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30 NORMAS LEGALES Domingo 3 de agosto de 2025 El Peruano / (545) ejemplares; para la fi lial Iquitos (F09L01) con ciento setenta y tres (173) títulos y quinientos cincuenta y cuatro (554) ejemplares; y, para la fi lial Pucallpa (F10L01) con ciento setenta y tres (173) títulos y quinientos sesenta y seis (566) ejemplares. Además, aseguró el acceso a ocho (8) plataformas multidisciplinarias (e-Libro Cátedra Premium, Pearson, Ebsco Host, Scopus, Alpha Cloud, McGraw Hill (e-Books 7/24) y, Cengage (e- Books 7/24), pertinentes a los programas de la presente SMLI. Consideraciones fi nales La fi nalidad del procedimiento de modi fi cación de licencia institucional es garantizar que las modi fi caciones a la licencia institucional otorgada que planteen los administrados no incidan negativamente en las CBC inicialmente acreditadas. Para llevar a cabo este control, la Sunedu pone a disposición de los administrados la posibilidad de iniciar el procedimiento administrativo de modi fi cación de licencia para creación de fi lial, según las disposiciones establecidas en el Reglamento de Licenciamiento. En ese sentido, a fi n de cumplir con la fi nalidad del procedimiento de modi fi cación de licencia institucional, la veri fi cación del cumplimiento de las CBC se debe realizar tomando en cuenta los criterios generales de coherencia, consistencia, pertinencia y sostenibilidad, además de los criterios de: i) Capacidad de gestión, referida a las evidencias de la capacidad para mantener las CBC; ii) Compromiso institucional, que implica el cumplimiento de los requerimientos y adopción de las recomendaciones formulados en la resolución que le otorgó la licencia institucional; iii) Experiencia académica, que implica valorar la experiencia en el desarrollo de su oferta académica respecto de las familias de programas, las modalidades, entre otros; y iv)el Modelo Universitario declarado en consideración con su tipo de gestión u organización. Por lo tanto, al haberse veri fi cado el cumplimiento de las CBC en el marco del procedimiento de modi fi cación de licencia institucional, lo que incluye la evaluación de toda la información presentada por la Universidad, la ejecución de la DAP, así como de la información complementaria recabada con posterioridad a la diligencia, se ha determinado que el resultado general se traduce en el cumplimiento de los indicadores exigibles de las correspondientes CBC establecidas en el Anexo N° 02 del “Modelo de Licenciamiento y su implementación en el Sistema Universitario Peruano”, aprobado mediante Resolución del Consejo Directivo N° 006-2015-SUNEDU/CD. En virtud de lo expuesto, y en atención a lo dispuesto en el artículo 13, numeral 15.1 del artículo 15 y numeral 19.3 del artículo 19 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria; el literal c) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 0015-2024-SUNEDU; el artículo 24 del Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional, aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/CD; y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en la Sesión N° 030-2025, con el voto unánime de los doctores Castillo Venegas, Vallejos Flores, Pereyra López, Hernández García, Ramos Salas, Velázquez Fernández y Paredes Díaz y, contando con el visado de la Unidad de Veri fi cación del Servicio Educativo Superior Universitario, de la Dirección de Evaluación del Servicio Educativo Superior Universitario y de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Sunedu; SE RESUELVE: Primero.- APROBAR LA MODIFICACIÓN DE LICENCIA INSTITUCIONAL solicitada por la Universidad Tecnológica del Perú S.A.C. respecto a la creación de tres (3) fi liales 14; la fi lial Tacna (F08L01) ubicada en Av Billinghurst Num 800 Sub Lote 1B, Zona Pago Collana. Distrito, provincia, y departamento Tacna [ sic]; la fi lial Iquitos (F09L01) ubicada en Av Capitán FAP Jose Abelardo Quiñones Gonzales con cruze de la Calle Prolongación Grau num 1472, 1478, 1484. Distrito San Juan Bautista, provincia Maynas, departamento Loreto [sic]; y, la fi lial Pucallpa (F10L01) que se ubica en Av Centenario C.P./Parc. A. Num 3915 y 3919 Fundo Predio rústico Las Casitas. Distrito Calleria, provincia Coronel Portillo, departamento Ucayali [ sic]. Segundo.