NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (20/09/2024)
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79 NORMAS LEGALES Viernes 20 de setiembre de 2024 El Peruano / Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, referido a Gestión Empresarial, aprobado por Resolución Nº 053-98-EF/SAFP. Regístrese, comuníquese y publíquese. MILAGROS ISABEL RIVADENEYRA BACA Intendente de Supervision deInstituciones Previsionales 2324741-1 Declaran el sometimiento a Régimen de Intervención a Financiera Credinka S.A. RESOLUCIÓN SBS N° 03341-2024 Lima, 19 de septiembre de 2024EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO:Que, Financiera Credinka S.A. (en adelante, la Financiera) presenta un deterioro continuo y sostenido de su rentabilidad y de su nivel de solvencia. En este contexto, esta Superintendencia ha venido efectuando un seguimiento permanente a la situación económica y fi nanciera de la Financiera, en el que se le requirió, entre otros aspectos, la adopción de medidas para mejorar su gestión y solvencia, a fi n de garantizar su sostenibilidad y rentabilidad, de acuerdo con lo señalado en los O fi cios N° 2889-2023-SBS del 20/01/2023, N° 55936-2023-SBS del 29/09/2023, y N° 18016-2024-SBS del 27/03/2024, en el marco de las disposiciones establecidas en los artículos 349 y 355 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus modi fi catorias (en adelante, la Ley General); Que, la Financiera pertenece al Conglomerado Romero Tapia, y se encuentra dentro del alcance del artículo 1 del Reglamento para la Supervisión Consolidada de los Conglomerados Financieros y Mixtos, aprobado por la Resolución SBS N° 11823-2010 y sus modi fi catorias. En aplicación del artículo 4 de dicho Reglamento, esta Superintendencia ha determinado la conformación de un grupo consolidable del sistema fi nanciero (GCSF) sobre el cual ejerce supervisión consolidada; Que, la información reportada por la Financiera sobre su GCSF, mediante la Carta N° 343-2018-GG/Financiera Credinka S.A. recibida el 30/11/2018, reveló un dé fi cit patrimonial consolidado al 30/09/2018; y la necesidad de la presentación de un Plan de Adecuación, el cual fue presentado mediante la Carta N° 137-2019-GG/ Financiera Credinka S.A., que contó con la conformidad de esta Superintendencia; Que, mediante la Carta N° 232-2019-GG/Financiera Credinka S.A. recibida el 16/10/2019, la Financiera presentó el informe de avance de cumplimiento del Plan de Adecuación. Producto de la revisión de dicho documento, no se evidenció un avance efectivo en el cumplimiento del referido plan, pues solo 3 de las 9 actividades programadas habían sido cumplidas integralmente; y el défi cit patrimonial consolidado se había incrementado; Que, mediante el O fi cio N° 45530-2019-SBS del 21/11/2019, además de imponer a la Financiera una serie de restricciones para realizar operaciones, se requirió al Directorio de la Financiera realizar una evaluación detallada de las situaciones que vienen generando el incremento del dé fi cit patrimonial del GCSF, así como que el resultado de dicho análisis sea elevado al Directorio y/o a la Junta General de Accionistas de Diviso Grupo Financiero, junto con una propuesta de mejora respecto a la estructura accionarial de la Financiera, con el objetivo de que dichas instancias, en el marco de sus facultades, adopten las acciones que correspondan para mitigar el impacto de las debilidades fi nancieras que presentaban algunas empresas que conforman el GCSF sobre la estabilidad de la Financiera; Que, mediante la Carta N° 295-2019-GG/Financiera Credinka S.A. del 27/12/2019, la Financiera remitió un nuevo Plan de Acción de Requerimiento Patrimonial de su GCSF, el cual contó con la aprobación del Directorio de Diviso Grupo Financiero el 26/12/2019, para su ejecución a diciembre de 2020. El referido plan consideró, entre otros, la venta del 62.5% de las acciones totales de la Financiera, con lo que la