Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ENERO DEL AÑO 2025 (24/01/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 33

33 NORMAS LEGALES Viernes 24 de enero de 2025 El Peruano / cuya Sección Primera fue aprobada por Decreto Supremo Nº 005-2020-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designación Designar, a partir del 13 de enero del 2025, a la señora JANET CORAL CALVO VARGAS en el cargo de Asesora en Investigación en Ecosistemas de Montaña para la Presidencia Ejecutiva del Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña. Artículo 2.- Noti fi cación Disponer que la Especialista Responsable de Recursos Humanos noti fi que la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva a la interesada antes mencionada e informe a los demás órganos y o fi cinas del INAIGEM, así como realice los trámites administrativos para dar cumplimiento al presente acto resolutivo. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal institucional del Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña – INAIGEM (www.gob.pe/inaigem). Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ FUENTEALBA DURAND Presidenta Ejecutiva INAIGEM 2364595-1 Delegan facultades y atribuciones en el Gerente General y el Jefe de la Oficina de Administración del INAIGEM RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 012-2025- INAIGEM/PE Huaraz, 21 de enero de 2025VISTO: El Memorando N° D000030-GG-INAIGEM-2025 de la Gerencia General, el Informe Legal N° D00018-OAJ-GG- INAIGEM-2025 de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 30286 se crea el Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña – INAIGEM, como organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio del Ambiente, con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica, fi nanciera y personería jurídica de derecho público, constituyéndose en pliego presupuestal; Que, mediante Decreto Supremo N° 005-2020-MINAM, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña - INAIGEM, documento técnico, normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la entidad, orientada al logro de su misión, visión y objetivos; Que, el numeral 72.2 del artículo 72 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, indica que toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el e fi ciente cumplimiento de su misión y objetivos, así como para la distribución de las atribuciones que se encuentren comprendidas dentro de su competencia; Que, asimismo, el numeral 78.1 del artículo 78 del citado Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, establece que las entidades pueden delegar el ejercicio de la competencia conferida a sus órganos en otras entidades, cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hagan conveniente. Procede también la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad. Dicho artículo añade en su numeral 78.2, que son indelegables entre otros, las atribuciones esenciales del órgano que justi fi can su existencia, las atribuciones para emitir normas generales y las atribuciones a su vez recibidas en delegación; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344- 2018-EF, y modi fi catorias, que señalan las disposiciones que deben observar y seguir las entidades a efectos de tramitar los procesos de contratación de bienes, servicios y obras. Asimismo, el artículo 8 de la Ley, faculta al Titular de la Entidad para que pueda delegar, mediante resolución, la autoridad que le otorga la citada norma; Que, por su parte, los incisos 2 y 3 del párrafo 8.1 del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad, disponen que el Titular de la entidad del Sector Público, los jefes de las O fi cinas Generales de Administración, los jefes de las O fi cinas de Contabilidad y de Presupuesto o quienes hagan sus veces, están obligados a presentar la rendición de cuentas de la entidad en la que se desempeñen, así como de suscribir y remitir la información por medio digital, la rendición de cuentas de acuerdo al artículo 23 del presente Decreto Legislativo. El titular de la entidad puede delegar esta función en la máxima autoridad administrativa o quien haga sus veces; Que, por otro lado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 50 de la Directiva de Tesorería N° 001-2007-EF/77.15, aprobada mediante Resolución Directoral N° 002-2007-EF/77.15 y modi fi catorias, los titulares y suplentes de las cuentas bancarias son designados mediante resolución del Titular del Pliego o del funcionario a quien este hubiera delegado de manera expresa dicha facultad; Que, asimismo, el Decreto Legislativo N° 1252 – Decreto Legislativo crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y Deroga la Ley N° 27293, regula las facultades y atribuciones de los responsables del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. Así, el artículo 32 de la Directiva N° 001-2019-EF/63.01 – Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, regula la aprobación del expediente técnico o documento equivalente; Que, para la suscripción de Convenios con tesistas, así como la conformación y designación de Comités de Adquisiciones vinculados a Proyectos y/o sub proyectos de cualquier naturaleza y fuente de fi nanciamiento, resulta conveniente facilitar y agilizar su trámite de gestión interna, delegando las facultades para su suscripción a la Gerencia General y/o a la O fi cina de Administración del INAIGEM, según sea el caso; Que, conforme con lo establecido en el artículo 22 del del Reglamento de Organización y Funciones del INAIGEM, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2020-MINAM, la O fi cina de Administración, es el órgano de apoyo, responsable de programar, conducir, ejecutar, controlar y supervisar la implementación de los sistemas administrativos de abastecimiento, tesorería, endeudamiento público, contabilidad, y gestión de Recursos Humanos. Depende jerárquicamente de la Gerencia General; supervisa y coordina con los demás órganos; Que, mediante Informe N° D000001-OADM-GG- INAIGEM-2025, de fecha 02 de enero 2025 el Jefe de la O fi cina de Administración, solicita la delegación de facultades del Titular de la entidad, a la Gerencia General y a O fi cina de Administración, con el propósito de que los trámites que se efectúan en el INAIGEM se realicen con prontitud y en los plazos previstos y a fi n de lograr una mayor e fi ciencia en la gestión administrativa de la entidad; Que, mediante Memorando N° D000030-GG- INAIGEM-2025 de fecha 21 de enero del 2025, la Gerencia General remite la solicita la delegación de facultades del Titular de la entidad, a la Gerencia General y a O fi cina de Administración, con algunas precisiones; Que, el inciso j) del artículo 17 del Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones