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38 NORMAS LEGALES Domingo 17 de agosto de 2025 El Peruano / son las unidades ejecutoras de los procesos en sus respectivas circunscripciones. Esta propuesta busca que las decisiones estratégicas y operativas se tomen en el mismo entorno organizacional, asegurando un enfoque integral y territorial del proceso. En esa línea, se ha identi fi cado una oportunidad de mejora organizacional para optimizar la coordinación, el control y la supervisión del cómputo descentralizado, permitiendo una conducción más integrada desde la unidad responsable del proceso electoral en el ámbito territorial. Asimismo, el reordenamiento de las funciones de la GIEE responde a la necesidad institucional de orientar la gestión a resultados, con énfasis en la calidad y oportunidad de los productos y servicios que se ofrecen a la ciudadanía. Bajo este enfoque, el ordenamiento propuesto permite una mejor articulación funcional al agrupar actividades según las estrategias de intervención, facilitando la programación, supervisión y evaluación del desempeño de la gerencia, que no implica la creación ni supresión de funciones, sino su agrupamiento lógico y operativo según fi nalidades comunes, lo que contribuye directamente a mejorar la gestión interna, el control de procesos y la claridad de roles; por lo que, presenta la propuesta y sustenta la necesidad de aprobar la modi fi cación del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, aprobado mediante la Resolución Jefatural Nº 000125-2024-JN/ONPE, conforme a al artículo 46 de los Lineamientos; En consecuencia, resulta procedente la aprobación de la modi fi cación del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales; De conformidad con la normativa antes citada, así como el literal g) del artículo 5 y el artículo 13 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, así como, el artículo 9 del Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos; Con el visado de la Gerencia General; la Secretaría General; y de las Gerencias de: Asesoría Jurídica, Planeamiento y Presupuesto, Organización Electoral y Coordinación Regional, Informática y Tecnología Electoral, Información y Educación Electoral; y, Gestión Electoral; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la modi fi cación de los artículos 8, 13, 15, 16, 19, 69, 70, 73, 74, 75, 77, 78, 79, 80, 81, 82, 92, 93, 94, 99, 100, 103, 104, 105, 106, 107, 110, 111, del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 000125-2024-JN/ONPE, que como anexo forman parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- Disponer la remisión de la presente Resolución y sus antecedentes a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, y de Recursos Humanos para que formalicen las acciones administrativas que resulten necesarias para la adecuada implementación de la presente modi fi cación del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la O fi cina Nacional de procesos Electorales, en el marco de sus respectivas competencias y de lo dispuesto por la normativa vigente. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano”, asimismo, que dicha resolución y su anexo, se publiquen en la sede o fi cial de la ONPE ubicada en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano, (www.gob.pe/onpe) y en el Portal de Transparencia de la ONPE, dentro del plazo de tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS Jefe 2428746-1GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Convocan a elecciones de los representantes de la sociedad civil de San Isidro ante el Consejo de Coordinación Local del Distrito de San Isidro DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010-2025-ALC/MSI San Isidro, 15 de agosto de 2025LA ALCALDESA DE SAN ISIDRO VISTO: El Informe N° D000011-2025-01.3.0-GPV/MSI de la Gerencia de Participación Vecinal; el Informe N°D0000184- 2025-04.0.0-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, los artículos 17°, 18° y 42° del Reglamento de Conformación del Consejo de Coordinación Local del distrito de San Isidro, aprobado por Ordenanza N° 330-MSI, establecen que el proceso de elección de representantes de la sociedad civil para dicho Consejo constituye un mecanismo democrático que garantiza la participación de las organizaciones del distrito; disponiendo que el Alcalde, mediante Decreto de Alcaldía, convoque a elecciones con una anticipación no menor de sesenta (60) días calendarios antes del vencimiento del mandato de los representantes, quienes son elegidos por un período de dos (2) años contados desde la fecha de la instalación del respectivo Consejo de Coordinación Local. Que, los artículos 20° y 21° del citado Reglamento disponen que, en el mismo Decreto de convocatoria, se designe al Comité Electoral encargado de conducir el proceso; el cual, conforme a lo previsto en la Ordenanza N° 617-MSI —que aprueba la modi fi cación y compendio del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad de San Isidro aprobado por Ordenanza N° 505-MSI—, estará integrado por los siguientes miembros titulares: el Gerente de Participación Vecinal, quien lo preside; el Secretario General o su representante, quien actuará como secretario; y un asesor de la Gerencia Municipal, quien ejercerá funciones de vocal. Como miembros suplentes: el Gerente de Salud y Bienestar Social y el Gerente de Comunicaciones e Imagen Institucional; y, como veedor, un representante del Órgano de Control Institucional. Que, mediante el documento del visto, la Gerencia de Participación Vecinal informa que, mediante Resolución de Alcaldía N° 488 de fecha 14 de diciembre de 2023, se reconoció a los cuatro (4) representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local para el periodo 2023-2025, elegidos el 30 de noviembre de 2023 en el proceso convocado mediante Decreto de Alcaldía N° 008-2023-ALC/MSI de fecha 11 de agosto de 2023; y que la instalación del actual Consejo se efectuó el 15 de diciembre de 2023, conforme al acta correspondiente, por lo que el mandato de los representantes vencerá el 15 de diciembre de 2025. Que, en atención a lo expuesto y con el fi n de cumplir con los plazos establecidos en el Reglamento, corresponde convocar a elecciones para designar a los nuevos representantes de la sociedad civil y conformar el Comité Electoral que conducirá dicho proceso, según la propuesta formulada por la Gerencia de Participación Vecinal.