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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (03/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 33

33 NORMAS LEGALES Domingo 3 de agosto de 2025 El Peruano / DE DESBORDE E INUNDACIÓN BASADO EN UNA PROPUESTA DE VALORACIÓN DE ESPACIO PÚBLICO SOSTENIBLE EN ZONAS ÁRIDAS, con la fi nalidad de que asista en calidad de ponente del artículo aceptado titulado “Multi-level climate governance for urban heat island mitigation in Tacna, Atacama Desert Southern Peru; an integrated approach based on the SDGs”, en el “X Congreso Mundial Multidisciplinario en Ingeniería Civil, Arquitectura y Urbanismo (WMCCAU)”, a realizarse en la ciudad de Ostrava, República Checa, del 1 al 5 de setiembre de 2025. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el viaje autorizado en el artículo precedente se ejecutarán de acuerdo a la siguiente información presupuestal, debiendo a su retorno efectuar la rendición de cuenta debidamente documentada, conforme a disposiciones y normas vigentes: MONTO TOTAL - Mtra. KARINA YANINA ACOSTA CAIPA S/ 11 681,44 Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, de conformidad a las normas vigentes. Regístrese, comuníquese y archívese.JAVIER LOZANO MARREROS Rector MARTIN PAUCARA ROJAS Secretario General 2418939-1 MINISTERIO PÚBLICO Nombran fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 2349-2025-MP-FN Lima, 1 de agosto de 2025 VISTO Y CONSIDERANDO:El artículo 158 de la Constitución Política del Estado y el artículo 64 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, señalan que la Fiscal de la Nación representa al Ministerio Público y su autoridad se extiende a todos los funcionarios que lo integran cualquiera que sea su categoría y actividad funcional especializada; por ello, en su condición de titular del Ministerio Público le corresponde dirigir, orientar y formular la política institucional, constituyendo uno de sus principales objetivos ofrecer a la sociedad un servicio fi scal e fi ciente y oportuno. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, se establece que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. Según el numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada por la Ley Nº 31718, los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. El artículo 65 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada por la Ley n.o 31718, establece que el fi scal llamado a cubrir provisionalmente una plaza superior es aquel que ocupe el puesto más alto en el cuadro de méritos de su nivel, como consecuencia del proceso de evaluación del desempeño parcial. En defecto de ello, el nombramiento se realiza respetando el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. El Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. El artículo 80 del Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005- 90-PCM, establece que “el destaque consiste en el desplazamiento temporal de un servidor a otra entidad a pedido de ésta debidamente fundamentado, para desempeñar funciones asignadas por la entidad de destino dentro de su campo de competencia funcional”. Asimismo, el artículo 85 del referido reglamento indica que “el desplazamiento por destaque, permuta o transferencia, procede excepcionalmente dentro de la misma entidad cuando las condiciones geográ fi cas de lejanía o las de orden presupuestal lo requieran”. El Manual Normativo de Personal Nº 003-93-DNP, aprobado con la Resolución Directoral Nº 001-93-INAP/ DNP, de fecha 5 de febrero de 1993, emitido por el Instituto Nacional de Administración Pública, en el numeral 3.4.2 de su apartado III sobre Licencias y Permisos precisa que “el destaque no será menor de treinta (30) días ni excederá del período presupuestal vigente”. En ese sentido, a la facultad y prerrogativa concedidas a la Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, con la fi nalidad de coadyuvar a la labor fi scal del Despacho de la Fiscalía de la Nación, incrementando la capacidad resolutiva de los casos fi scales en trámite y alcanzar el Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la persecución penal, la prevención del delito y la defensa de los derechos ciudadanos”, al advertir de la información que obra en el Sistema Integrado de Gestión, Registro y Evaluación de Fiscales (SIGREF), la existencia de una plaza de fi scal adjunto provincial en el Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Centro, se ha considerado oportuno nombrar en dicha plaza a la abogada Thalía Gonzales Pérez, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro y designarla en el citado equipo, en mérito a su experiencia y desempeño en la función fi scal, así como previa veri fi cación de los requisitos que exige la ley; asimismo, destacarla por necesidad de servicio al Despacho de la Fiscalía de la Nación. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado con el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Thalía Gonzales Pérez, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en el Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Centro; asimismo, destacándola como Adscrita al Despacho de la Fiscalía de la Nación, a partir de la fecha de su juramentación hasta el 31 de diciembre de 2025 u otra disposición por necesidad de servicio. Artículo Segundo.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución al Despacho de la Fiscalía de la Nación, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2424484-1