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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (25/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 33

33 NORMAS LEGALES Miércoles 25 de setiembre de 2024 El Peruano / presupuestos, y en la gestión pública. Para este efecto deberán garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la información pública, con las excepciones que señala la ley, así como la conformación y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertación, control, evaluación y rendición de cuentas”. Que, mediante Ordenanza N° 483-MDC, de fecha 16 de mayo de 2023, se aprueba el “Reglamento de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Carabayllo”, cuyo objeto es normar y establecer el procedimiento para la realización de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas, en concordancia con los lineamientos establecidos por la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, modi fi cada por la Ley N° 31433. Que, mediante Informe N° 135-2024-GPPCI/MDC, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Institucional remite los actuados para la realización de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2024-II. Que, con Informe N° 227-2024-GAJ/MDC, la Gerencia de Asesoría Jurídica después de la revisión de los actuados remitidos y la normatividad señalada en los párrafos procedentes, emite opinión legal favorable para que se emita el Decreto de Alcaldía para la Convocatoria a la segunda Audiencia Pública Municipal de Rendición de Cuentas. Que, mediante Memorando N° 1516-2024-GM/ MDC, la Gerencia Municipal teniendo en cuenta el pronunciamiento de los órganos técnicos y opinión legal de la Gerencia de Asesoría Jurídica, remite los actuados para la emisión del acto legal correspondiente. Estando a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. SE DECRETA: Artículo Primero.- CONVOCAR a la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2024-II de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, a todos los ciudadanos, Organizaciones Públicas y Privadas, Organizaciones de la Sociedad Civil, para el 30 de setiembre de 2024 a las 17:00 horas, a realizarse en el Local APUSI, ubicado en la Calle Los Álamos N° 102, Urbanización Santa Isabel, de acuerdo al siguiente cronograma: ACTIVIDAD PROGRAMADA FECHA Difusión y convocatoria (Diario Oficial El Peruano; www.municarabayllo.gob.pe; redes sociales)(Fecha de Publicación) Inscripción, Registro de Participantes y presentación de preguntas y/o consultas. - En la Subgerencia de Participación Vecinal, y las Agencias Municipales.- (Formulario Google, difundido a través del Portal Web: www.municarabayllo.gob.pe, y redes sociales)Hasta el 25 de setiembre de 2024 Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2024-II30 de setiembre de 2024 a las 17:00 horas Publicación de la Información de rendición de Cuentas en el Portal de Transparencia Estándar de la MunicipalidadPortal Web: www.carabayllo.gob.pe)15 de octubre de 2024 Artículo Segundo.- APROBAR la Agenda de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2024-lI en el siguiente detalle: • Transferencia, planeamiento y presupuesto. • Recaudación, fi scalización administrativa y licencia. • Salud, participación vecinal, educación, seguridad y cultura. • Inversión pública, ordenamiento territorial y medio ambiente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Subgerencia de Imagen Institucional y a la Subgerencia de Participación Vecinal, realicen las acciones de difusión de la convocatoria a la que se re fi ere el Artículo Primero del presente Decreto. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal; a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Institucional y a las demás unidades orgánicas el cumplimiento del presente Decreto y a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Estadística la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad (https://web.municarabayllo.gob.pe/normas-legales). Regístrese comuníquese, publíquese y cúmplase. PABLO MENDOZA CUEVA Alcalde 2326768-1 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Ordenanza que aprueba el Reglamento que regula la realización de las audiencias públicas de rendición de cuentas de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar ORDENANZA Nº 239-2024- MDMM Magdalena del Mar, 16 de septiembre de 2024 ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO QUE REGULA LA REALIZACIÓN DE LAS AUDIENCIAS PÚBLICAS DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTOEl Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria Nº 19 de la fecha; y, VISTOS El Memorándum Múltiple Nº 101-2024-SG-MDMM emitido por la Secretaria General, el Memorándum Nº 287-2024-OGPV-MDMM emitido por la O fi cina General de Participación Vecinal, el Memorando Nº 2584-2024-OGPP- MDMM emitido por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 499-2024-OGAJ-MDMM emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica y el Memorando Nº 872-2024-GM-MDMM emitido por la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDOQue, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por Ley Nº 30305, concordado con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, potestad que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, el artículo 119-A de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, incorporado por el artículo 2 de la Ley Nº 31433, señala que las audiencias públicas constituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local, tanto en los aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y las di fi cultades que impidieron el cumplimiento de compromisos. Asimismo, los gobiernos locales realizan como mínimo dos audiencias públicas municipales al año, una en mayo y la otra en septiembre, con la fi nalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fi scal;