- REQUERIR a la Universidad Tecnológica del Perú S.A.C: (i) Presentar a la Unidad de Veri fi cación del Servicio Educativo Superior Universitario, de la Dirección de Evaluación del Servicio Educativo Superior Universitario, al fi nalizar los periodos académicos 2026-I y 2027-I, las evidencias de la incorporación de los coordinadores de investigación de las fi liales, así como la ejecución de las actividades de formación y desarrollo del capital humano descritas en el numeral 5.2 del “Plan de Investigación Filiales Iquitos, Pucallpa y Tacna”. (ii) Presentar a la Unidad de Veri fi cación del Servicio Educativo Superior Universitario, de la Dirección de Evaluación del Servicio Educativo Superior Universitario, antes del inicio de los periodos académicos 2027-II, 2028-I, 2028-II, 2029-I y 2029-II las evidencias de la ejecución del Plan de Implementación de Laboratorios y Talleres de las fi liales Tacna (F08L01), Iquitos (F09L01) y Pucallpa (F10L01). (iii) Presentar a la Unidad de Veri fi cación del Servicio Educativo Superior Universitario, de la Dirección de Evaluación del Servicio Educativo Superior Universitario, antes del inicio de los periodos académicos 2027- II, 2028-I, 2028-II, 2029-I y 2029-II las evidencias de la adquisición e instalación de las licencias de los softwares especializados: i) Legismovil, Multilegis y VLEX vinculados al programa (P15) Derecho; ii) Microsoft O ffi ce, vinculado a los programas (P22) Ingeniería de Sistemas e Informática y (P41) Ingeniería Civil, correspondiente a las tres (3) fi liales, Tacna (F08L01), Iquitos (F09L01) y Pucallpa (F10L01). (iv) Presentar a la Unidad de Veri fi cación del Servicio Educativo Superior Universitario, de la Dirección de Evaluación del Servicio Educativo Superior Universitario, antes del inicio del periodo académico 2025-II, los contratos laborales suscritos, en el marco de lo establecido en los documentos denominados “Programa de los Servicios de Salud 2025 Iquitos, Pucallpa y Tacna”, “Programa de los Servicios Sociales 2025 Iquitos, Pucallpa y Tacna“, “Programa de los Servicios psicopedagógicos 2025 Iquitos, Pucallpa y Tacna”, “Programa de los Servicios deportivos 2025 Iquitos, Pucallpa y Tacna”, “Programa de los Servicios culturales 2025 Iquitos, Pucallpa y Tacna” y “Términos y referencias vinculados a los presupuestos de los Servicios Complementarios” de los siguientes cargos: i) Especialistas en Enfermería asignados al Tópico de Salud, ii) Asistentes de Servicios Universitarios asignados a los Servicios Sociales, Deportivos y Culturales, iii) Psicólogo asignado al Servicio Psicopedagógico; así como, personal encargado para brindar los servicios de carácter informativo y de difusión. Finalmente, contratos laborales suscritos, en el marco de lo declarado en la DAP respecto de iv) docentes asignados para los servicios deportivos, v) docentes asignados a los servicios culturales. (v) Presentar a la Unidad de Veri fi cación del Servicio Educativo Superior Universitario, de la Dirección de Evaluación del Servicio Educativo Superior Universitario, al fi nalizar los periodos académicos 2025-II, 2026-I, 2026-II, 2027-I, 2027-II, 2028-I, 2028-II, 2029-I y 2029-II las evidencias de la ejecución de las actividades del “Programa de los Servicios de Salud 2025 Iquitos, Pucallpa y Tacna”, “Programa de los Servicios Sociales 2025 Iquitos, Pucallpa y Tacna“, “Programa de los Servicios Psicopedagógicos 2025 Iquitos, Pucallpa y Tacna”, “Programa de los Servicios Deportivos 2025 Iquitos, Pucallpa y Tacna”, “Programa de los Servicios Culturales 2025 Iquitos, Pucallpa y Tacna” de las fi liales Tacna (F08L01), Iquitos (F09L01) y Pucallpa (F10L01). (vi) Presentar a la Unidad de Veri fi cación del Servicio Educativo Superior Universitario, de la Dirección de Evaluación del Servicio Educativo Superior Universitario, antes del inicio del periodo académico 2025-II, la adenda al “Contrato de servicios de seguridad integral para las sedes de UTP a nivel nacional” correspondiente a las tres