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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ENERO DEL AÑO 2025 (29/01/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de enero de 2025 El Peruano / el suministro público de electricidad está a cargo de la CONCESIONARIA, responsable de su operación, mantenimiento y comercialización, lo cual motivó, en su oportunidad, que la DGER realice las coordinaciones con la CONCESIONARIA durante la implementación de los proyectos, hasta la suscripción de las Actas de Conformidad de Operación Experimental correspondientes. Asimismo, es de interés del Ministerio de Energía y Minas, la DGER, la CONCESIONARIA y usuarios en general, que se emita la Resolución Ministerial que formaliza la transferencia de los cuatro (4) proyectos referidos, a favor de la empresa, los cuales fueron entregados por la DGER y vienen siendo operados por la CONCESIONARIA, desde la suscripción de las respectivas Actas de Conformidad de Operación Experimental; Que, de acuerdo al Informe N° 449-2024-MINEM/ DGER-JAL, la Jefatura de Asesoría Legal de la DGER, concluye que, corresponde declarar procedente la transferencia de los bienes fi nanciados por la DGER, respecto de los cuatro (4) proyectos de electri fi cación rural, el cual se realizará a título gratuito a favor de la CONCESIONARIA, por un monto total de S/ 15 277 262,26 (Quince millones doscientos setenta y siete mil doscientos sesenta y dos con 26/100 Soles); Que, mediante Informe Nº 21-2025-MINEM/OGAJ, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, señala que la DGER ha evaluado legalmente la viabilidad de la transferencia de los PROYECTOS a favor de la CONCESIONARIA, habiendo seguido el trámite correspondiente de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente en el presente caso, es decir, la Ley N° 28749, LGER y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM, concordado con los artículos 40 y 41 del Reglamento vigente, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2020-EM, únicamente en el extremo referido a la emisión de la respectiva Resolución Ministerial, y considerando lo expuesto por la Jefatura de Energías Renovables y la Jefatura de Asesoría Legal de la DGER, resulta legalmente viable emitir el acto resolutivo mediante el cual se formalice la transferencia de los cuatro (04) PROYECTOS SER a favor de la CONCESIONARIA, los cuales se encuentran detallados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial; De conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; la Ley N° 28749, Ley General de Electri fi cación Rural; el Decreto Supremo Nº 025-2007-EM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28749, Ley General de Electri fi cación Rural; el Decreto Supremo Nº 018-2020- EM, que aprueba el Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural; y, el Decreto Supremo N° 031- 2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; SE RESUELVE: Artículo 1.- Formalizar la transferencia a título gratuito de los bienes que conforman los cuatro (04) proyectos señalados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad de Puno S.A.A.- Electro Puno S.A.A., de conformidad con las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Poner en conocimiento de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad de Puno S.A.A.- Electro Puno S.A.A. y del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, lo dispuesto en el artículo primero de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS MONTERO CORNEJO Ministro de Energía y Minas 2366071-1Encargan a Proinversión los procesos de promoción de la inversión privada de diversos Proyectos Vinculantes del Plan de Transmisión 2025-2034 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 028-2025- MINEM/DM Lima, 28 de enero de 2025 VISTOS: El Informe Nº 026-2025-MINEM/DGE de la Dirección General de Electricidad; el Memorando Nº 00044-2025/MINEM-VME del Despacho Viceministerial de Electricidad; el Informe Nº 0046-2025-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y el artículo 2 de la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo E fi ciente de la Generación Eléctrica (en adelante, Ley Nº 28832), el Servicio Público de Electricidad es de utilidad pública, por lo que es de interés público y responsabilidad del Estado asegurar el abastecimiento oportuno y e fi ciente del suministro eléctrico para el Servicio Público de Electricidad; Que, el numeral 21.2 del artículo 21 de la Ley Nº 28832, establece que el Ministerio de Energía y Minas (en adelante, MINEM) aprueba el Plan de Transmisión, con la opinión previa del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería; asimismo, establece que el Plan de Transmisión tiene carácter vinculante para las decisiones de inversión que se adopten durante su vigencia; Que, el numeral 22.1 del artículo 22 de la Ley Nº 28832, establece que el Sistema Garantizado de Transmisión está conformado por las instalaciones del Plan de Transmisión cuya concesión y construcción sean resultado de un proceso de licitación pública; asimismo, el literal b) del numeral 22.2 del referido artículo 22 establece que: “(…) El Ministerio podrá conducir directamente o encargar a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (Proinversión) los procesos de licitación necesarios para implementar el Plan de Transmisión. Si son encargados, estos procesos de licitación se realizarán al amparo de las normas y procedimientos con que cuenta Proinversión para estos efectos (…)” ; Que, por su parte, el numeral 8.5 del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, prevé la posibilidad de que la entidad pública titular del proyecto pueda encargar a Proinversión los procesos de promoción de la inversión privada de los proyectos que tiene asignados, con la fi nalidad que asuma el rol de Organismo Promotor de la Inversión Privada (OPIP), acorde a lo establecido en el numeral 15.1 del artículo 15 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1362, aprobado por el Decreto Supremo Nº 240-2018-EF; Que, en cumplimiento de las normas aplicables para la elaboración y aprobación del Plan de Transmisión, el MINEM mediante Resolución Ministerial Nº 483-2024-MINEM/DM publicada el 30 de diciembre de 2024, aprobó el Plan de Transmisión 2025-2034, vigente a partir del 01 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2026, el cual incluye diecinueve (19) Proyectos Vinculantes; Que, a través de la mencionada Resolución Ministerial Nº 483-2024-MINEM/DM, se cali fi caron como Refuerzos a los Proyectos Vinculantes Nros. 4, 5 y 6, en virtud de lo establecido en el numeral 26 del artículo 1 de la Ley Nº 28832 y el artículo 5 del Reglamento de Transmisión, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 027-2007-EM y modi fi catorias, cuyos montos fueron actualizados a través del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 144-2024-MINEM/DM; proyectos que se encuentran actualmente inmersos en el procedimiento especí fi co regulado en el artículo 7 del mencionado Reglamento de Transmisión;