TEXTO PAGINA: 8
8 NORMAS LEGALES Domingo 3 de agosto de 2025 El Peruano / Nombres y ApellidosViáticos (6 días + 1 día parcial) USD $Pasajes Aéreos USD $MONTO TOTAL USD $ ANGEL MANUEL MANERO CAMPOS3 250,00 9 239,00 12 489,00 Artículo 3.- Encargar el Despacho de Desarrollo Agrario y Riego al señor SERGIO GONZALEZ GUERRERO, Ministro de Estado en el Despacho de la Producción, en tanto dure la ausencia del Titular. Artículo 4 .- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o pago de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo 5 .- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Desarrollo Agrario y Riego. Regístrese, comuníquese y publíquese DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRAPresidenta de la República EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Presidente del Consejo de Ministros ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS Ministro de Desarrollo Agrario y Riego 2424498-5 Autorizan viaje del Ministro de Defensa al Estado Plurinacional de Bolivia y encargan su Despacho al Presidente del Consejo de Ministros RESOLUCIÓN SUPREMA N° 165-2025-PCM Lima, 2 de agosto de 2025 VISTOS:El O fi cio N° 01758-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales y el Informe Legal N° 01524-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa; CONSIDERANDO: Que, mediante documento OIP – 0119/2025, la Encargada de Negocios a. i. de la Embajada del Estado Plurinacional de Bolivia en Perú remite el O fi cio MD- DM-N° 0755, a través del cual el Ministro de Defensa del Estado Plurinacional de Bolivia invita al señor WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHAVEZ, Ministro de Estado en el Despacho de Defensa de la República del Perú, para que junto a una delegación participen en los actos conmemorativos con ocasión del Bicentenario del Estado Plurinacional de Bolivia, a realizarse en la ciudad de Sucre, departamento de Chuquisaca, Estado Plurinacional de Bolivia; Que, por medio del OF. RE (MIN) N° 2-20/12, el Ministro de Relaciones Exteriores recomienda al señor WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHAVEZ, Ministro de Estado en el Despacho de Defensa, participar en las mencionadas actividades conmemorativas, que se realizarán los días 6 y 7 de agosto de 2025; Que, con O fi cio N° 01758-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 347-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN- HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa recomienda autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del señor WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHAVEZ, Ministro de Estado en el Despacho de Defensa, para que participe en los actos conmemorativos con ocasión del Bicentenario del Estado Plurinacional de Bolivia, a realizarse en la ciudad de Sucre, departamento de Chuquisaca, Estado Plurinacional de Bolivia, del 6 al 7 de agosto de 2025, autorizando su salida del país el 5 de agosto y su retorno el 7 de agosto de 2025; Que, la participación del señor WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHAVEZ, Ministro de Estado en el Despacho de Defensa, en los actos conmemorativos con ocasión del Bicentenario del Estado Plurinacional de Bolivia permitirá fortalecer los tradicionales vínculos históricos, sociales y culturales, así como los lazos de amistad existentes entre dicho país y la República del Perú; Que, por lo expuesto, resulta de interés institucional autorizar el viaje, en comisión de servicio, del señor WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHAVEZ, Ministro de Estado en el Despacho de Defensa, a la ciudad de Sucre, departamento de Chuquisaca, Estado Plurinacional de Bolivia, del 5 al 7 de agosto de 2025, para participar en las mencionadas actividades conmemorativas; Que, los gastos por concepto de viáticos serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Defensa, y su traslado se efectuará en una aeronave de la Fuerza Aérea del Perú; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, dispone que la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros se efectúa por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, a partir de la ausencia del Titular y en tanto dure la misma, resulta necesario encargar el Despacho de Defensa; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del señor WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHAVEZ, Ministro de Estado en el Despacho de Defensa, a la ciudad de Sucre, departamento de Chuquisaca, Estado Plurinacional de Bolivia, del 5 al 7 de agosto de 2025, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2.- Los gastos que genere el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente son cubiertos por el pliego Ministerio de Defensa, de acuerdo con el siguiente detalle: Viáticos: US$ 370.00 x 1 persona x 3 días US$ 1,110.00 Total a pagar: US$ 1,110.00 Artículo 3.- Encargar el Despacho de Defensa al señor EDUARDO MELCHOR ARANA YSA, Presidente del Consejo de Ministros, en tanto dure la ausencia del Titular. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o pago de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.