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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (18/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 244

TEXTO PAGINA: 241

241 NORMAS LEGALES Jueves 18 de diciembre de 2025 El Peruano / de Abastecimiento y Servicios Generales sustenta ante la Oficina General de Administración y Finanzas, su requerimiento de la necesidad de aprobación de la Afectación en Uso y a plazo indeterminado por saneamiento Físico Legal de cinco (5) Parques de Bienes Inmuebles que son Predios a favor de la Municipalidad Distrital de La Victoria, y de acuerdo con la Ley N° 29151 se consideran como propiedad del Estado Peruano, ante la Superintendencia Nacional de Bienes Estales (SBN) en administración de la Municipalidad; esto es, en cumplimiento de la Ley N° 31199 “Ley de Gestión y Protección de los Espacios Públicos” y careciendo de un título que avale tal situación; Que, mediante Informe N° 000175-2025-OGAF/MLV de fecha 26 de noviembre de 2025, la Oficina General de Administración y Finanzas, remite a la Gerencia Municipal el informe técnico elabora por la Oficina a su cargo, donde peticionan la aprobación del Concejo Municipal para la afectación en uso por saneamiento físico legal de 05 parques FORTIS, HIPOLITO UNANUE, MATIAS MANZANILLA, MARIA AMPARADO DE BELLIDO Y SANTA CATALINA, en Administración de la Municipalidad de La Victoria; Que, mediante Informe N° 000474-2025-OGAJ/MLV de fecha 27 de noviembre de 2025, la Oficina General de Asesoría Jurídica concluye que: (i) Los cinco (05) parques evaluados carecen de saneamiento físico-legal y no cuentan con partida registral, por lo que requieren regularización mediante la Afectación en Uso ante la SBN; (ii) La Municipalidad de La Victoria administra dichos parques, pero necesita respaldo legal para formalizar su condición dentro del Sistema Nacional de Bienes Estatales; (iii) Las áreas responsables, conforme al ROF de la Municipalidad de La Victoria, cuentan con plena competencia para asumir la elaboración del expediente, el sustento técnico-legal y la tramitación correspondiente ante la SBN; y, (iv) La Afectación en Uso es jurídicamente procedente y constituye el mecanismo adecuado de formalización; asimismo, recomienda su elevación ante al Concejo Municipal para los fines de su debate y eventual aprobación conforme a lo previsto en el artículo 9° numeral 35) y el artículo 41° de la LOM, teniendo en consideración que posteriormente de aprobado el requerimiento de afectación en uso de los bienes inmuebles las áreas competentes; Que, mediante Dictamen Conjunto N° 089-2025/ MLV, de fecha 28 de noviembre de 2025, la Comisión de Planificación, Presupuesto y Asuntos Legales y la Comisión de Desarrollo Urbano y Transporte, dictaminaron por unanimidad , considerar viable y recomiendan que el Concejo Municipal autorice a la Gerencia Municipal, a la Oficina General de Administración y Finanzas así como a las demás unidades orgánicas competentes, para que realice las acciones necesarias para la afectación en uso por saneamiento físico-legal de cinco parques: Fortis, Hipólito Unanue, Matías Manzanilla, María Parado de Bellido y Santa Catalina, actualmente bajo administración de la Municipalidad Distrital de La Victoria; Estando a las consideraciones antes expuestas; y en uso de las atribuciones conferidas en el inciso 26) del artículo 9° y los artículos 39° y 41° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; con el voto en UNANIMIDAD de los Regidores asistentes; con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, con cargo a redacción; SE ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR a la Gerencia Municipal, a la Oficina General de Administración y Finanzas así como a las demás unidades orgánicas competentes, para que realice las acciones necesarias para la afectación en uso por saneamiento físico-legal de cinco parques: N° PARQUE LOCALIZACIÓN DISTRITO 1 MARIA PARADO DE BELLIDO BAUSATE Y MEZA Cdra. 7 LA VICTORIA 2 SANTA CATALINA RIVADENEIRA Cdra. 9 LA VICTORIA 3 FORTIS NICOLAS ARRIOLA Cdra. 18 LA VICTORIA4 HIPOLITO UNANUE LEON GARCIA Cdra. 5 LA VICTORIA 5 MATIAS MANZANILLA TARAPOTO Cdra. 1 LA VICTORIA Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Oficina General de Administración y Finanzas, así como las demás unidades orgánicas competentes el cumplimiento del presente Acuerdo. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina General de Tecnologías de la Información la publicación del presente Acuerdo en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de La Victoria (www.munilavictoria. gob.pe) y en el Portal de Transparencia Estándar (www. transparencia.gob.pe) Regístrese, comuníquese y cúmplase. RUBÉN CANO ALTEZ Alcalde 2468679-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Ordenanza que aprueba la Numeración Municipal del Asentamiento Humano Bocanegra Sector 1 del Distrito del Callao ORDENANZA MUNICIPAL N° 031-2025/MPC Callao, 4 de diciembre de 2025 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO VISTO, en Sesión Ordinaria de Concejo celebrada en la fecha, el Dictamen N° 036-2025-MPC-SR-COPODUN de fecha 20 de noviembre de 2025, de la Comisión de Población, Desarrollo Urbano y Nomenclatura, y sus antecedentes; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en el artículo 194 modificado por la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia; esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 3.4 del artículo 79 de la Ley Orgánica de Municipalidades señala que son funciones específicas exclusivas de las municipalidades disponer la nomenclatura de avenidas, jirones, calles, pasajes, parques, plazas, y la numeración predial; Que, mediante la Resolución Directoral N° 011-2021-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU se aprueban los Lineamientos para la Nomenclatura Vial y Numeración Municipal, que tiene por finalidad establecer un instrumento técnico que permita mejorar la identificación de lugares, ahorrar tiempo, mejorar la productividad y planificar la ciudad; utilizando como herramienta técnica principal el Reglamento de la Norma Técnica para Numeración Municipal y Nomenclatura Vial a los Gobiernos Locales a nivel Nacional, mediante la