TEXTO PAGINA: 238
238 NORMAS LEGALES Jueves 18 de diciembre de 2025 El Peruano / Extraordinarias el cual refiere que; El Consejo Regional de Ucayali, se reúne de forma presencial, de acuerdo a lo que establece el Pleno del Consejo Regional de Ucayali; Durante los Periodos de Emergencia Sanitaria y Estados de Emergencia que son declarados por las autoridades competentes, la realización de las Sesiones Extraordinarias, podrán Desarrollarse de manera virtual remota, para ello se utilizara las herramientas digitales necesarias. (…). Durante los períodos de Sesiones Extraordinarias sólo se podrán tratar los temas materia de la convocatoria, salvo que el Pleno del Consejo Regional de Ucayali, apruebe incluir otros temas urgentes. (...). Que, en Sesión Extraordinaria de fecha 30 de octubre del 2025, celebrada de manera virtual mediante CITACIÓN N° 032-2025-GRU-CR-SCR, se da cuenta que mediante OFICIO N° 720-2025-GRU-GR de fecha 21 de octubre de 2025, la Gobernadora Encargada (e) del Gobierno Regional de Ucayali remite al Consejo Regional el Expediente de la solicitud de acuerdo regional de autorización de viaje al exterior del Sr. GOBERNADOR DE UCAYALI, a la República de Brasil desde el domingo 02 al jueves 06 de noviembre del 2025; Que, el Sr. Presidente del Consejo Regional dio a conocer el pedido la Gobernadora Encargada (e) del Gobierno Regional de Ucayali, quien en el OFICIO N° 720-2025-GRU-GR indica: (…) el embajador André Correa de Lago, en su condición de Presidente designado COP30, cursó invitación al Gobernador Regional para participar en el Foro de Lideres Locales de la COP30, que se celebrará en Rio de Janeiro, república de Brasil, del 3 al 5 de noviembre de 2025. (…) el Director Ejecutivo de la Autoridad Regional Ambiental Ucayali - ARAU, resalta la importancia de participar en el citado evento, dado que somos un gobierno subnacional que tenemos que estar a la altura de los gobiernos subnacionales del mundo, que poseemos bosques amazónicos y que tiene alta relevancia para la convención Marco de las Naciones Unidas sobre el cambio climático (…); Que, mediante INFORME LEGAL N° 077-2025-GRU- GGR-ORAJ/TTC de fecha 20 de octubre de 2025, de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ucayali, concluye que: (…) El órgano competente para la autorización del viaje al exterior de funcionarios públicos, en representación de la Entidad, es el Consejo Regional de Ucayali, conforme establece su Reglamento Interno; la autorización del viaje al exterior, deberá materializarse, mediante Acuerdo Regional, autorizando el viaje del señor MANUEL GAMBINI RUPAY - Gobernador Regional de Ucayali, quien participara en el Foro de Lideres Locales COP30 del día 3 al 5 de noviembre del presente año, evento a realizarse en la ciudad de Rio de Janeiro, República de Brasil. (…) La asistencia al evento deberá comprender un día de ida y otro día de vuelta, por lo que la autorización deberá otorgarse a partir del 2 al 6 de noviembre del presente año.; Que, el pedido fue sustentado ante el Pleno del Consejo por un funcionario del Gobierno Regional en la persona del Jefe de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, quien pidió que dada la importancia del Foro de Lideres Locales de la COP30, y por ser facultad del Consejo Regional, se autorice el viaje al exterior al Señor Gobernador para que viaje al país de Brasil, ante lo que se generó algunas deliberaciones por parte de los señores Consejeros, luego del cual el Sr. Presidente del Consejo da por culminado el debate y somete a votación la solicitud del Consejero Regional, siendo aprobado por mayoría, con la siguiente votación: siete (07) votos a favor y un (01) voto de abstención; Que, el literal r) del artículo 9° del Reglamento Interno del Consejo Regional, sobre las Atribuciones del Consejo Regional señala: “Autorizar los viajes al exterior del Gobernador y Vicegobernador Regional de Ucayali, consejeros y/o consejeras Regionales de Ucayali y de funcionarios y servidores públicos del Gobierno Regional de Ucayali, que van en representación del Gobierno Regional de Ucayali, sustentados en el interés regional o institucional y sujeto a las normas vigentes”. Por otro lado, el literal t) del artículo 28° del Reglamento antes citado, precisa que, a su retorno deberán presentarse ante el Pleno del Consejo Regional, para informar y sustentar las actividades realizadas solo en los casos de los funcionarios y Servidores Públicos; en el caso del Gobernador y Vicegobernador del Gobierno Regional de Ucayali, consejeros y/o consejeras del Consejo Regional de Ucayali, solo un informe de forma escrita; Que, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior del servidores y funcionarios públicos, en su artículo 1 prescribe: “La presente Ley regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público. (…)”. Asimismo, el artículo 3° establece lo siguiente: “Las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje”; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, los Acuerdos del Consejo Regional expresan COMUNICADO PROCESOS CONSTITUCIONALES Se hace de conocimiento a los entes emisores de Resoluciones de Procesos Constitucionales que todas las solicitudes de publicación se efectúan solo a través de la plataforma digital del Portal de Atención al Cliente -PGA-, a la que deberán acceder con el usuario y contraseña otorgado a cada Entidad. Los archivos que se remiten a través del PGA, deben adecuarse a las exigencias de la plataforma y cumplir con el mandato legal que dispone su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Si la Resolución incluye cuadros o tablas de texto, éstos deben ser editables; si incluye imágenes, formulas, gráficos etc, éstos deben ser legibles y en alta resolución. El contenido de los archivos es de responsabilidad de la entidad que lo remite, conforme a los términos y condiciones del PGA. NOTA: Las Entidades que aún no cuenten con usuario y contraseña para acceder al sistema PGA, pueden solicitar su registro al correo normaslegales@editoraperu.com.pe GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES