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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (03/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Domingo 3 de agosto de 2025 El Peruano / declarado para registro en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 31520, conforme al Formato de Licenciamiento A2, presentado con O fi cio N° 0122-2025-SG/UTP1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 y el literal a) del numeral 31.1 del artículo 31 del Reglamento de Licenciamiento, la Universidad presentó su SMLI, el 16 de mayo de 2024, a la cual se le asignó el Expediente N° 2024EXT0000017611-SUNEDU. La pretensión constituía en la creación de las fi liales Tacna (F08L01), Iquitos (F09L01) y Pucallpa (F10L01), cada una con trece (13) programas de estudios de pregrado en la modalidad presencial, semipresencial y a distancia. El 8 de noviembre de 2024, mediante O fi cio N° 0333- 2024-SG/UTP 2, la Universidad presentó el desistimiento parcial de su pretensión, respecto a los extremos referidos del número inicial de programas de estudios y sus modalidades. En consecuencia, la pretensión de la SMLI consiste en la creación de las fi liales Tacna (F08L01), Iquitos (F09L01) y Pucallpa (F10L01), en las cuales se ofertarán cinco (5) programas de pregrado 3, únicamente en modalidad presencial. El 8 de enero de 2025, luego de veri fi cados los requisitos de admisibilidad exigidos, la SMLI fue admitida a trámite mediante Informe N° 00001-2025-SUNEDU-DS-DIRESESU-UVE, noti fi cado con O fi cio N° 00001-2025-SUNEDU-DS-DIRESESU. El 2 de abril de 2025, con O fi cio N° 01147-2025-SUNEDU-DS-DIRESESU-UVE, se noti fi có a la Universidad la Resolución de Trámite N° 3 que dispuso la realización de una Diligencia de Actuación Probatoria (DAP ) en la fi lial Iquitos (F09L01) los días 14, 15 y 16 de abril de 2025, suspendiéndose el cómputo del plazo del procedimiento por quince (15) días hábiles. El 3 de abril de 2025, mediante O fi cio N° 0107- 2025-SG/UTP 4 la Universidad presentó la información requerida para la realización de la DAP, así como información complementaria relacionada a los formatos de licenciamiento vinculados a los indicadores 24, 27 y 29. El 10 de abril de 2025, a través del O fi cio N° 01256-2025-SUNEDU-DS-DIRESESU-UVE se remitió a la Universidad el cronograma y enlaces para el desarrollo de las entrevistas y recorridos de la DAP en la fi lial Iquitos (F09L01). En la misma fecha, mediante O fi cio N° 01257-2025-SUNEDU-DS-DIRESESU-UVE se noti fi có a la Universidad la Resolución de Trámite N° 4 que dispuso la realización de una DAP en la fi lial Pucallpa (F10L01) los días 22, 23, 24 y 25 de abril de 2025, suspendiéndose el cómputo del plazo del procedimiento por quince (15) días hábiles. El 15 de abril de 2025, mediante O fi cio N° 0114-2025- SG/UTP 5, la Universidad presentó información requerida para la DAP en la fi lial Pucallpa (F10L01), así como información complementaria relacionada a los formatos de licenciamiento vinculados a los indicadores 24, 27 y 29. El 16 de abril de 2025, con O fi cio N° 01316-2025-SUNEDU-DS-DIRESESU-UVE se remitió a la Universidad el cronograma y los enlaces para el desarrollo de las entrevistas y recorridos correspondientes a la DAP en la fi lial Pucallpa (F10L01). El 25 de abril de 2025, con O fi cio N° 01384-2025-SUNEDU-DS-DIRESESU-UVE se noti fi có a la Universidad la Resolución de Trámite N° 5 que dispuso la realización de una DAP en la fi lial Tacna (F08L01) los días 6, 7, 8 y 9 de mayo de 2025, suspendiendo el cómputo del plazo del procedimiento por quince (15) días hábiles. El 30 de abril de 2025, mediante O fi cio N° 0120-2025- SG/UTP 6, la Universidad presentó la información requerida para la realización de la DAP en la fi lial Tacna (F08L01), así como información complementaria relacionada a los formatos de licenciamiento vinculados a los indicadores 24, 27 y 29. En la misma fecha, con O fi cio N° 01483-2025-SUNEDU- DS-DIRESESU-UVE se remitieron a la Universidad las Actas de inicio y fi n, el Anexo 1 y los registros