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19 NORMAS LEGALES Viernes 24 de enero de 2025 El Peruano / sendas modi fi catorias, que incorporan servicios a cargo de las Estaciones Experimentales Agrarias de la Entidad, así como de algunos órganos de línea del INIA; Que, el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE), es un documento de gestión descriptivo y de sistematización normativa, que consolida todos los servicios que no son prestados en exclusividad que brinda la Entidad para satisfacer a la población que lo necesita, haciéndose necesaria su aprobación a fi n de contar con un instrumento actualizado que facilite lo difusión al público de estos; Que, por Resolución Jefatural N° 117-2021-INIA, de fecha 02 de diciembre de 2021, se aprobó la primera parte del TUSNE del INIA, constituido por cincuenta y cinco (55) productos y servicios no exclusivos, detallados en el anexo adjunto a la Resolución Jefatural. Asimismo, precisa que los servicios señalados en la Guía de Servicios del INIA, aprobada por Resolución Jefatural N° 0304/2014-INIA, y modi fi cada por las Resoluciones Jefaturales N° 226-2015-INIA, N° 167-2016-INIA, N° 188-2016-INIA, N° 039-2018-INIA, y N° 081-2019-INIA, contemplan a los requerimientos de los órganos de línea y órganos desconcentrados: Dirección de Desarrollo Tecnológico Agrario; Centro Experimental La Molina; Las Estaciones Experimentales Agrarias: San Roque – Loreto, Vista Florida, Baños del Inca – Cajamarca, Santa Ana- Junín, Andenes, Illpa–Puno, Donoso – Huaral, Pucallpa, Canaán, Pichanaki, Chumbibamba; Que, la referida Resolución Jefatural deja sin efecto la Resolución Jefatural N° 0045-2015-INIA y la Resolución Jefatural N° 0050-2018-INIA que incorporaron servicios a la Guía de Servicios del INIA, aprobada por Resolución Jefatural N° 0304/2014-INIA de fecha 15 de octubre de 2014; Que, con Resolución Jefatural N° 0160-2022-INIA, de fecha 07 de octubre de 2022, se aprobó la modi fi cación de la primera parte del TUSNE del INIA, aprobada por Resolución Jefatural N° 0117-2021-INIA, quedando constituida por doscientos cincuenta y ocho (258) productos y servicios no exclusivos; asimismo, se dejó sin efecto las Resoluciones Jefaturales N ros 226-2015- INIA, 167-2016-INIA, y 188-2016-INIA, que actualizaron precios de los servicios de la Guía de Servicios del INIA, aprobada por Resolución Jefatural N° 0304/2014-INIA de fecha 15 de octubre de 2014; Que, en esa misma línea, mediante Resolución Jefatural N° 0046-2023-INIA, de fecha 08 de marzo de 2023, se aprobó la modi fi cación de la primera parte del TUSNE del INIA, aprobada por Resolución Jefatural N° 117-2021-INIA, modi fi cado por Resolución Jefatural N° 160-2022-INIA, el cual quedará constituido por un total de doscientos ochenta y cuatro (284) productos y servicios no exclusivos; asimismo, se precisó que los servicios previstos en la Guía de Servicios del INIA, aprobada con Resolución Jefatural N° 0304/2014-INIA, y modi fi cada por las Resoluciones N° 039-2018-INIA y N° 081-2019-INIA, se mantienen vigentes, con excepción de lo detallado en los artículos 2 y 4 de la Resolución Jefatural N° 160-2022- INIA, además de aquellos que fueron dejados sin efecto con la aprobación del TUSNE del INIA, por Resolución Jefatural N° 117-2021-INIA; Que, posteriormente, por Resolución Jefatural N° 0183- 2023-INIA, de fecha 13 de octubre de 2023, se aprobó la modi fi cación del TUSNE del INIA, aprobado por Resolución Jefatural N° 117-2021-INIA, y modi fi cado por Resolución Jefatural N° 160-2022-INIA, y Resolución Jefatural N° 046-2023-INIA, quedando constituido con un total de doscientos noventa y tres (293) bienes y/o servicios no exclusivos; asimismo, se precisó que los servicios previstos en la Guía de Servicios del INIA, aprobada con Resolución Jefatural N° 0304/2014-INIA, y modi fi cada por las Resoluciones N° 039-2018-INIA y N° 081-2019-INIA, se mantienen vigentes, con excepción de los detallados en el artículo 2 de dicha Resolución Jefatural; Que, mediante Resolución Jefatural N° 0147-2024- INIA, de fecha 11 de setiembre de 2024, se aprobó la cuarta modi fi cación del TUSNE del INIA, aprobado por Resolución Jefatural N° 117-2021-INIA, y modi fi cado por Resolución Jefatural N° 160-2022-INIA, y Resolución Jefatural