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8 NORMAS LEGALES Martes 12 de agosto de 2025 El Peruano / CUADRO DE DATOS TÉCNICOS “ANDENES DE SALESIANOS - QOLQAMPATA” (Datum: WGS 84 - UTM - Zona: 19L) VERTICE LADO DISTANCIA ANG. INTERNO ESTE (X) NORTE (Y) 18 18-19 27.01 67°38’25” 177406.7000 8504104.0900 19 19-20 30.32 107°56’2” 177401.9800 8504077.5000 20 20-21 33.99 156°59’15” 177371.9500 8504073.3500 21 21-22 34.94 128°38’32” 177339.1400 8504082.230022 22-23 30.58 214°9’47” 177325.2100 8504114.2700 23 23-24 24.48 242°49’59” 177299.3700 8504130.6300 24 24-25 61.49 120°9’23” 177278.2800 8504118.2100 25 25-26 415.73 176°36’58” 177224.6800 8504148.3500 26 26-27 285.23 165°50’29” 176874.9700 8504373.1500 27 27-28 78.34 181°5’45” 176680.0500 8504581.3900 28 28-29 87.26 172°53’51” 176625.4300 8504637.5500 29 29-30 32.93 79°0’18” 176572.7900 8504707.1500 30 30-31 108.78 196°19’24” 176602.3600 8504721.6400 31 31-32 31.85 194°26’4” 176682.6500 8504795.0300 32 32-1 20.74 144°59’20” 176700.0600 8504821.7000 Área: 185774.85 m² (18.5774 Has.) Perímetro: 2720.72 m Código del Plano: DDC CUSCO PP 2024 006. Las especi fi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran detalladas en el Informe de Inspección N° 0002-2024/CZSAVC de fecha 10 de mayo del 2024, así como, en el Informe N° 000120-2024-CCSFL-JAE/MC y en el Plano Perimétrico con código DDC CUSCO PP 2024 006; los cuales se adjuntan como anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo establecido en el Informe de Inspección N° 0002-2024/CZSAVC de fecha 10 de mayo de 2024, las siguientes: MEDIDAS PROVISIONALES RECOMENDADAS MEDIDA REFERENCIA Apuntalamiento.Se tiene previsto realizar el apuntalamiento en secciones de muros de contención de los andenes de Salesianos- Qolqampata, para prevenir el desplome de las estructuras que se hallan en peligro de colapso. Señalización.Se tiene programado instalar el Panel informativo del Bien Inmueble Prehispánico y la protección legal mediante la Ley 28296. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Área Funcional de Patrimonio Arqueológico, a la Coordinación de Gestión de Monumentos, a la Coordinación de Zonas y Sitios Arqueológicos de Valle Cusco y al Área Funcional de Defensa del Patrimonio, la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como, las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- DISPONER a la Coordinación de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación del Bien Inmueble Prehispánico comprendido en el régimen de protección provisional, entre ellas, la coordinación correspondiente con el órgano competente del Ministerio de Cultura para la etapa de identi fi cación de pueblos indígenas u originarios y el análisis de las posibles afectaciones a los derechos colectivos de los pueblos indígenas u originarios; así como poner en conocimiento de la Dirección de Saneamiento Físico Legal el contenido de la presente, para fi nes que correspondan. Artículo Quinto.- DISPONER a la Coordinación Funcional de Procuraduría Publica de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco, inicien las acciones legales pertinentes, de corresponder. Artículo Sexto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco y del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Séptimo.- NOTIFICAR la presente Resolución Directoral, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Provincial de Cusco, a fi n de que procedan de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; así como, noti fi car a los administrados conforme al artículo 104° del Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2006-ED, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 007-2017-MC. Artículo Octavo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.REGULO GILBERTO FRANCO JORDAN Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco 2426658-1 DEFENSA Modifican el Clasificador de Cargos del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres - CENEPRED RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 00034-2025- CENEPRED/SG San Isidro, 7 de agosto del 2025VISTOS:El Memorándum N° 00029-2025-CENEPRED/J, de fecha 01 de julio de 2025, emitido por Jefatura Institucional; el Memorándum N° 00661-2025-CENEPRED/OA, de fecha 30 de julio de 2025, emitido por la O fi cina de Administración; el Informe Técnico N° 003-2025-CENEPRED/UFRH, de fecha 30 de julio de 2025, emitido por la Unidad Funcional de Recursos Humanos; el Informe Técnico N° 00036-2025-CENEPRED/OPP, de fecha 31 de julio de 2025, emitido por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe 00122-2025-CENEPRED/OAJ, de fecha 05 de agosto de 2025, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 6 de la Ley N° 30057 Ley del Servicio Civil, establece que las o fi cinas de recursos humanos de las entidades públicas, o las que hagan sus veces, constituyen el nivel descentralizado responsable de la gestión de recursos humanos, sujetándose a las disposiciones que emita el ente rector, teniendo entre sus funciones, ejecutar e implementar las disposiciones, lineamientos, instrumentos o herramientas de gestión establecidas por la Autoridad Nacional de Servicio Civil (SERVIR) y por la entidad; Que, mediante Decreto Supremo N° 000104-2012- PCM, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres - CENEPRED, entrando en vigencia al día siguiente de su publicación, encontrándose la estructura orgánica del CENEPRED; Que, según la Resolución Ministerial N° 183-2015- PCM de fecha 30 de julio de 2015, se aprobó el Cuadro para Asignación Personal Provisional del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres - CENEPRED; Que, a través de la Resolución Jefatural N° 096-2015-CENEPRED/J de fecha 25 de mayo de 2015,