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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (03/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Domingo 3 de agosto de 2025 El Peruano / institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, en el marco de las leyes anuales de presupuesto, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 3.- Cargos estructurales Las denominaciones de los cargos estructurales de las unidades de organización mantienen su vigencia hasta la adecuación del Cuadro de Puestos de la Entidad del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. Artículo 4.- Publicación La presente Resolución Ministerial y la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, es publicada en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR (www.gob.pe/mincetur), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÚRSULA DESILÚ LEÓN CHEMPÉN Ministra de Comercio Exterior y Turismo 2424482-1 Autorizan viaje de representantes del MINCETUR para participar en reuniones en la República de Indonesia y el Reino de Tailandia RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 201-2025- MINCETUR Lima, 1 de agosto de 2025VISTO, los Memorándum N°s. 665 y 666-2025- MINCETUR/VMCE del Viceministerio de Comercio Exterior; y, CONSIDERANDO:Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el organismo público competente para defi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; en tal razón, representa al Perú en los foros y organismos internacionales de comercio y esquemas de integración y actúa como órgano de enlace entre el Gobierno Peruano y los organismos internacionales de integración y de comercio internacional, en el ámbito de su competencia; Que, en mayo de 2023, durante la Reunión de Ministros Responsables de Comercio del Foro de Cooperación Económica Asia-Pací fi co (APEC), los ministros de Comercio del Perú y de Indonesia suscribieron los términos de referencia para el inicio de la negociación de un Acuerdo Integral de Asociación Económica (CEPA por sus siglas en inglés); acuerdo comercial que permitirá impulsar sustancialmente las exportaciones peruanas y constituirá un paso clave en la estrategia integral del Perú por consolidar su presencia en el Asia Pací fi co; Que, en dicho marco, se han llevado a cabo seis rondas de negociación y la primera reunión para la revisión legal del CEPA, acordando llevar a cabo, del 8 al 11 de agosto de 2025, en la ciudad de Yakarta, República de Indonesia, la segunda reunión de los equipos de Revisión Legal; Que, por tanto, resulta de interés institucional la participación en dicha reunión del señor Carlos Javier Rabanal Sobrino, Director de la Dirección de Coherencia Jurídica y Defensa de los Compromisos Comerciales Internacionales de la Dirección General de Gestión Jurídica Comercial Internacional del Viceministerio de Comercio Exterior y del señor Rudy Martín Silva Pacherre, profesional de la referida Dirección, para que en representación del MINCETUR, se asegure la coherencia jurídica y técnica del acuerdo y que los textos fi nales re fl ejen los compromisos pactados entre las partes; Que, por otro lado, del 13 al 16 de agosto de 2025, en la ciudad de Bangkok, Reino de Tailandia, el señor Rudy Martín Silva Pacherre participará en la segunda ronda de negociación del Tratado de Libre Comercio (TLC) Perú - Tailandia, a cargo de la negociación de los capítulos sobre Asuntos Legales e Institucionales, que comprende las disposiciones iniciales y de fi niciones generales, disposiciones administrativas e institucionales, solución de controversias, entre otros, por lo que resulta necesario autorizar su asistencia a dicho evento; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y sus modi fi catorias; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Carlos Javier Rabanal Sobrino, Director de la Dirección de Coherencia Jurídica y Defensa de los Compromisos Comerciales Internacionales de la Dirección General de Gestión Jurídica Comercial Internacional del Viceministerio de Comercio Exterior a la ciudad de Yakarta, República de Indonesia, del 5 al 13 de agosto de 2025, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participe en la reunión a que se re fi ere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Autorizar el viaje del señor Rudy Martín Silva Pacherre, profesional de la Dirección de Coherencia Jurídica y Defensa de los Compromisos Comerciales Internacionales de la Dirección General de Gestión Jurídica Comercial Internacional del Viceministerio de Comercio Exterior a las ciudades de Yakarta (República de Indonesia) y Bangkok (Reino de Tailandia), del 5 al 17 de agosto de 2025, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo participe en las reuniones a que se re fi ere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 3.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, están a cargo del Pliego 035 del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes aéreos Clase Económica US$Zona GeográficaViáticos por día US$Total Viáticos US$ Carlos Javier Rabanal Sobrino5 325,00 Asia 500,00 x 5 2 500,00 Rudy Martín Silva Pacherre7 170,00 Asia 500,00 x 10 5 000,00 Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, los servidores públicos cuyo viaje se autoriza mediante la presente Resolución, presentan a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en los eventos a los que asisten, asimismo, presentan la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 5.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÚRSULA DESILÚ LEÓN CHEMPÉN Ministra de Comercio Exterior y Turismo 2424483-1