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14 NORMAS LEGALES Jueves 10 de abril de 2025 El Peruano / Cooperación Técnica Internacional en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores y los órganos competentes. b) Proponer directivas y normas de aplicación en el ámbito institucional relacionadas con los Sistemas Administrativos de Presupuesto Público, Planeamiento Estratégico, Programación Multianual de Inversiones y Modernización de la Gestión Pública, así como, la Cooperación Técnica Internacional en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores y los órganos competentes. c) Dirigir el proceso de modernización de la gestión institucional de acuerdo con las políticas de Estado y a las normas y lineamientos técnicos sobre la materia. d) Coordinar y efectuar las acciones vinculadas a la formulación y evaluación, o aprobación de inversiones del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. e) Emitir opinión técnica respecto a los documentos de gestión, normas internas, planes, proyectos, programas, convenios y similares, en el ámbito de su competencia. Así como, del seguimiento y archivo de los convenios. f) Promover, asesorar y participar en la formulación de la gestión de procesos, simpli fi cación administrativa y demás materias comprendidas en el Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública. g) Evaluar y proponer el Proyecto de Presupuesto Institucional Anual con una perspectiva de programación multianual y gestionar la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA). h) Gestionar la aprobación de la Programación de Compromisos Anualizada (PCA) de la entidad. i) Realizar el seguimiento de la ejecución presupuestal del pliego institucional, elaborando proyecciones de gastos, avances, y metas fi nancieras. j) Realizar la conciliación semestral y anual del marco legal del presupuesto de la entidad. k) Gestionar la información estadística del IGP.l) Brindar asistencia técnica en la implementación de la estrategia de Presupuesto por Resultados y sus instrumentos. m) Gestionar la coordinación cientí fi ca con el apoyo de la Cooperación Internacional en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores y los órganos competentes, a solicitud de las unidades de organización de la institución. n) Emitir opinión técnica y absolver consultas en el ámbito de su competencia. o) Otras funciones que le asigne la Gerencia General o aquellas que le corresponda por norma expresa. CAPÍTULO II ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN INTERNA: ÓRGANOS DE APOYO Artículo 20. Órganos de Administración Interna: Órganos de Apoyo Constituyen órganos de apoyo del IGP, los siguientes: 1 O fi cina de Administración. 2 O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Artículo 21. O fi cina de Administración La O fi cina de Administración es el órgano de apoyo encargado de ejecutar y evaluar los procesos técnicos relacionados con los Sistemas Administrativos de Gestión de Recursos Humanos, Abastecimiento, Tesorería, Contabilidad, Endeudamiento Público y funciones de Control Patrimonial y Servicios Generales de acuerdo a la normatividad vigente. Depende jerárquicamente de la Gerencia General. Artículo 22. Funciones de la O fi cina de Administración La O fi cina de Administración, tiene las siguientes funciones: a) Planear, organizar, dirigir, ejecutar y controlar, en el ámbito institucional, los procesos técnicos de los Sistemas Administrativos vinculados a la gestión de recursos humanos, abastecimiento, contabilidad, tesorería y endeudamiento público. b) Proponer directivas, normas y documentos de gestión de aplicación en el ámbito institucional relacionadas con los Sistemas Administrativos de gestión de recursos humanos, abastecimiento, contabilidad, tesorería y endeudamiento público. c) Supervisar la ejecución del Plan de Desarrollo de las Personas – PDP de la entidad. d) Administrar los recursos fi nancieros en concordancia con el Plan Estratégico Institucional, el Plan Operativo Institucional y el Presupuesto Institucional, así como informar oportuna y periódicamente a la Alta Dirección y a las entidades competentes sobre la situación fi nanciera de la entidad. e) Gestionar el Planeamiento y Programación Multianual de bienes, servicios y obras. f) Conducir las actividades relativas al Sistema Nacional de Abastecimiento. g) Suscribir y administrar contratos y/o convenios relacionados a la adquisición de bienes, contratación de servicios, ejecución de obras y otros de su competencia. h) Supervisar la administración de los bienes muebles y bienes inmuebles de la entidad, así como el control y actualización del registro de los mismos. i) Dirigir y supervisar la formulación de los estados fi nancieros y presupuestarios de la entidad. j) Participar en coordinación con la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, en las fases de programación y formulación del presupuesto institucional de la entidad, así como conducir su fase de ejecución. k) Efectuar el control previo y concurrente de las operaciones administrativas y fi nancieras de la entidad, en cumplimiento de las normas del Sistema Administrativo de Control. l) Administrar y mantener actualizado en el ámbito de su competencia el Registro de Declaraciones Juradas de la Contraloría General de la República, de conformidad con la normatividad vigente. m) Emitir actos administrativos o de administración interna que correspondan en el marco de las competencias asignadas en la normatividad vigente. n) Emitir opinión técnica en el ámbito de su competencia. o) Expedir resoluciones en las materias de su competencia. p) Conducir el proceso de selección, otorgamiento y supervisión de las subvenciones económicas a los tesistas de pregrado y postgrado, sean estudiantes o graduados, en coordinación con la Dirección de Gestión de la Investigación y Conocimiento Cientí fi co, Desarrollo Tecnológico e Innovación. q) Otras funciones que le asigne la Gerencia General o aquellas que le corresponda por norma expresa. Artículo 23. O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones La O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, es el órgano de apoyo responsable de la gestión del Gobierno Digital y de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones; así como de implementar proyectos de tecnologías de la información que requieran las unidades de organización de la institución. Depende jerárquicamente de la Gerencia General. Artículo 24. Funciones de la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones La O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, tiene las siguientes funciones: a) Cautelar el cumplimiento de las normas del Sistema Nacional de Transformación Digital y normativa vigente relacionadas con las tecnologías de la Información y comunicaciones. b) Gestionar estrategias, proyectos, actividades e iniciativas concernientes a Gobierno y transformación Digital en el IGP, de acuerdo a la normatividad vigente. c) Administrar la infraestructura, servicios informáticos y sistemas de comunicaciones, así como garantizar la