audiovisuales de las entrevistas (presenciales y virtuales) y de los recorridos realizados en la fi lial Iquitos (F09L01). El 5 de mayo de 2025, a través del O fi cio N° 01495-2025-SUNEDU-DS-DIRESESU-UVE se remitió a la Universidad el cronograma y enlaces para el desarrollo de las entrevistas y recorridos en la diligencia de la fi lial Tacna (F08L01). El 7 de mayo de 2025, mediante O fi cio N° 0122- 2025-SG/UTP 7 la Universidad presentó —dentro de plazo establecido—información para dar atención a los requerimientos formulados en el Anexo 1 correspondiente a la fi lial Iquitos (F09L01); información vinculada a los indicadores 2, 14, 15, 17, 19 al 24, 27 al 30, 33, 39, 43 al 48 y 50. El 16 de mayo de 2025, con O fi cios N°s 0131-2025- SG/UTP 8, 0132-2025-SG/UTP9 y 0133-2025-SG/UTP10, la Universidad presentó información relacionada con las fi liales Iquitos (F09L01), Pucallpa (F10L01) y Tacna (F08L01), respectivamente. Información vinculada a los indicadores 2, 14, 15, 17, 19, 20 al 24, 27 al 30, 33, 39, 40, 43 al 48 y 50. El 19 de mayo de 2025, a través de los O fi cios N°s 01641-2025-SUNEDU-DS-DIRESESU-UVE y 01643-2025-SUNEDU-DS-DIRESESU-UVE se remitió a la Universidad las Actas de inicio y fi n, el Anexo 1 y los registros audiovisuales de entrevistas (presenciales y virtuales) y de los recorridos realizados en fi lial Tacna (F08L01) y en la fi lial Pucallpa (F10L01), respectivamente. El 22 de mayo de 2025, mediante O fi cios N°s. 0154- 2025-SG/UTP 11 y 0155-2025-SG/UTP12 la Universidad presentó información relacionada con las fi liales Pucallpa (F10L01) y Tacna (F08L01); respectivamente, vinculada a los indicadores 17, 19, 21, 30 y 43 al 48. El 25 de junio de 2025, con O fi cio N° 00081-2025-SUNEDU-DS-DIRESESU, se noti fi có a la Universidad el Informe de Observaciones N° 00594-2025-SUNEDU-DS-DIRESESU-UVE, que contiene observaciones a subsanar; para lo cual se le otorgó diez (10) días hábiles de plazo, contados a partir del día siguiente de noti fi cado del citado o fi cio. El 30 de junio de 2025, con O fi cio N° 0217-2025- SG/UTP 13, la Universidad presentó —dentro de plazo establecido—información para dar atención a los requerimientos formulados en el Informe N° 00594-2025-SUNEDU-DS-DIRESESU-UVE, vinculada a los indicadores 2, 21 al 24, 39, 43 y 45 al 47. Desde la fecha de la presentación de la SMLI hasta la emisión de esta resolución, se sostuvieron cinco (5) reuniones técnicas entre el equipo de la UVE y representantes de la Universidad, para tratar aspectos vinculados al presente procedimiento. El 30 de julio de 2025, de conformidad con lo señalando en el numeral 28.4 del artículo 28 del Reglamento de Licenciamiento, se emitió el ITML N° 00006-2025-SUNEDU- DS-DIRESESU-UVE, el cual concluyó con resultado favorable; por lo que, la Diresesu dispuso su remisión a la Ofi cina de Asesoría Jurídica. Con la misma fecha, la O fi cina de Asesoría Jurídica emitió el Informe N° 00552-2025-SUNEDU-SG-OAJ y dispuso remitir el expediente al Despacho de Superintendencia, y éste al Consejo Directivo; para que, de ser el caso, emita la resolución que corresponda. 4. Sobre el Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia Condición I: Existencia de objetivos académicos, grados y títulos a otorgar, y planes de estudios correspondientes. La Condición I tiene como propósito asegurar que los programas académicos cuenten con objetivos claramente defi nidos, jerarquizados en función de los objetivos institucionales y articulados de manera coherente entre sí. Asimismo, busca garantizar que los programas hagan explícitos los procedimientos administrativos y las condiciones que todo estudiante debe cumplir desde su admisión hasta su graduación. En este contexto, la Universidad cumple con dicha fi nalidad, ya que cuenta con Planes Curriculares actualizados para los programas de pregrado en (P15) Derecho, (P17) Psicología, (P22) Ingeniería de Sistemas e Informática, (P41) Ingeniería Civil y (P42) Arquitectura, todos en modalidad presencial. Estos planes se encuentran alineados con las disposiciones de la Ley