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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (03/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 40

40 NORMAS LEGALES Domingo 3 de agosto de 2025 El Peruano / 15 indica: “Son atribuciones del Consejo Regional: a. Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (…)”; y, en el artículo 38, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el numeral 2) del literal b) del artículo 45 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Gobiernos Regionales se ejercerán con sujeción al ordenamiento jurídico establecido por la Constitución, la Ley de Bases de la Descentralización y demás leyes de la República, señalando: “Función de planeamiento. - Diseñando políticas, prioridades, estrategias, programas y proyectos que promuevan el desarrollo regional de manera concertada y participativa, conforme a la Ley de Bases de la Descentralización y a la presente Ley”; asimismo, en el artículo 21, inciso q, del mismo cuerpo normativo se establece que: “El Presidente Regional, tiene las siguientes atribuciones: “(…) q. Proponer al Consejo las iniciativas legislativas (…)”; Que, el artículo 11 del Reglamento Interno del Consejo Regional Cusco aprobado por Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC, establece que: “La Función Normativa que ejerce el Consejo regional como máxima instancia deliberativa y fi scalizadora del Gobierno Regional de Cusco, comprende la propuesta, el debate, la aprobación, modi fi cación, interpretación y derogación de las siguientes normas regionales: a. Ordenanza Regional.- De cumplimiento obligatorio del Gobierno Regional de Cusco y de todas las instituciones públicas, privadas, y de la Sociedad Civil de la región.(…)”; Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Cusco, aprobado con Ordenanza Regional N° 248 - 2024 - CR / GRC, en su artículo 96° precisa que “... las ordenanzas regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia (...)”; Que, el literal 2 del artículo 102 del Reglamento Interno del Consejo Regional Cusco, aprobado por Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC, el cual señala que: “Tienen derecho a plantear proposiciones normativas de carácter regional o iniciativas legislativas en materias de competencia regional: (…) 2. El Gobernador (a) Regional, Vicegobernador (a) en reemplazo del Gobernador”. Que, la Ordenanza Regional N° 235 - 2023 / CR / GR CUSCO, de fecha 26 de junio de 2023, fue la norma mediante la cual se desarrolló el proceso del Presupuesto Participativo Multianual Basado en Resultados 2024 – 2026, en el Gobierno Regional de Cusco, y dentro de éste, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, aprobó el Reglamento del mismo, cuyo objetivo es normar y orientar las acciones y/o procedimientos que aseguren el desarrollo del Presupuesto Participativo Multianual Basado en Resultados 2024 – 2026; Que, mediante O fi cio N° 006-COVIC-GORE/2024-2026 de fecha 16 de agosto de 2024, Sr. Mario Sánchez Andia, titular de la Red Regional de Coordinación de Comités de Vigilancia y Control Ciudadano del Cusco -RECOVIC reconocido mediante Ordenanza Regional N° 250-2024-CR/GRC; alcanza observaciones de forma y de fondo a la Ordenanza Regional antes citada, referidas a: (i) La condición de ‘titulares” o accesitarios de los representantes que conforman el Comité de Vigilancia Ciudadana Multianual del Presupuesto Participativo Multianual 2024-2026 del Gobierno Regional de Cusco, (ii) Digitación del nombre del Representante Accesitario de la Gestión del Ambiente, así como a la Organización a la cual representa, (iii) La vigencia del Comité de Vigilancia en el artículo segundo y. (iv) Las funciones que deben cumplir los miembros del referido Comité de Vigilancia. Que, mediante Informe Técnico N° 343-2024-GR CUSCO/GRPPM-SGPL de fecha 12 de setiembre de 2024, con observaciones subsanadas mediante Informe Técnico N° 467-2024-GR CUSCO/GRPPM-SGPL de fecha 13 de diciembre de 2024 y con