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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (09/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Sábado 9 de agosto de 2025 El Peruano / CUL TURA Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a once unidades bibliográficas de seis títulos (1912-1967) de la producción académica de Luis Eduardo Valcárcel Vizcarra, pertenecientes a la Biblioteca Nacional del Perú RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 000195-2025- VMPCIC/MC San Borja, 1 de agosto del 2025VISTOS: el O fi cio N° 000643-2025-BNP-J de la Jefatura Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú; la Hoja de Elevación N° 000403-2025-OGAJ-SG/MC de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el numeral 1.2 del artículo 1 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nación los bienes materiales muebles, entre los que se encuentran los documentos bibliográ fi cos o de archivo y testimonios de valor histórico, manuscritos raros, incunables, libros, documentos, fotos, negativos, daguerrotipos y publicaciones antiguas de interés especial por su valor histórico, artístico, cientí fi co o literario y otros que sirvan de fuente de información para la investigación en los aspectos cientí fi co, histórico, social, político, artístico, etnológico y económico; Que, de conformidad con lo establecido en el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura es competencia exclusiva de este ministerio, realizar acciones de declaración del Patrimonio Cultural de la Nación. Asimismo, el literal a) del artículo 14 de la norma señala que corresponde al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo 19 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación dispone que el Ministerio de Cultura, la Biblioteca Nacional y el Archivo General de la Nación, están encargados de la identi fi cación, inventario, inscripción, registro, investigación, protección, conservación, difusión y promoción de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación de su competencia; Que, con el O fi cio N° 000643-2025-BNP-J la Jefatura Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú remite la propuesta de declaratoria como Patrimonio Cultural de once unidades bibliográ fi cas de seis títulos (1912-1967) de la producción académica de Luis Eduardo Valcárcel Vizcarra, pertenecientes a la Biblioteca Nacional del Perú; Que, a través del Informe Técnico N° 000041-2025-BNP-J-DPC-UVDP de la Unidad Funcional de Valoración y Defensa del Patrimonio Bibliográ fi co Documental se desarrolla la importancia, el valor y signi fi cado de las once unidades bibliográ fi cas; Que, con el Informe Nº 000227-2025-BNP-J-DPC, la Dirección de Protección de las Colecciones, con sustento en el informe técnico, recomienda a la Jefatura Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú la declaración como Patrimonio Cultural de la Nación de las referidas unidades bibliográ fi cas; Que, la importancia, valor y signi fi cado de las once unidades bibliográ fi cas de seis títulos (1912-1967) de la producción académica de Luis Eduardo Valcárcel Vizcarra, radica principalmente en su materialidad, puesto que presenta singularidades que la diferencian de otros ejemplares. Entre ellas destaca las dedicatorias manuscritas de Valcárcel al antropólogo y médico francés Paul Rivet y la del connotado escritor y político José Carlos Mariátegui a Aurelio Miró Quesada. Además, algunos ejemplares presentan anotaciones manuscritas realizadas por ilustres intelectuales peruanos como las de los connotados historiadores Raúl Porras Barrenechea y Franklin Pease García; Que, asimismo, en los ejemplares encontramos exlibris, como el del mismo Porras Barrenechea y el de Manuel Cisneros Sánchez, reconocido político y diplomático peruano; Que, de igual modo, se resalta en cuanto al valor histórico, social y cientí fi co de estas obras, que las mismas constituyen una fuente excepcional para la historia prehispánica del Perú dado que en sus escritos Valcárcel mani fi esta un fi rme compromiso por restituir al indígena su papel protagónico en la historia del país, contribuyendo así a la construcción de una identidad nacional. Con el fi n de sustentar dicha propuesta, sus investigaciones se apoyaron en el análisis arqueológico, articulado con fuentes documentales escritas, y reforzado por enfoques provenientes de disciplinas como la lingüística y la antropología. Sus obras académicas adquieren especial relevancia dentro del desarrollo de la historiografía peruana y las ciencias sociales; Que, las once unidades bibliográ fi cas de seis títulos (1912-1967) de la producción académica de Luis Eduardo Valcárcel Vizcarra, es un material relevante para la cultura peruana y reúnen las condiciones de importancia, valor y signi fi cado para integrar el Patrimonio Cultural de la Nación, siendo esto así, los informes mencionados constituyen parte integrante de esta resolución y se adjuntan como anexos; Con los vistos de la Biblioteca Nacional del Perú y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a once unidades bibliográ fi cas de seis títulos (1912-1967) de la producción académica de Luis Eduardo Valcárcel Vizcarra, pertenecientes a la Biblioteca Nacional del Perú, conforme al anexo de esta resolución. Artículo 2.- Notifi car la presente resolución a la Biblioteca Nacional del Perú conjuntamente con los informes que sirven de sustento. Artículo 3.- Disponer la publicación de la resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. La resolución y sus anexos se publican en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) el mismo día de la publicación en el diario o fi cial. Regístrese, comuníquese y publíquese. MOIRA ROSA NOVOA SILVA Viceministra de Patrimonio Culturale Industrias Culturales 2424536-1 Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a diez unidades bibliográficas de la producción académica (1957-1997) de Waldemar Espinoza Soriano, pertenecientes a la Biblioteca Nacional del Perú RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 000198-2025- VMPCIC/MC San Borja, 7 de agosto del 2025VISTOS, el O fi cio N° 000684-2025-BNP-J de la Jefatura Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú; la Hoja de Elevación N° 000418-2025-OGAJ-SG/MC de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el numeral 1.2 del artículo 1 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación establece