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57 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de abril de 2025 El Peruano / Que, mediante la Resolución Ministerial N° 057-2015-VIVIENDA, se de fi nió al PNSR como Entidad Pública Tipo B, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por el Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; Que, mediante Resolución Ministerial N° 070-2024-VIVIENDA, se aprobó el Manual de Operaciones del PNSR, documento técnico normativo de gestión institucional, que contiene la descripción de los principales procesos, organización y los niveles de responsabilidad de todas las unidades orgánicas del PNSR; Que, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, tiene por objeto establecer un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, con la fi nalidad que las entidades públicas alcancen mayores niveles de e fi cacia y e fi ciencia, y presten efectivamente servicio de calidad a la ciudadanía a través de un mejor servicio civil; Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria, “Etapas del proceso de implementación” del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado con Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, modi fi cada por el Decreto Supremo N° 085-2021-PCM, dispone que, para la implementación del tránsito al régimen del Servicio Civil por parte de las entidades públicas, se deben seguir las siguientes etapas: a) Análisis situacional respecto a los recursos humanos y al desarrollo de sus funciones, b) Propuesta de reorganización respecto a la estructura de recursos humanos y c) Valorización de los puestos de la entidad pública. Las etapas del proceso de implementación son desarrolladas mediante Directivas emitidas por la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR; Que, el numeral 1 de la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30057, incorporada por el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1602, Decreto Legislativo que modi fi ca la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, para fortalecer la gestión pública a través del tránsito de las entidades públicas y promover el acceso meritocrático de los servidores civiles al régimen del servicio civil, y dicta otras disposiciones, establece que para la aprobación del Cuadro de Puestos - CPE, la entidad debe contar con el Manual de Per fi les de Puestos - MPP que contenga, como mínimo, los puestos de funcionarios públicos y servidores de con fi anza; Que, a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000018-2024-SERVIR-PE se formalizó el acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, adoptado en la Sesión N° 002-2024-CD, mediante el cual se aprueba la Directiva N° 003-2024-SERVIR-GDSRH, Diseño de per fi les de puestos y elaboración, aprobación, administración y modi fi cación del Manual de Per fi les de Puestos (en adelante, la Directiva), la cual tiene por fi nalidad que las entidades públicas cuenten con reglas que les permitan elaborar per fi les de puestos y/o cargos de los distintos regímenes laborales para gestionar los procesos de selección, vinculación, inducción, periodo de prueba, desplazamiento, evaluación del desempeño, capacitación y, en los casos que corresponda, progresión en la carrera, en el marco del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos (SAGRH); Que, en atención a lo dispuesto en los numerales 27.8 y 27.9 del artículo 27 de la Directiva, una vez noti fi cada la opinión técnica favorable de SERVIR, la entidad pública que elabora y presenta la propuesta de Manual de Per fi les de Puestos, la aprueba mediante resolución del titular. Dicha aprobación se realiza en un plazo no mayor a los cinco (5) días hábiles, contabilizados desde la fecha de recepción de la opinión técnica de SERVIR. La mencionada resolución se publica en el Diario O fi cial El Peruano; y el Manual de Per fi les de Puestos, así como la citada resolución, se publican en el portal de transparencia de la entidad pública en la misma fecha en que se publica el citado dispositivo legal en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante el Memorando N° D00303-2024- VIVIENDA/SG-OGGRH, y en atención al Memorando N° D00154-2024-VIVIENDA/MVCS-PNSR de la Dirección Ejecutiva del PNSR, la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos del MVCS remitió el Informe N° D00146-2024-VIVIENDA/SG-OGGRH-OATH de la O fi cina de Administración del Talento Humano del MVCS, en el que concluye que “La propuesta de Manual de Per fi les de Puesto del Programa Nacional de Saneamiento Rural - PNSR se encuentra alineada a los instrumentos de gestión del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, al Reglamento de la Ley N° 31419, a las Directiva N° 001-2024-SERVIR-GPGSC y Directiva N° 003-2024-SERVIR-GDSRH, así como a las políticas y estrategias del sector en materia de recursos humanos”; Que, en atención al O fi cio N° D00225-2024-VIVIENDA/ VMCS-PNSR y al O fi cio N° 178-2025/VIVIENDA/VMCS/ PNSR/DE de la Dirección Ejecutiva del PNSR, mediante O fi cio N° 000245-2025/SERVIR-PE, la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil remite el Informe Técnico N° 000057-2025-SERVIR-GDSRH, elaborado por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, por el cual emite opinión técnica favorable a la propuesta de Manual de Per fi les de Puestos del PNSR, en el marco de lo establecido en el numeral 6.1 del artículo 6 y el numeral 27.6 del artículo 27 de la Directiva, recomendándose continuar con las acciones necesarias para su aprobación, mediante resolución del titular de la entidad, y su publicación en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal de transparencia de la entidad; Que, mediante el Informe N° 363-2025/VIVIENDA/ VMCS/PNSR/UA, la Unidad de Administración traslada el Informe N° 228-2025/VIVIENDA/VMCS/PNSR/UA/SU-RH de la Sub Unidad de Recursos Humanos, a través del cual solicita la aprobación del Manual de Per fi les de Puestos del PNSR, que ha sido desarrollada en base a lo establecido en (i) la Directiva N° 003-2024-SERVIRGDSRH “Diseño de per fi les de puestos y elaboración, aprobación, administración y modi fi cación del Manual de Per fi les de Puestos”, (ii) la Directiva N° 001-2024-SERVIR-GPGSC “Familias de Puestos y Roles y Manual de Puestos Tipo (MPT) aplicables al Régimen del Servicio Civil”, (iii) la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción y su Reglamento; Que, a través del Informe Legal de vistos, la Unidad de Asesoría Legal ha considerado legalmente viable la aprobación del Manual de Per fi les de Puestos del PNSR; Que, con el visto de la Unidad de Administración, de la Unidad de Asesoría Legal, y de la Sub Unidad de Recursos Humanos; y de conformidad con Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; el Decreto Supremo N° 040-2014-PCM que aprueba el Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000018-2024-SERVIR-PE que aprueba la Directiva N° 003-2024-SERVIR-GDSRH, Diseño de per fi les de puestos y elaboración, aprobación, administración y modi fi cación del Manual de Per fi les de Puestos; y lo dispuesto en el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Saneamiento Rural, aprobado por Resolución Ministerial N° 070-2024-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1°.- APROBAR el Manual de Per fi les de Puestos del Programa Nacional de Saneamiento Rural, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- DISPONER que la Unidad de Administración publique la presente Resolución y su Anexo en la sede digital del Programa Nacional de Saneamiento Rural - PNSR (https://www.gob.pe/pnsr) y en el Portal de Transparencia del PNSR, el mismo día de la publicación de la citada Resolución en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. RONALD HUMBERTO MEDINA BEDOYA Director Ejecutivo Programa Nacional de Saneamiento Rural Viceministerio de Construcción y Saneamiento 2386226-1