participación accionaria de Diviso Grupo Financiero disminuiría a 20% (pérdida de control), el cual fue aceptado por esta Superintendencia mediante el Ofi cio N° 4323-2020-SBS del 30/01/2020, en el que se precisó que el plan debía ser implementado a más tardar el 30/06/2020. Sin embargo, de acuerdo con la Carta N° 096-2020-GG del 22/05/2020, la Financiera, en su calidad de empresa responsable de la remisión de la información consolidada de su GCSF, solicitó la ampliación del plazo del Plan de Adecuación 2020 hasta junio de 2022, señalando que dicha solicitud se fundamenta en el impacto generado por el Covid-19, lo que determinó la interrupción de las acciones detalladas en el Plan; en particular, en lo que se re fi ere a la reestructuración del accionariado de la Financiera a través del ingreso de nuevos accionistas; Que, el plazo para efectuar la reestructuración accionarial estuvo sujeto a sucesivas prórrogas a solicitud de la Financiera 1, siendo el plazo fi nal para concretar lo requerido por esta Superintendencia el 31/08/2023, de acuerdo con el O fi cio N° 23594-2023-SBS del 12/05/2023; Que, uno de los motivos para la extensión del plazo fue que se encontraba en evaluación de esta Superintendencia las solicitudes presentadas por personas integrantes de su grupo económico, para adquirir, temporalmente, una participación indirecta del capital social de la Financiera hasta el 80%, en el marco del Procedimiento Administrativo N° 43 del TUPA de esta Superintendencia. Estas solicitudes tuvieron como objetivo fundamental la reducción de la participación directa de Diviso Grupo Financiero en la Financiera, a través de un intercambio de acciones de Diviso Grupo Financiero en propiedad de 3 accionistas minoritarios por acciones de la Financiera. Dicho intercambio se realizaría en etapas, por lo que, en una etapa intermedia, el intercambio de acciones propuesto llevaría a incrementar la propiedad indirecta de las referidas personas hasta el 80% del capital social de la Financiera; porcentaje que se reduciría cuando se concrete el ingreso de los 3 accionistas de Diviso Grupo Financiero en la Financiera. Al respecto, mediante la Resolución SBS N° 02722-2023 del 16/08/2023, se denegaron las referidas solicitudes para adquirir una participación indirecta por conducto de terceros, de hasta el 80% de acciones representativas del capital social de la Financiera; dado que 2 de los accionistas minoritarios de Diviso Grupo Financiero habían desestimado sus intenciones de participar en el intercambio de acciones; Que, mediante el O fi cio N° 50954-2023-SBS del 08/09/2023, esta Superintendencia no autorizó la nueva solicitud de prórroga presentada por la Financiera (hasta el 31/12/2023); por lo que el plazo para haber concretado la reestructuración del accionariado de la Financiera se encuentra vencido desde el 31/08/2023; Que, de acuerdo con la información trimestral reportada por la Financiera al 30/09/2023, el dé fi cit patrimonial consolidado se había incrementado. En dicho contexto, mediante el O fi cio N° 71530-2023-SBS del 21/12/2023, se requirió a la Financiera un Plan de Adecuación para revertir los excesos en los límites de concentración al fi nanciamiento, registrados desde septiembre de 2023; sin embargo, hasta la fecha, la Financiera no ha cumplido con presentar un Plan de Adecuación a satisfacción de esta Superintendencia 2, habiendo vencido el plazo para su presentación el 30/05/20243; Que, mediante la Carta N° 116-2024-GG/Financiera Credinka S.A. del 29/04/2024, la Financiera informó que se encuentra en un proceso de due diligence con un posible inversionista para la adquisición de hasta el 100% de las acciones de la Financiera. Sobre el particular, a la fecha, la Financiera no ha informado que haya habido cambio en su accionariado; por lo que sigue dentro del alcance del Reglamento para la Supervisión Consolidada de los Conglomerados Financieros y Mixtos. Asimismo, según la