la empresa PERUPETRO S.A., empresa estatal de derecho privado del Sector Energía y Minas, organizada como sociedad anónima de acuerdo con la Ley Nº 26887, Ley General de Sociedades; Que, el artículo 12 de la Ley Nº 26225, Ley de Organización y Funciones de PERUPETRO S.A., dispone que el Directorio de PERUPETRO S.A. está integrado por cinco (5) miembros; cuyo Presidente será nombrado por Resolución Suprema; Que, se encuentra vacante el cargo de Presidente(a) del Directorio de PERUPETRO S.A., por lo que resulta necesario nombrar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, la Ley Nº 26225, Ley de Organización y Funciones de PERUPETRO S.A.; SE RESUELVE: Artículo 1.- Nombrar al señor José Adrián Mantilla Castillo en el cargo de Presidente del Directorio de PERUPETRO S.A.