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23 NORMAS LEGALES Viernes 12 de diciembre de 2025 El Peruano / 2025, se actualizaron los cargos comprendidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Administración Central del Ministerio de Salud, aprobado con Resolución Secretarial N° 322-2023/MINSA, según el cual, el cargo de Ejecutivo/a Adjunto/a I (CAP – P Nº 1014), Nivel F-4, de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria del Ministerio de Salud, tiene la clasi fi cación de cargo de con fi anza; Que, se ha visto por conveniente designar al señor MIGUEL ÁNGEL NALDA GAGLIARDI, en el cargo señalado en el considerando precedente; Con el visado de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General y del Despacho Viceministerial de Salud Pública; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar al señor MIGUEL ÁNGEL NALDA GAGLIARDI, en el cargo de Ejecutivo Adjunto I (CAP – P Nº 1014), Nivel F-4, de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria del Ministerio de Salud. Artículo 2.- Encargar a la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS NAPOLEÓN QUIROZ AVILÉS Ministro de Salud 2467327-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan Concesión Única a favor de VIETTEL PERU S.A.C. en el marco del Mecanismo Especial de Asignación de la banda de 3.5 GHz y aprueban contrato de concesión para prestación de servicios públicos de telecomunicaciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 899-2025-MTC/01.03 Lima, 10 de diciembre de 2025VISTO, el escrito de registro N° E-559701-2025 del 28 de noviembre de 2025, presentado por la empresa VIETTEL PERU S.A.C. que remite la documentación establecida en el numeral 18.2 del artículo 18 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1627, para la suscripción del contrato de concesión en el marco del Mecanismo Especial de Asignación y Acondicionamiento en la banda 3.5 GHz; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo N° 1627, Decreto Legislativo para promover el despliegue de los servicios públicos de telecomunicaciones mediante tecnología de quinta generación (5G) o superior, se faculta al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (en adelante MTC) a aplicar un mecanismo especial de asignación directa, el cual consiste en el otorgamiento de concesiones con asignación de espectro radioeléctrico a solicitud de las empresas interesadas para el despliegue de servicios públicos de telecomunicaciones mediante tecnología de quinta generación (5G) o superior, sujeto al cumplimiento de compromisos de inversión en atención al valor de dicho recurso natural; Que, a través del Decreto Supremo N° 004-2025- MTC, se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1627, Decreto Legislativo para promover el despliegue de los Servicios públicos de telecomunicaciones mediante tecnología de quinta generación (5G) o superior (en adelante Reglamento del Decreto Legislativo N° 1627); Que, con Resolución Ministerial N° 199-2025-MTC/03 y sus modi fi catorias, se aprueba la Convocatoria N° 01- 2025-MTC/27, Convocatoria del Mecanismo Especial de Asignación y Acondicionamiento de la banda de frecuencias de 3.5 GHz (3 300 – 3 800 MHz) para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones mediante tecnología de quinta generación (5G) o superior (en adelante Convocatoria); Que, el numeral 5.1. del artículo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1627, dispone que el mecanismo especial de asignación consiste en el otorgamiento de concesiones con asignación de espectro radioeléctrico en una Banda de frecuencias seleccionada por el MTC, de manera directa a las empresas cali fi cadas, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el mencionado reglamento y en la convocatoria; asimismo, conforme al numeral 5.2 del mencionado artículo 5 el mecanismo especial de asignación coexiste con los otros mecanismos de asignación de espectro radioeléctrico contemplados en las normas vigentes; Que, habiéndose veri fi cado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Convocatoria, la Resolución Directoral N° 0254-2025-MTC/27 declara a la empresa VIETTEL PERU S.A.C., como empresa cali fi cada para acceder al Mecanismo Especial de Asignación en la banda 3.5 GHz para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones mediante tecnología de quinta generación (5G) o superior, conforme a lo establecido en el numeral 12.5 del artículo 12 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1627; Que, por medio de la Resolución Directoral N° 292- 2025-MTC/27 se declara la continuidad de la aplicación del Mecanismo Especial de Asignación, al haberse verifi cado que existe disponibilidad de espectro en la banda 3.5 GHz; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 0067- 2025-MTC/03 se designa el Comité Evaluador de la Subasta del Mecanismo Especial de Asignación de la banda de frecuencias de 3.5 GHz. para determinar las ubicaciones en dicha banda, quien luego de llevar a cabo la subasta suscribe las actas correspondientes con el resultado de esta. Con Resolución Viceministerial N° 0094-2025-MTC/03 se aprueba los resultados del Mecanismo Especial de Asignación y Acondicionamiento en la banda de frecuencias de 3.5 GHz, determinando el rango y ubicación del bloque de espectro radioeléctrico, entre otros, para la empresa VIETTEL PERU S.A.C.; Que, el numeral 18.2 del artículo 18 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1627, establece que emitida la Resolución Viceministerial que aprueba el resultado del Mecanismo Especial de Asignación, el MTC emite los resolutivos para el otorgamiento de las concesiones y asignaciones resultantes del referido mecanismo, previa presentación de la documentación dispuesta en el mencionado numeral 18.2; Que, mediante el escrito de registro N° E-509903- 2025, complementado con los escritos de registros N° E-510819-2025, N° E-559701-2025, N° E-571872-2025 y N° 572042-2025, la empresa VIETTEL PERU S.A.C. presenta la documentación establecida en el numeral 18.2 del artículo 18 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1627, para la suscripción del contrato de concesión en el marco del Mecanismo Especial de Asignación y Acondicionamiento en la banda 3.5 GHz; Que, según el numeral 19.8 del artículo 19 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1627, en caso la empresa cali fi cada y/o el concesionario apto para el acondicionamiento incumplan con el deber de suscribir el contrato de concesión y/o la adenda correspondiente dentro del plazo previsto en el cronograma de la convocatoria; el MTC ejecuta la carta fi anza de validez, vigencia y seriedad de su participación, quedando sin