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55 NORMAS LEGALES Viernes 18 de abril de 2025 El Peruano / su jurisdicción en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; con la promoción de la participación de la inversión privada en la ejecución de estos proyectos, se busca favorecer el desarrollo de nuevas fuentes de generación de bienes, servicios y empleo, contribuyendo a mejorar la calidad de vida de la población; Que conforme al artículo XI del Título Preliminar del Reglamento de la Ley N° 29230, las Entidades Públicas pueden suscribir un Convenio de asistencia técnica con Pro Inversión bajo la modalidad de asesoría o de encargo, previo Acuerdo del Consejo Regional, del Concejo Municipal, del Consejo Universitario, o previa Resolución del titular de la Entidad Pública del Gobierno Nacional, según corresponda; Que, en este marco legal, el Gobierno Regional de Ayacucho, por convenir a los intereses de la población de su jurisdicción, de contar con servicios públicos e infraestructura adecuada y e fi ciente, ha decidido ejecutar bajo la modalidad de obras por impuestos, los proyectos que son priorizados por el presente acuerdo; el Acuerdo Nacional, establece como política de Estado cuatro grandes objetivos, dentro de los cuales se hallan considerado 1) Fortalecimiento de la democracia y el estado de derecho, y 2) Desarrollo con igualdad y justicia social; Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que es atribución del Consejo Regional, aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; asimismo, el literal a) del artículo 45º de la misma Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que la función normativa y reguladora de los Gobiernos Regionales, se ejerce elaborando y aprobando normas de alcance regional; Que, el literal o) del artículo 21° de la Ley N° 27867, modi fi cado por el Artículo Único de la Ley N° 29053, establece entre las atribuciones del Gobernador Regional de promulgar las Ordenanzas Regionales o hacer (…) y ejecutar los Acuerdos del Consejo Regional; asimismo, el artículo 39º del cuerpo legal acotado establece que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano e institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; En atribución de las facultades conferidas por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; y al amparo del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ayacucho, aprobado por Ordenanza Regional N° 003-2012-GRA/CR; y demás normas conexas; el Consejo Regional de Ayacucho, con el voto unánime de sus miembros, luego de un amplio debate respecto a la solicitud; aprobó el siguiente, ACUERDO REGIONALArtículo Primero.- APROBAR, la Priorización de Proyectos de Inversión Pública con CUI N° 2600090, 2600091, 2600094, 2600096, 2600098, 2600100, 2601338, que asciende al monto de S/. 9‘297,000.00 (Nueve millones doscientos noventa y siete mil con 00/100 Soles), bajo la Modalidad de Obras por Impuestos, de acuerdo a la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, de conformidad al detalle que a continuación se describe: Articulo Segundo.- FACULTAR al Gobernador Regional de Ayacucho suscribir los Convenios de Inversión Pública Local con las Empresas Privadas seleccionadas de conformidad con lo establecido en el artículo 4º de la Ley N° 29230 y las adendas que fuesen pertinentes. Artículo Tercero.- FACULTAR al Titular del Gobierno Regional de Ayacucho, aprobar y convenir todas las variaciones o modi fi caciones que resulten necesarias durante la fase de ejecución, para el cumplimiento de los objetivos de los (las) inversiones hasta la emisión de los Certi fi cados de “Inversión Pública Regional y Local -Tesoro Público” CIPRL, considerando que se encuentra facultado a suscribir los Convenios de Inversión Pública Locales con las Empresas Privadas, así como a aprobar, autorizar y supervisar los procedimientos del mecanismo de Obras por Impuestos, conforme lo establece el artículo 4º de la Ley N° 29230. Articulo Cuarto.- SOLICITAR la Asistencia Técnica, en la modalidad de Asesoría, a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, según los alcances del artículo XI del Título Preliminar del Reglamento de la Ley N° 29230, para realizar el Proceso de Selección de la Empresa Privada y Entidad Privada Supervisora. Artículo Quinto.- FACULTAR al Titular del Pliego a suscribir el Convenio de Asistencia Técnica con PROINVERSIÓN. Artículo Sexto.- AUTORIZAR al Director Regional de Administración realizar las afectaciones presupuestales y fi nancieras en el Sistema Integrado de Administración Financiera SIAF que origine la emisión de los Certi fi cados de “Inversión Pública Regional y Local -Tesoro Público” CIPRL, así como las modi fi caciones presupuestarias dirigidas a la emisión de los CIPRL, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Secretaría del Consejo Regional de Ayacucho, noti fi car a la Gerencia ITEM CUI NOMBRE DE LA INVERSIÓN ESTABLECIMIENTOS DE SALUD COSTO S/. 01 2600090Adquisición de ambulancia Rural en dos establecimientos de salud I-4, Establecimiento de salud I-2 a nivel distrital Ayacucho - Paucar del Sara Sara - Pausa.1. E.S. PAUSA 2. E.S. PACAPAUSA925,000.00 02 2600091Adquisición de ambulancia Rural en cinco establecimientos de salud I-2, Establecimiento de salud I-3 a nivel distrital Ayacucho - Cangallo - Totos.1. E.S. VINCHOS 2. E.S. CARMEN ALTO3. E.S. SOCOS4. E.S. TOTOS5. E.S. OCROS2’191,000.00 03 2600094Adquisición de ambulancia Rural en dos establecimientos de salud I-2, Establecimiento de salud I-3 a nivel distrital Ayacucho - Huanta - Pucacolpa.1. E.S. HUALLHUA 2. E.S. HUAMANGUILLA925,000.00 04 2600096Adquisición de ambulancia Rural en cuatro establecimientos de salud I-2, Establecimiento de salud I-3 a nivel distrital Ayacucho - Lucanas - Llauta.1. E.S. ANDAMARCA 2. E.S. LLAUTA3. E.S. SAN CRISTOBAL4. E.S. CHIPAO1’802,000.00 05 2600098Adquisición de ambulancia Rural en dos establecimientos de salud I-2, Establecimiento de salud I-3 a nivel distrital Ayacucho - La Mar - Ninabamba.1. E.S. NINABAMBA 2. E.S. VILLA AURORA859,000.00 06 2600100Adquisición de ambulancia Rural en dos establecimientos de salud I-4, Establecimiento de salud I-2 a nivel distrital Ayacucho - La Mar - Ayna.1. E.S. MECHENTE 2. E.S. LLOCHEGUA859,000.00 07 2601338Adquisición de ambulancia Rural en cuatro establecimientos de salud I-2, Establecimiento de salud I-3 a nivel distrital Ayacucho - Sucre - Soras.1. E.S. HUALLA 2. E.S. SORAS3. E.S. LUCANAMARCA4. E.S. VISCHONGO1’736,000.00 TOTAL S/. 9’297,000.00