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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2025 (27/04/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Domingo 27 de abril de 2025 El Peruano / de un (1) inmueble con código VIAL-AVP-T02-ST01- 150112-P-00283, para la ejecución del proyecto: “Construcción del anillo vial periférico de la ciudad de Lima y Callao” (en adelante, el Proyecto), y el valor de la Tasación ascendente a S/ 403 173,29 (CUATROCIENTOS TRES MIL CIENTO SETENTA Y TRES Y 29/100 SOLES); Que, en forma posterior a la emisión de la Resolución Ministerial Nº 713-2023- MTC/01.02, los Sujetos Pasivos mani fi estan su aceptación a la oferta de Adquisición; por lo que, solicita retornar al procedimiento de trato directo conforme a lo dispuesto en el numeral 21.8 del artículo 21 de la Ley; para tal efecto, a través del “Acta de Entrega – Recepción del bien inmueble, ubicado en el distrito de Independencia, provincia y departamento de Lima (conforme a lo establecido en el numeral 21.8 del artículo 21 del Decreto Legislativo Nº 1192)” de fecha 16 de diciembre de 2024, realizan la entrega del inmueble a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, con Memorando Nº 1892-2025-MTC/19, la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes remite el Memorando Nº 2154-2025-MTC/19.03 de la Dirección de Disponibilidad de Predios, que encuentran conforme lo expresado en el Informe Nº 041- 2025-CL-DDP, los cuales sustentan que resulta procedente la aplicación del numeral 21.8 del artículo 21 de la Ley, señalando que corresponde dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 713-2023-MTC/01.02, que aprueba la ejecución de la expropiación y el valor de la tasación del inmueble identi fi cado con código VIAL-AVP- T02-ST01-150112-P-00283; Que, mediante el numeral 9.3 del artículo 9 de la Resolución Ministerial Nº 786-2024-MTC/01, se delega en el/la Director/a General de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes la facultad de aprobar el valor total de la tasación y el pago, incluyendo el incentivo, para la adquisición de los inmuebles necesarios para la ejecución de obras de infraestructura mediante la modalidad de trato directo, previa opinión de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de conformidad a lo dispuesto en la Ley; por lo que, corresponde a la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes determinar y aprobar el monto del valor total de la Tasación, en atención a las facultades otorgadas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias, la Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01 que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Resolución Ministerial Nº 786-2024-MTC/01; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 713-2023-MTC/01.02, que aprueba la ejecución de la Expropiación y el valor de la Tasación de un (1) inmueble identi fi cado con código VIAL-AVP-T02- ST01-150112-P-00283, para la ejecución del proyecto: “Construcción del anillo vial periférico de la ciudad de Lima y Callao”, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, evalúe y apruebe el valor total de la Tasación y el pago por el inmueble para la ejecución del proyecto: “Construcción del anillo vial periférico de la ciudad de Lima y Callao” correspondiente al código VIAL-AVP-T02-ST01-150112-P-00283, en atención a las facultades otorgadas mediante la Resolución Ministerial Nº 786-2024-MTC/01. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones 2393865-1Autorizan viaje de inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil a los Estados Unidos de América, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 222-2025-MTC/01.02 Lima, 24 de abril de 2025 VISTOS: La Comunicación GOP/INS 085-2025 de la empresa AERO TRANSPORTE S.A. , y el Informe Nº 0168- 2025-MTC/12 de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establecen que los viajes al exterior que realicen; entre otros, los servidores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se autorizan mediante Resolución Ministerial del Sector, la que debe ser publicada en el diario o fi cial “El Peruano”; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos se aprueban conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y en el marco de dicha competencia es responsable de la vigilancia y la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de evaluar las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos, así como el material aeronáutico que emplean; Que, mediante la Comunicación GOP/INS 085- 2025, la empresa AERO TRANSPORTE S.A. solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, la designación de un inspector para realizar el chequeo de recali fi cación de piloto en simulador de vuelo en el equipo Dash8-Q400 a su personal aeronáutico, acompañando los requisitos establecidos para el Servicio Prestado en Exclusividad S-DGAC-011 “Evaluación práctica del personal aeronáutico” del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2022-MTC y sus modi fi catorias; Que, asimismo, la citada empresa cumple con el pago del derecho de tramitación del servicio señalado en el considerando precedente, ante la O fi cina de Finanzas de la O fi cina General de Administración; por lo que, los costos del viaje de inspección están cubiertos por la empresa solicitante, incluyendo el pago de los viáticos; Que, la solicitud de autorización de viaje es evaluada y sustentada por la Dirección General de Aeronáutica Civil con el Informe Nº 0168-2025-MTC/12, conforme a la Orden de Inspección Nº 0800-2025-MTC/12.04 y el Informe Nº 0151-2025-MTC/12.04 de la Dirección de Seguridad Aeronáutica, siendo que, dicha Dirección General señala que el presente viaje resulta de interés institucional, toda vez que se realiza de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; Que, en consecuencia, corresponde autorizar el viaje en comisión de servicios del señor FREDDY RALF GUZMÁN MILLA, inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Seattle, Estados Unidos de América, del 30 de abril al 4 de mayo de 2025, para los fi nes antes expuestos;