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26 NORMAS LEGALES Martes 28 de enero de 2025 El Peruano / UNDC/CO/VPAC/DISEE/GRLV de fecha 19 de diciembre de 2024 emitido por la Dirección de Servicios Educativos de Extensión; y, CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 18º establece que: Cada Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, y el artículo 8º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece que la referida autonomía inherente a las Universidades, se ejerce de conformidad con la Constitución y las Leyes de la República e implica las organizaciones de su sistema académico, económico y administrativo, así como la administración de sus bienes y rentas, elaborar su presupuesto y aplicar sus fondos con la responsabilidad que impone la Ley; Que, de conformidad con la Ley Nº 29488 de fecha 22/12/2009, se creó la Universidad Nacional de Cañete, la misma que fue modi fi cado por la Ley Nº 30515, cuyo artículo 1º dispone: “créase la Universidad Nacional de Cañete con domicilio en la Provincia de Cañete, Departamento de Lima”. Asimismo, a través de la Resolución del Consejo Directivo Nº 116-2018-SUNEDU/CD, el Concejo Directivo de la SUNEDU, le otorgó la Licencia Institucional a la Universidad Nacional de Cañete; Que, mediante Resolución Viceministerial N.º 055-2024-MINEDU de 27 de mayo de 2024, se designó a partir del 31 de mayo de 2024, a las señoras Marcia Adriana Iberico Diaz y Janett Karina Vásquez Pérez, en los cargos de Vicepresidenta Académica y Vicepresidenta de Investigación respectivamente; quedando conformada la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete, de la siguiente manera: Dr. Arnulfo Ortega Mallqui, como Presidente de la Comisión Organizadora; Dra. Marcia Adriana Iberico Diaz, como Vicepresidenta Académica; Dra. Janett Karina Vásquez Pérez, como Vicepresidenta de Investigación; Que, el artículo 58º de la Ley Universitaria, Ley Nº 30220, concordado con el artículo 25º del Estatuto de la Universidad Nacional de Cañete, aprobado con Resolución de Comisión Organizadora Nº 143-2022-CO/UNDC y su modi fi catoria, establecen que el Consejo Universitario es el máximo órgano de gestión, dirección y ejecución académica y administrativa de la universidad. En el caso de la Universidad Nacional de Cañete, dada su condición y naturaleza, corresponde ejercer dicha atribución a la Comisión Organizadora quien hace las veces de Consejo Universitario, disposición relacionada con la Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU y sus modi fi catorias; Que, el numeral 43.4 del Artículo 43º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General cuyo Texto Único Ordenado se aprobó mediante el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que “Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el Artículo 60º de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal(…)”; Que, con Resolución de Comisión Organizadora Nº 270-2023-UNDC/CO de fecha 30 de octubre del 2023, se resolvió aprobar el Texto Único de Servicios no Exclusivos – TUSNE de la Universidad Nacional de Cañete; Que, el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE), es el documento de gestión que brinda información a la ciudadanía sobre servicios “no prestados en exclusividad”, que pueden ser entregados por otras instituciones públicas, siempre que no pertenezcan a sus funciones exclusivas, para satisfacer una demanda; Que, con INFORME Nº 143-2024-UNDC/CO/VPAC/ DISEE/GRLV de fecha 19 de diciembre de 2024, la Dirección de Servicios Educativos de Extensión solicita a la Vicepresidencia Académica, la incorporación y actualización de los costos de los diferentes servicios que vienen ofreciendo el Centro Preuniversitario y Centro de Idiomas en el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Universidad Nacional de Cañete, de acuerdo al siguiente detalle: CENTRO DE IDIOMAS REQUISITOS TARIFA Matrícula - Centro de Idiomas Matrícula nivel básico, intermedio y avanzado(REGULAR e INTENSIVO) Reglamento del Centro de Idiomas de la UNDC.Para docentes y personal administrativo UNDC. Egresados UNDC.Público en generalPor Convenio con Instituciones Públicas.50.00 50.0050.0050.00 Por Convenio con Instituciones Privadas. 50.00 Para alumnos diferentes carreras pregrado UNDC 1/4 beca. 37.50 Para alumnos diferentes carreras pregrado UNDC 1/2 beca. 25.00 Mensualidad - Centro de Idiomas Mensualidad nivel básico, intermedio y avanzado (REGULAR).8 meses - 192 horas (24 horas mensual) Para docentes y personal administrativo UNDC. 160.00 Egresados UNDC. 160.00 Público en general 200.00 Por Convenio con Instituciones Públicas. 120.00 Por Convenio con Instituciones Privadas. 150.00 Para alumnos diferentes carreras pregrado UNDC 1/4 beca. 150.00 Reglamento del Para alumnos diferentes carreras pregrado UNDC 1/2 beca. 100.00 Centro de Idiomas de la UNDC. Mensualidad nivel básico, intermedio y avanzado (INTENSIVO). 4 meses - 192 horas (48 horas mensual)Para docentes y personal administrativo UNDC. 320.00 Egresados UNDC. 320.00 Público en general 400.00 Por Convenio con Instituciones Públicas. 240.00