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14 NORMAS LEGALES Viernes 12 de diciembre de 2025 El Peruano / MEDIDA REFERENCIA Retiro de estructuras temporales, maquinarias, herramientas, elementos y/o accesorios:xRetiro inmediato de las plantaciones y todos los desmontes arrojados en el sitio arqueológico.. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Desconcentrada de Cultura Lambayeque, la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (https://www.gob.pe/cultura ). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital Lambayeque a fi n de que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-D. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° 020-2025-LMG-DDC LAM-MC de fecha 23 de octubre de 2025, el Informe N° 001875 -2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, Informe N° 000233-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-MDR/MC e Informe N° 000448-2025-DGPA-VMPCIC-ARD/MC y el Plano Perimétrico con código PPROV-083-MC_DGPA- DSFL-2023 WGS84, los cuales se publican en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (https://www.gob.pe/ cultura )para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JANIE MARILE GOMEZ GUERRERO Directora de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble 2466572-1 DEFENSA Autorizan viaje de personal militar y civil de la Fuerza Aérea del Perú, encargada de trasladar al Presidente de la República y Comitiva Oficial, a la República del Ecuador RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 01864-2025-DE Lima, 11 de diciembre del 2025 VISTOS: El O fi cio Extra FAP N° 004713-2025-SECRE/ FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el O fi cio N° 03024-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 02537-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, dentro de su fl ota de aeronaves de transporte, la Fuerza Aérea del Perú cuenta con aeronaves de alta performance, como el Boeing 737-500 FAP 356 asignada al Grupo Aéreo N° 8, la cual realiza vuelos en operación militar en apoyo al desarrollo socioeconómico y vuelos en apoyo al Sistema de Defensa Civil; así como, vuelos a requerimiento de las más altas autoridades del Gobierno; Que, mediante O fi cio N° 01802-2025-MINDEF/JG el Jefe de Gabinete del Ministerio de Defensa remite a la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú el Informe N° 000522-2025-DP/SSCG, mediante el cual la Secretaría de Seguridad de la Casa de Gobierno solicita el apoyo aéreo para el traslado (ida y retorno) del señor Presidente de la República y Comitiva O fi cial, quienes participarán en el Encuentro Presidencial y en el XVI Gabinete Binacional Perú-Ecuador, a realizarse en la ciudad de Quito, República del Ecuador, el 12 de diciembre de 2025; Que, con O fi cio Extra FAP N° 004713-2025-SECRE/ FAP la Fuerza Aérea del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar y civil de la Fuerza Aérea del Perú que conformará la tripulación de la aeronave Boeing 737-500 FAP 356, encargada de realizar el traslado (ida y retorno) del señor Presidente de la República y Comitiva Ofi cial a la ciudad de Quito, República del Ecuador, autorizando su salida y retorno al país el 12 de diciembre de 2025; Que, a través del citado documento la Institución Armada remite el Informe Técnico Legal N° 015-G8AJ-2025; la Hoja de Gastos N° 202 DGVC-ME/SIAF-RP; así como, la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 0000000004 que garantiza el fi nanciamiento correspondiente; Que, en la Exposición de Motivos la Institución Armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior del citado personal militar y civil, por cuanto permitirá realizar el traslado (ida y retorno) del señor Presidente de la República y Comitiva O fi cial a la ciudad de Quito, República del Ecuador, apoyando las actividades que desarrollará el señor Presidente de la República durante su participación en el Encuentro Presidencial y en el XVI Gabinete Binacional Perú-Ecuador; Que, a través del O fi cio N° 03024-2025-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 603-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior; Que, mediante el Informe Legal N° 02537-2025-MINDEF/SG-OGAJ la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; y el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar y civil de la Fuerza Aérea del Perú que se detalla en la relación nominal del Anexo que forma parte integrante de la presente