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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ENERO DEL AÑO 2025 (24/01/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 35

35 NORMAS LEGALES Viernes 24 de enero de 2025 El Peruano / desistirse, participar en cualquier tipo de audiencias administrativas e interponer recursos administrativos de impugnación en el ámbito de las funciones propias y de aquellas que hayan sido expresamente delegadas. b) Representar al INAIGEM ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria – SUNAT, en todo tipo de trámite en materia tributaria, para realizar cualquier acto, procedimiento y/o actividad que resulte necesaria para el mejor desarrollo de la gestión administrativa del INAIGEM, incluido la actualización de datos y/o representantes legales en el Registro Único de Contribuyentes (RUC); así como la suscripción de documentos, solicitudes y/o cualquier tipo de formularios para la importación, bajo cualquier modalidad permitida por ley, de bienes en bene fi cio o para uso de la entidad, así como la suscripción de cartas de garantías nominales hasta por cualquier monto relacionado con la importación de bienes. 2.2. En materia de Tesorería: a) Aprobar el reembolso de viáticos. b) Aprobar la asignación de fondos por encargo. c) Aprobar la liquidación de bene fi cios sociales. d) Autorizar la programación mensual de viáticos del personal. e) Autorizar fondos por encargo. 2.3. En materia Administrativa: a) Aprobar los actos de administración, disposición, adquisición, registro y supervisión de los bienes inmuebles, de acuerdo con la Ley N° 29151 – Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, su reglamento y demás disposiciones normativas sobre la materia. b) Aceptar la donación y otros actos de administración de bienes muebles, en el marco del Decreto Legislativo N° 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 217-2019- EF; y, la Directiva N° 0006-2021-EF/54.01 “Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento”, aprobada por Resolución Directoral N° 0015-2021-EF/54.01”. c) Aprobar los desplazamientos de personal: asignación, rotación, reasignación, destaque. d) Aprobar el descanso pre y post natal, así como conceder licencias y/o permisos del personal. e) Aprobar el rol anual de vacaciones de los trabajadores de la entidad. f) Suscribir, modi fi car y/o resolver los Convenios con Tesistas. g) Aprobar la liquidación de bienes y servicios. h) Aprobar el reconocimiento de deuda, créditos devengados y devolución de recursos. 2.4. En materia de Contrataciones del Estado : a) Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades, así como sus modi fi caciones, conforme a la normativa vigente sobre la materia. b) Designar a los miembros integrantes titulares y suplentes de los Comités de Selección, así como modi fi car su composición. c) Conformar y designar a los miembros de los Comités de Adquisiciones vinculados a proyectos y/o sub proyectos de cualquier naturaleza y fuente de fi nanciamiento en los que intervenga el INAIGEM. d) Autorizar la participación de expertos independientes para que apoyen a los comités de selección, cuando corresponda. e) Aprobación de Contrataciones Directas, correspondiente a los literales e), g), j), k), l) y m) del numeral 27.1 del artículo 27 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225 – Ley de Contrataciones del Estado. f) Aprobar los expedientes de contratación, las bases administrativas y la cancelación de los procesos de Selección de Adjudicación Simpli fi cada, Selección de Consultores Individuales, Comparación de Precios, Subasta Inversa Electrónica y Contrataciones Directas, en los supuestos previstos en los literales e), g), i), j), k), l) y m) del numeral 27.1 del artículo 27 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225 – Ley de Contrataciones del Estado. g) Suscribir contratos de bienes y servicios, y sus respectivas adendas, cuyos montos de contratación sean iguales o inferiores a ocho (8) UIT, así como resolver las solicitudes de ampliación de plazo de los mismos. h) Resolver los recursos de apelación interpuestos en los procedimientos de selección, cuyo valor estimado o valor referencial sea igual o menor a cincuenta (50) Unidades Impositivas Tributarias, dentro del marco normativo que regula las contrataciones del Estado. i) Aprobar la subcontratación de prestaciones hasta por el máximo permitido por la el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225 – Ley de Contrataciones del Estado. j) Aprobar las modi fi caciones contractuales a las que se re fi ere el numeral 34.10 del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225 – Ley de Contrataciones del Estado. k) Aprobar las contrataciones complementarias de bienes y servicios, derivados de los procesos de contratación pública, hasta por el máximo permitido por la normatividad de contrataciones del Estado. l) Celebrar contratos complementarios de bienes y servicios derivados de los procesos de contratación pública. m) Suscribir los contratos y adendas derivados de los procesos de selección, regulados por la normativa de Contrataciones del Estado. n) Autorizar los adicionales y reducciones de prestaciones en el caso de bienes y servicios hasta por el límite de veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original. Dicha autorización debe tener como objeto la contratación de bienes y servicios provenientes de los procesos de selección de Adjudicación Simpli fi cada, Selección de Consultores Individuales, Comparación de Precios, Subasta Inversa Electrónica y Contrataciones Directas en los supuestos previstos en los literales e), g), j), k), l) y m) del numeral 27.1 del artículo 27 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225 – Ley de Contrataciones del Estado. o) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual, derivados de los procesos de contratación pública. p) Aprobar la cancelación total o parcial de los procesos de selección de Adjudicación Simpli fi cada, Selección de Consultores Individuales, Comparación de Precios, Subasta Inversa Electrónica y Contrataciones Directas en los supuestos previstos en los literales e), g), j), k), l) y m) del numeral 27.1 del artículo 27° de la Ley N° 30225 – Ley de Contrataciones del Estado. q) Resolver los contratos referidos a la contratación de bienes y servicios por las causales reguladas en la normativa sobre Contrataciones del Estado, así como efectuar actos previos necesarios para cumplir con dicha fi nalidad. Asimismo, resolver los contratos relativos a la contratación de bienes y servicios, derivados de contrataciones, cuyos montos sean iguales o inferiores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias. r) Suscribir convenios interinstitucionales para encargar los procesos de selección a entidades públicas, así como aprobar el expediente de contratación y las bases en calidad de entidad encargante. Artículo 3°.- Informes Disponer que el Gerente General informe trimestralmente a la Presidencia Ejecutiva respecto de las actuaciones derivadas de la delegación de facultades otorgada mediante la presente Resolución. Artículo 4°.- Noti fi cación y Publicación Notifíquese la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva a la Gerencia General y dispóngase su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal institucional del Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña – INAIGEM (www.gob.pe/inaigem). Regístrese, comuníquese y publíquese.BEATRIZ FUENTEALBA DURAND Presidenta EjecutivaINAIGEM 2364976-1