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236 NORMAS LEGALES Jueves 18 de diciembre de 2025 El Peruano / Objetivo Priorizado (OP) 4: Financiamiento: Conductor: COLEGIO DE ECONOMISTAS DE CAJAMARCA Secretaría Técnica: GERENCIA REGIONAL DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO Y ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Objetivo Priorizado (OP) 5: Mercado Laboral: Conductor: CAMARA DE COMERCIO Y PRODUCCIÓN DE CAJAMARCA Secretaría Técnica: DIRECCIÓN REGIONAL DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Objetivo Priorizado (OP) 6: Ambiente de Negocios: Conductor: CONSEJO REGIONAL DE LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA - COREMYPE CAJAMARCA Secretaría Técnica: SUB GERENCIA DE PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN PRIVADA Objetivo Priorizado (OP) 7: Comercio Exterior: Conductor: AGROMERCADO Secretaría Técnica: DIRECCIÓN REGIONAL DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Objetivo Priorizado (OP) 8: Institucionalidad: Conductor: COLEGIO PROFESIONAL DE SOCIOLOGOS Secretaría Técnica: SUB GERENCIA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Objetivo Priorizado (OP) 9: Sostenibilidad Ambiental: Conductor: COMITÉ AMBIENTAL TREGIONAL - CAR CAJAMARCA Secretaría Técnica: GERENCIA REGIONAL DE RECURSOS NATURALES Y GESTIÓN DEL MEDIO AMBIENTE Artículo Sexto.- ESTABLECER las funciones específicas: 1. Consejo Directivo a) Elaborar y Aprobar el PRCP Cajamarca al 2035. b) Proponer normas regionales en materia de competitividad y productividad. c) Ratificar al Secretario Técnico del CRCP Cajamarca. d) Supervisar la implementación del PRCP. e) Otras acciones que se requieran para el adecuado desarrollo, implementación, seguimiento y evaluación del PRCP Cajamarca al 2035. 2. Secretaría Técnica a) Proponer la conformación de los CTPPR. b) Convocar y coordinar las sesiones técnicas. c) Sistematizar los aportes y elevar la propuesta al Consejo Directivo. d) Articular con el Consejo Nacional de Competitividad y Formalización - CNCF y el aplicativo AYNI. e) Monitorear y reportar avances del PRCP. 3. Comités Técnicos Público - Privados – CTPPR a) Proponer medidas de política e hitos. b) Convocar a expertos e instituciones invitadas, previa autorización. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Secretaría del Consejo Regional la publicación en el portal institucional del Gobierno Regional de Cajamarca (www.regioncajamarca.gob.pe) conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y las normas de transpare ncia.Artículo Octavo.- DISPONER que la presente Ordenanza entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano . Comuníquese al Gobernador Regional del Gobierno de Cajamarca para su promulgación. En Cajamarca, a los veinticuatro días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco. ZONIA LEÓN MUGUERZA Consejera Delegada Consejo Regional de Cajamarca POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en Cajamarca, en la sede central del Gobierno Regional. ROGER GUEVARA RODRÍGUEZ Gobernador Regional 2468568-1 GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN Delegan en el Gerente Regional de Planeamiento y Presupuesto la facultad de aprobación de las modificaciones presupuestarias RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 318-2025-GRSM/GR Moyobamba, 10 de diciembre de 2025 VISTO: El Expediente Nº 001-2025556358 , que contiene el Informe N° 099-2025-GRSM/GRPYP, Memorando N° 2018-2025-GRSM/GR, Informe Legal N° 626-2025- GRSM/ORAL y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, Ley 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XVI del Título IV sobre Descentralización, Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Informe N°099-2025-GRSM/GRPYP de fecha 10 de diciembre de 2025, el Gerente Regional de Planeamiento y Presupuesto en el marco de lo dispuesto en el numeral 7.2 del artículo 7 del Decreto Legislativo N°1440 – Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, solicita la delegación de facultades para la aprobación de Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional y Programático; Que, mediante Memorando N°2018-2025-GRSM/ GR de fecha 10 de diciembre de 2025, el despacho del Gobernador Regional de San Martín, solicita opinión legal en relación al pedido de delegación de facultades solicitado por el Gerente Regional de Planeamiento y Presupuesto en el marco del Decreto Legislativo N°1440 – Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, asimismo, autoriza la emisión del acto resolutivo que corresponda; Que, el numeral 72.2 del artículo 72 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que, “Toda entidad es