N° 046-2023-INIA, y Resolución Jefatural N° 0183-2023-INIA quedando constituido con un total de cuatrocientos treinta y tres (433) bienes y/o servicios no exclusivos. Asimismo, se dejó sin efecto la “Guía de Servicios del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA”, aprobada con Resolución Jefatural N° 0304/2014-INIA, y modi fi catorias; Que, fi nalmente, por Resolución Jefatural N° 206- 2024-INIA, de fecha 09 de noviembre de 2024, se aprobó la quinta modi fi cación del TUSNE del INIA, aprobado por Resolución Jefatural N° 117-2021-INIA, y modi fi cado por Resolución Jefatural N° 160-2022-INIA, y Resolución Jefatural N° 046-2023-INIA, y Resolución Jefatural N° 0183-2023-INIA y Resolución Jefatural N° 0147-2024-INIA quedando constituido con un total de seiscientos ochenta y seis (686) bienes y/o servicios no exclusivos; Que, mediante Memorando N° 001795-2024-MIDAGRI- INIA-GG/OPP, de fecha 30 de diciembre de 2024, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) remite el Informe N° 00164-2024-MIDAGRI-INIA-GG/OPP-UPR elaborado por la Unidad de Planeamiento y Racionalización (UPR) que sustenta la sexta actualización del TUSNE del INIA, re fi riendo, entre otros, lo siguiente: “(…) La sexta actualización del TUSNE del INIA atiende a los siguientes requerimientos: (i) Se tiene la Inclusión de seis (06) bienes en materia de semillas de arroz, haba y quinua y la inclusión de tres (03) plantones por parte de las EEAs Chumbibamba, Pucallpa y Vista Florida haciendo un total general de nueve (09) bienes y servicios no exclusivos incluidos en el Texto Único de Servicios no Exclusivos – TUSNE. (ii) La actualización por el cambio del nombre de dos (02) semillas de maíz amarillo duro y una (01) semilla de trigo solicitado por las EEAs Vista Florida y Chumbibamba y por la modi fi cación de los costos de treinta (30) bienes de plantones forestales de alto valor económico por parte de la EEA Pucallpa , haciendo un total de treinta y tres (33) bienes actualizados enmarcadas en las razones expuestas en la parte analítica del presente Informe (iii) La inclusión de diez (10) servicios de Laboratorio de suelos, agua, abonos y foliares de parte de la EEA Chincha contando con modernos laboratorios y procedimientos actualizados y la inclusión de tres (03) servicios de Laboratorio de semillas por parte de la DDTA .También la DRGB solicitó la inclusión de un (01) servicio biotecnológico del Genotipado de las proteínas lácteas. (iv) También se retira un (01) semilla de quinua variedad Hualhuas – categoría autorizada de parte de la EEA Chumbibamba y dos (02) servicios biotecnológicos por la DRGB, donde estos servicios son genotipado de proteínas lácteas: beta lactoglobulina y el genotipado de proteínas lácteas: kappa – caseína. (…)”; Que, asimismo, la UPR-OPP re fi ere que la modi fi cación del TUSNE del INIA responde a lo dispuesto en el numeral 43.4 del artículo 43 del TUO de la Ley N° 27444; y que, la misma se ha elaborado conforme a las normas sobre la materia, y en coordinación con las unidades de organización involucradas de la Entidad; Que, con Informe N° 00039-2025-MIDAGRI-INIA-GG/ OAJ, de fecha 20 de enero de 2025, la O fi cina de Asesoría Jurídica señala que lo solicitado y sustentado por la UPR – OPP es viable, considerando que existe la necesidad de efectuar una nueva modi fi cación al TUSNE del INIA, por lo que, recomienda continuar con el trámite de aprobación mediante Resolución Jefatural, en el marco de lo señalado en el numeral 7.1 del artículo 7 del TUO de la Ley; Con los vistos de la Gerencia General, la Dirección de Desarrollo Tecnológico Agrario, la Dirección de Recursos Genéticos y Biotecnología, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la O fi cina de Administración, la O fi cina de Asesoría Jurídica y la Unidad de Planeamiento y Racionalización; De conformidad con lo señalado en el TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Supremo N° 014-2024-MIDAGRI que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del INIA; y, la Resolución Jefatural N° 234-2024-INIA que aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del INIA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la sexta modi fi cación del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE del Instituto