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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (18/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 244

TEXTO PAGINA: 244

244 NORMAS LEGALES Jueves 18 de diciembre de 2025 El Peruano / de Predios de la SUNARP, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 097-2013-SUNARP-SN, la inscripción de la numeración se realiza en mérito a la resolución o al certificado de numeración expedidos por la municipalidad distrital respectiva. Que, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro mediante el Informe N° 819-2024/MPC-GDU- SGPUC de fecha 11 de octubre de 2024, remite los Informes N° 199-2024-MPC-GDU-SGPUC-AMAM y el Informe Legal N° 130-2024-MPC/GDU-SGPUC-CMVA a la Gerencia de Desarrollo Urbano, adjuntando la propuesta para normar los lineamientos técnicos para la numeración municipal en el distrito del Callao, con el objetivo de establecer criterios para la asignación, certificación, modificación, rectificación, ratificación y otros a fin de lograr la identificación de los inmuebles ubicados dentro de la jurisdicción; Que, la Gerencia de Desarrollo Urbano mediante Memorando N° 2288-2024-MPC-GDU de fecha 14 de octubre de 2024, remitió los actuados a la Oficina General de Asesoría Jurídica solicitando su pronunciamiento conforme a su competencia para proseguir con el trámite correspondiente; Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica mediante Memorando N° 593-2024-MPC/OGAJ de fecha 31 de octubre de 2024, realizó una serie de consultas y observaciones al proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba los Lineamientos Técnicos para la Numeración Municipal en el distrito del Callao, las mismas que fueron absueltas por la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro mediante Informe N° 362-2025/MPC-GDU- SGPUC de fecha 06 de junio de 2025, que hace suyo el Informe Técnico N° 064-2025-MPC-GDU-SGPUC-AMAM, y el Informe Legal N° 211-2025-MPC/GDU-SGPUC- CMVA; Que, el objeto de los “Lineamientos Técnicos para la Numeración Municipal en el distrito del Callao” es establecer los criterios técnicos para asignar, certificar, modificar, ratificar, rectificar y/o dar de baja la numeración municipal, a fin de facilitar la identificación de los inmuebles ubicados dentro de la circunscripción; mientras que su finalidad es establecer un instrumento técnico que permita mejorar la identificación de lugares dentro del distrito del Callao, que necesiten una adecuada asignación y aprobación de numeración municipal; Que, dichos lineamientos serán de cumplimiento obligatorio para todos los propietarios que no cuenten con numeración municipal asignada y/o estén utilizando una numeración no oficial, debiendo tramitar el otorgamiento de numeración municipal de predios ubicados dentro del distrito del Callao; Que, el numeral 6.4 de los “Lineamientos para la Nomenclatura Vial y Numeración Municipal” aprobados mediante Resolución Directoral N° 011-2021-VIVIENDA- VMVU-DGPRVU, indica que se entiende por numeración municipal al procedimiento de asignación de un número municipal exterior e interior, con la que se identifica las unidades prediales, así como sus partes susceptibles de numerar; precisando que este proceso también incluye la reasignación, rectificación y eliminación de números municipales, asimismo, se consigna que la competencia de esta función es exclusivamente de los Gobiernos Locales; Que, la Gerencia de Desarrollo Urbano mediante Memorando N° 1112-2025-MPC-GDU de fecha 13 de junio de 2025, remitió los actuados a la Oficina General de Asesoría Jurídica solicitando su pronunciamiento a fin de proseguir con el trámite correspondiente; Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 207-2025-MPC/OGAJ de fecha 08 de julio de 2025, emitió opinión legal favorable con respecto a la Ordenanza Municipal que aprueba los Lineamientos Técnicos para la Numeración Municipal en el distrito del Callao, precisando que, según lo señalado en el numeral 3.4 del artículo 79 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dentro las funciones específicas exclusivas de las municipalidades distritales, se encuentra la función de disponer la numeración predial, y lo señalado en el artículo 40 del mismo cuerpo normativo, corresponde aprobar los citados Lineamientos Técnicos mediante Ordenanza Municipal; Que, la Comisión de Población y Desarrollo Urbano, a través del Dictamen N° 040-2025-MPC- SR-COPODUN de fecha 04 de diciembre de 2025, recomienda al Concejo Municipal Provincial del Callao se apruebe la propuesta de Ordenanza Municipal en cuestión, disponiendo se eleve al Pleno del Concejo para su pronunciamiento; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo señalado en el artículo 9 inciso 8), así como en los artículos 39 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, el Concejo Municipal, por unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LOS LINEAMIENTOS TÉCNICOS PARA LA NUMERACIÓN MUNICIPAL EN EL DISTRITO DEL CALLAO Artículo 1.- APROBAR los “Lineamientos Técnicos para la Numeración Municipal en el distrito del Callao” los mismos que, en anexo adjunto, forman parte integrante de la presente ordenanza. Artículo 2.- ENCARGAR a la Secretaría General del Concejo Municipal, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Oficina General de Tecnología de la Información y Telecomunicación su publicación y la de sus anexos en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial del Callao (www.gob.pe/municallao). Artículo 3.- DEROGAR toda norma o disposición que se oponga a la presente ordenanza. Artículo 4.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. PEDRO SPADARO PHILIPPS Alcalde GEORGE VICTOR COLLANTES FERNANDEZ Secretario General del Concejo Municipal 2469060-1 FE DE ERRATAS DECRETO DE ALCALDÍA Nº 023-2025-ALC/MPC Mediante Oficio N° 357-2025-MPC/SGCM, la Secretaría General del Concejo Municipal solicita se publique Fe de Erratas del Decreto de Alcaldía N° 023- 2025-ALC/MPC, publicado en la Edición Extraordinaria del día 16 de diciembre de 2025. DICE: “Artículo 2.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y a la Oficina General de Tecnología de la Información y Telecomunicación, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía”. DEBE DECIR: “Artículo 2.- ENCARGAR al Órgano Desconcentrado del Servicio de Tránsito, Transportes y Movilidad Urbana y a la Oficina General de Tecnología de la Información y Telecomunicación, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía”. 2469302-1