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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (12/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Martes 12 de agosto de 2025 El Peruano / que establecen orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y el Manual de Operaciones - MOP, aprobados por Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 005-2020-PCM-SGP, establecen que el expediente que sustenta la aprobación o modi fi cación de un MOP contiene los siguientes documentos: i) Proyecto de dispositivo legal, ii) Proyecto de MOP; iii) Informe técnico; y, iv) Informe legal; Que, mediante el O fi cio N° I000704-2025-MTC/24-DE la Dirección Ejecutiva de PRONATEL, remite el Informe Legal N° I000447-2025-MTC/24-OAL de su O fi cina de Asesoría Legal y el Informe Técnico N° I000001-2025-MTC/24 de su O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, a través de los cuales sustentan la necesidad de una adecuación organizacional del PRONATEL, considerando las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo N° 1599, Decreto Legislativo para promover la innovación tecnológica, la reducción de la brecha de infraestructura y de acceso a los servicios de telecomunicaciones, en el artículo 7 del Decreto Supremo N° 018-2018-MTC, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 010-2021-MTC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28900, Ley que otorga al Fondo de Inversión en Telecomunicaciones - FITEL, la calidad de persona jurídica de derecho público, adscrita al Sector Transportes y Comunicaciones; en la Directiva N° 020-2020-CG-NORM, “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada con Resolución de Contraloría N° 392-2020-CG; y, en la Directiva N° 001-2024-PCM/SIP, “Directiva para la incorporación y ejercicio de la función de integridad en las entidades de la administración pública”, aprobada con Resolución de Integridad Pública N° 001-2024-PCM/SIP; Que, mediante el Memorando N° 1462-2025-MTC/09, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, sustentada en el Informe N° 0135-2025-MTC/09.05 de la O fi cina de Modernización bajo su cargo, señala que se ha veri fi cado que resulta viable la propuesta, al haberse aplicado adecuadamente los lineamientos técnicos vigentes en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado; Que, atendiendo a lo expuesto por la Dirección Ejecutiva de PRONATEL a través de sus órganos competentes, y de acuerdo a lo expuesto por la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, en su condición de órgano encargado de proponer a la Alta Dirección los documentos de gestión del ministerio y emitir opinión técnica sobre los documentos propuestos por los proyectos especiales, programas, fondos u organismos públicos adscritos, en el marco de sus competencias, de conformidad con el literal j) del artículo 32 del Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por la Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01, resulta necesario aprobar el aprobar el Manual de Operaciones del PRONATEL, así como derogar la Resolución Ministerial N° 0311-2020-MTC/01.03, modi fi cada por la Resolución Ministerial N° 0356-2020-MTC/01.03; De conformidad con la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, la Ley N° 29158, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones el Ministerio de Transporte y Comunicaciones, el Decreto Supremo N° 018-2018-MTC, que dispone la fusión del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la creación del Programa Nacional de Telecomunicaciones; el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 005-2020-PCM-SGP, que aprueba los Lineamientos N° 02-2020-SGP, que establecen orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y el Manual de Operaciones - MOP; y, el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01;SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación Aprobar el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Telecomunicaciones - PRONATEL, que consta de tres (3) títulos, treinta y ocho (38) artículos y un (1) Anexo, el mismo que forma parte de la presente Resolución Ministerial. Articulo 2.- Comunicación Remitir copia de la presente Resolución Ministerial y del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Telecomunicaciones - PRONATEL a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia de Consejo de Ministros en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles contados a partir de su aprobación, para los fi nes pertinentes. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y del Manual de Operaciones aprobado en el artículo 1 en la Sede Digital del Programa Nacional de Telecomunicaciones (www.gob.pe/pronatel) y en la Sede Digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 4.- Vigencia La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia una vez aprobado el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional del Programa Nacional de Telecomunicaciones - PRONATEL, en tanto, siguen operativas las unidades de organización contenidas en el Manual de Operaciones aprobado con Resolución Ministerial N° 0311-2020-MTC/01.03, modi fi cada por la Resolución Ministerial N° 0356-2020-MTC/01.03; con la aprobación del nuevo Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional queda derogada la Resolución Ministerial N° 0311-2020-MTC/01.03. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR SANDOVAL POZO Ministro de Transportes y Comunicaciones 2426640-1 ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL Designan Jefa de la Oficina de Administración del Instituto Nacional de Defensa Civil RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000131-2025- INDECI/JEF San Isidro, 11 de agosto del 2025 VISTOS: El Proveído N° 021483-2025-INDECI/GG, de fecha 8 de agosto de 2025, de la Gerencia General, el Informe Técnico N° 000127-2025-INDECI-URH, de fecha 8 de agosto de 2025, de la Unidad de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29664, modi fi cada por el Decreto Legislativo N° 1587, se creó el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la fi nalidad de identi fi car los