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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (25/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Miércoles 25 de setiembre de 2024 El Peruano / - LUIS ANGEL SIFUENTES PAJUELO - CORINA MARYSABEL MENDO CENTENO- KENIA YERALDINE MELON GUTIERREZ, para que continúe incorporada al Equipo Especial de Fiscales que se avocan a dedicación exclusiva al conocimiento de las investigaciones vinculadas con delitos de corrupción de Funcionarios y conexos, en los que habría incurrido la empresa ODEBRECHT y otros. - SUSAN LIZBETH ZA PATA GUEVARA - WILMER PEREZ BUSTAMANTE- EVELYN MAGALY SANCHEZ COSAVALENTE- ARTURO ALBERTO ARAGON HERRERA- LISMMER LEWIS ARMAS PEÑA- JACQUELINE JUDISSA ROSAS PALACIOS- MILDER PEINADO LARA- SERGIO GRASIANI SALAS MACOTELA- MERLYN YULIANA RIVERA DIONISIO Artículo Cuarto .- Disponer que los nombramientos, designaciones y/o destaques, así como, las incorporaciones en equipos especiales de la presente resolución, igualmente están sujetos a que un fi scal titular deba ser designado en alguna de dichas plazas fi scales o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Quinto .- Disponer que la O fi cina General de Potencial Humano, de ser el caso, continúe con la reserva de plaza del personal administrativo que registre en el Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA) la condición de personal contratado a plazo indeterminado (Decreto Legislativo Nº 728) y, realice las accionas que correspondan respecto al personal sujeto al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 1057, conforme los alcances de la cláusula undécima del convenio colectivo de trabajo a nivel descentralizado período 2024-2025; así como, la retención de cargo de carrera del personal fi scal citado en la presente resolución. Artículo Sexto .- Hacer de conocimiento a los fi scales señalados en la presente resolución que al 31 de diciembre de 2024, de no fi gurar en las resoluciones de prórrogas de nombramientos, designaciones y/o destaques, así como de incorporaciones a equipos especiales, deberán efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General n.o 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación n.o 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Séptimo .- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Fiscalía Suprema de Familia, Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Arequipa, Callao, Cusco, Huánuco, Ica, Lima Centro, Lima Este, Lima Sur, Loreto, Selva Central, Tacna y Ucayali, Coordinación del Equipo Especial de Fiscales que se avocan a dedicación exclusiva al conocimiento de las investigaciones vinculadas con delitos de corrupción de funcionarios y conexos, en los que habría incurrido la empresa ODEBRECHT y otros, Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Extinción de Dominio, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Trata de Personas, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Coordinación General del Equipo Especial de Fiscales avocado al conocimiento del caso “Los Cuellos Blancos del Puerto”, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializada en Delitos de Lavado de Activos, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina General de Tecnologías de la Información y a los fi scales mencionados.Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i) 2328375-1 AUTORIDAD NACIONAL DE CONTROL DEL MINISTERIO PÚBLICO Modifican el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 084-2024-ANC-MP-J Lima, 24 de setiembre de 2024 VISTOS: La Ley Nº 30944, Ley de creación de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público; la Resolución Administrativa Nº 112-2024-ANC-MP-J, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público; y, el Informe Nº 002-2024-ANC-MP/GT.ROF, con la propuesta de modi fi cación, ampliación y adecuación de los alcances del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, elaborado por el Grupo de Trabajo de elaboración del Reglamento de Organización y Funciones; y, CONSIDERANDO: Mediante Ley Nº 30944, se crea la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, con autonomía administrativa, funcional y económica; teniendo a su cargo el control funcional de los fi scales de todos los niveles y del personal de función fi scal del Ministerio Público; salvo el caso de los fi scales supremos, que es competencia exclusiva de la Junta Nacional de Justicia; De conformidad con la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30944, corresponde al Jefe Nacional de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, la revisión y adecuación del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad, así como de otras normas reglamentarias que se requieran para el cumplimiento e fi caz de sus funciones; Por Resolución Administrativa Nº 112-2024-ANC- MP-J, de fecha 31 de mayo de 2024, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público; De acuerdo al artículo 51-I.1 de la Ley Orgánica del Ministerio Público y de conformidad con el literal o) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, la Jefatura Nacional, revisa, adecúa y aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la ANC-MP; así como las otras normas reglamentarias requeridas para el cumplimiento e fi caz de sus funciones; Mediante Resolución Administrativa Nº 009-2024-ANC- MP-J de fecha 16 de enero de 2024, se conformó el Grupo de Trabajo a cargo de la reforma y adecuación del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, el mismo que ha presentado el Informe Nº 002-2024-ANC-MP/GT.ROF, proponiendo la modi fi cación, ampliación y adecuación de los alcances del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, vigente; reformando, precisando y aclarando algunos artículos del mismo; En dicho contexto, evaluadas las propuestas contenidas en el Informe Nº 002-2024-ANC-MP/GT.ROF, resulta necesaria la modi fi cación de los artículos 10, literal y); 13, literales t) y u); 18 literal i); y, 28 literal u), del Reglamento de Organización y Funciones de la ANC-MP, aprobado