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11 NORMAS LEGALES Jueves 10 de abril de 2025 El Peruano / respaldo de datos geofísicos, destinados para el sector público y privado. f) Diseñar, desarrollar, implementar y administrar redes de vigilancia y monitoreo para el registro permanente de parámetros que caracterizan el impacto destructor de los peligros naturales y antrópicos asociados con la dinámica interna y externa de la Tierra, tales como sismos, erupción volcánica, deslizamientos, huaicos, pasivos ambientales, clima espacial y procesos asociados, que permitan generar información que contribuya a reducir el impacto de dichos peligros en el marco de la gestión del riesgo de desastres. Asimismo, gestionar y cautelar los datos geofísicos registrados, incluyendo la información publicada en el país por otras instituciones. g) Estimar y evaluar los peligros naturales y antrópicos asociados con la dinámica interna y externa de la Tierra, mediante acciones y procedimientos para generar conocimiento y analizar la vulnerabilidad asociada, que permita la toma de decisiones para la gestión del riesgo de desastres. h) Fomentar y promover la formación de estudiantes de pregrado y posgrado, capacitación, especialización y perfeccionamiento de alto nivel, de investigadores, profesionales y técnicos en Geofísica y Geo-ciencia, de manera individual o en coordinación con las universidades y otras instituciones de investigación. i) Desarrollar cursos de extensión para estudiantes universitarios y de educación superior en los campos de las Ciencias de la Tierra, Ciencias de la Atmósfera e Hidrosfera, Ciencias del Geo-espacio y Astronomía. j) Entregar a las entidades que conforman el SINAGERD y a la ciudadanía la información o fi cial del Estado sobre la ocurrencia de peligros naturales y antrópicos asociados con la dinámica interna y externa de la Tierra, así como del espacio exterior. k) Proveer bienes y servicios en el ámbito de su competencia al sector público y privado. l) Conformar e implementar observatorios, laboratorios y centros de investigación a nivel nacional dedicados a la investigación de las Ciencias de la Tierra, de las Ciencias de la Atmósfera e Hidrosfera, de las Ciencias del Geoespacio y Astronomía, según las necesidades de la población y del Estado. m) Participar en redes de investigación cientí fi ca y desarrollo tecnológico a nivel nacional e internacional, dedicadas a los diversos campos de la Geofísica y ciencias afi nes. n) Prestar asistencia técnica al gobierno, en sus tres niveles, en todos los asuntos relacionados con la Geofísica, sus aplicaciones y contribuir a la generación de políticas y planes nacionales y sectoriales en el ámbito de su competencia o) Las demás que señale la normativa vigente. Artículo 5. Base Legal Las normas sustantivas que establecen las competencias y funciones generales del IGP son: a) Ley Nº 31733, Ley del Instituto Geofísico del Perú. b) Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente. Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modi fi catorias, complementarias y conexas, de ser el caso. TÍTULO II ÓRGANOS DE PRIMER NIVEL ORGANIZACIONAL CAPÍTULO I ÓRGANOS DE LA ALTA DIRECCIÓN Artículo 6. Órganos de la Alta Dirección Los órganos que constituyen la Alta Dirección del IGP, son: 1. Consejo Directivo 2. Jefatura Institucional3. Gerencia GeneralArtículo 7. Consejo Directivo El Consejo Directivo es el máximo órgano de gobierno del Instituto Geofísico del Perú (IGP), responsable de aprobar la política, los objetivos institucionales y dictar los lineamientos que permitan el logro de los objetivos y fi nes de la institución, dentro del marco legal vigente, en concordancia con las políticas y planes nacionales del sector Ambiental, del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación y del Sistema Nacional Gestión del Riesgo de Desastres. Artículo 8. Funciones del Consejo Directivo El Consejo Directivo tiene las siguientes funciones: a) Aprobar la política de gestión cientí fi ca, tecnológica y administrativa del IGP. b) Aprobar la memoria institucional anual.c) Evaluar los resultados de la gestión cientí fi ca, tecnológica y administrativa, y emitir pronunciamiento sobre el logro de los objetivos y fi nes, en relación con los planes institucionales aprobados. d) Fomentar la evaluación y seguimiento de los convenios que suscribe el IGP con otras instituciones. e) Aprobar el reglamento interno del Consejo Directivo. f) Otras funciones que le correspondan conforme a ley. Artículo 9. Jefatura Institucional El/La Jefe/a Institucional es titular del pliego, máxima autoridad ejecutiva de la institución, y la representa o fi cial y legalmente ante instituciones públicas y privadas a nivel nacional e internacional. Tiene como función general dirigir y supervisar la ejecución de las funciones de las diferentes unidades de organización de la institución, en cumplimiento de lo establecido en la Ley Nº 31733, acuerdos del consejo directivo, las políticas y planes institucionales y demás normas sectoriales y nacionales de cumplimiento obligatorio. Artículo 10. Funciones de la Jefatura Institucional La Jefatura Institucional tiene las siguientes funciones: a) Presidir el Consejo Directivo. b) Informar al Consejo Directivo los lineamientos, políticas, planes, programas y proyectos institucionales para el desarrollo de la investigación cientí fi ca, tecnológica y de gestión administrativa en armonía con los fi nes y objetivos de la institución y las políticas y planes nacionales del sector Ambiental, del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación y del Sistema Nacional Gestión del Riesgo de Desastres. c) Informar al Consejo Directivo el proyecto del Plan Estratégico Institucional (PEI), el reglamento de organización y funciones (ROF), el presupuesto institucional anual y la memoria institucional anual. d) Gestionar la aprobación de los proyectos de Reglamento de Organización y Funciones (ROF), de Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) y de Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA). e) Dirigir, supervisar y gestionar la política y planes de la institución de conformidad con Ío dispuesto conforme a ley, los lineamientos de política nacional y acuerdos que dicte el Consejo Directivo e informar periódicamente sobre su avance. f) Aprobar los documentos de gestión y documentos normas internas. g) Expedir resoluciones dentro del ámbito de su competencia y suscribir contratos y convenios con personas naturales y jurídicas, públicas y privadas, nacionales o extranjeras, de conformidad con los fi nes y objetivos de la institución. h) Designar, remover y aceptar la renuncia del director cientí fi co, del gerente general, de los directivos superiores y de aquellos que ejerzan cargos de con fi anza. i) Delegar las funciones delegables al director cientí fi co, al gerente general y a otros servidores públicos conforme convenga e informar al Consejo Directivo sobre la delegación. j) Disponer las acciones que correspondan a fi n de dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en las