Informe Técnico N° 43-2025-GR CUSCO/GRPPM-SGPL de fecha 26 de febrero de 2025, la Subgerencia de Planeamiento, emite informe técnico evaluando cada observación de forma y de fondo a la referida Ordenanza Regional, respecto de las cuales establece los términos en los cuales debe versar la modi fi cación de la Ordenanza Regional N° 250- 2024-CR/GRC que reconoce el Comité de Vigilancia Ciudadana Multianual del Presupuesto Participativo Multianual 2024-2026 del Gobierno Regional de Cusco. En ese sentido, concluye lo siguiente: *- En referencia a las OBSERVACIONES DE FORMA, conforme al análisis efectuado, corresponde tomar como válidas estas, en consecuencia, modi fi carse de la Ordenanza Regional N° 250-2024-CR/GRC, respecto a los puntos señalados precedentemente. - Respecto a las OBSERVACIONES DE FONDO, conforme el análisis efectuado, no es posible tomar como válidas estas, por lo que no corresponde la modi fi catoria de la Ordenanza Regional N° 250- 2023-CR/GR CUSCO, respecto a los puntos señalados precedentemente. Por tal efecto la Subgerencia de Planeamiento, concluye que corresponde la modi fi cación de la Ordenanza Regional N° 250-2024-CR/GRC, en el Marco de las normas legales, que así lo indican, como de las observaciones hechas con los documentos de referencia.” Que, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento y Ordenamiento Territorial, del Consejo Regional de Cusco, concluyó en su Dictamen N° 009 - 2025 - GR CUSCO - CRC - COPPAQT, opinando favorablemente por la procedencia de la propuesta y por mayoría recomendaron al Pleno del Consejo Regional la aprobación de la Ordenanza Regional que propone modi fi car los artículos primero y segundo de la Ordenanza Regional N° 250 - 2024 - CR / GRC, que reconoce al Comité de Vigilancia Ciudadana Multianual del Presupuesto Participativo Multianual 2024 - 2026 del Gobierno Regional del Cusco, con vigencia del 2024 al 2026; Que, mediante O fi cio N° 0063 - 2025 - GR CUSCO / CRC - COPPAOT - P, de fecha 26 de mayo de 2025, la Presidenta de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento y Ordenamiento Territorial, del Consejo Regional de Cusco, Consejera Regional María Elena Yábar Peralta, hace llegar el Dictamen N° 009 - 2025 - GR CUSCO - CRC - COPPAQT, opinando favorablemente por la propuesta de modi fi car los artículos primero y segundo de la Ordenanza Regional N° 250 - 2024 - CR / GRC, y que además reconoce al Comité de Vigilancia Ciudadana Multianual, del Presupuesto Participativo Multianual, con vigencia del 2024 al 2026; Que, estando a las consideraciones expuestas, a lo acordado y aprobado en la Sexta Sesión Ordinaria de fecha 9 de junio de 2025, y al amparo de las facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, modi fi cada por la Ley N° 27680; Ley N° 27783, Ley de Bases de Descentralización, Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; el Pleno del Consejo Regional de Cusco, con el voto nominal por unanimidad y con dispensa de la lectura del acta: HA DADO LA SIGUIENTE: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA MODIFICAR LA ORDENANZA REGIONAL Nº 250-2024-CR/GRC, QUE RECONOCE AL COMITÉ DE VIGILANCIA CIUDADANA MULTIANUAL DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO MULTIANUAL 2024 – 2026 DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO, CON VIGENCIA DEL 2024 AL 2026 Artículo Primero.- MODIFICAR, los artículos primero y segundo de la Ordenanza Regional Nº 250-2024-CR/GRC, que reconoce al Comité de Vigilancia Ciudadana Multianual del Presupuesto Participativo Multianual 2024 – 2026 del Gobierno Regional de Cusco, con vigencia del 2024 al 2026, los mismos que quedarán redactados de la siguiente manera: Artículo Primero.- RECONOCER, al Comité de Vigilancia Ciudadana Multianual del Presupuesto Participativo Multianual 2024 – 2026 del Gobierno Regional de Cusco, con vigencia del 2024 al 2026, el cual estará organizado por Ejes Estratégicos y conformado por los siguientes representantes institucionales: