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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ENERO DEL AÑO 2025 (29/01/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de enero de 2025 El Peruano / CRISTOPHER SAGRED CASTRO CASTRO y del Subo fi cial de Primera de la Policía Nacional del Perú JOEL LEONARDO SOSA FIESTAS, del 03 de febrero al 01 de marzo de 2025, a la ciudad de Montevideo de la República Oriental del Uruguay, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), del personal policial mencionado en el artículo precendente, son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe Personas Total Pasajes aéreos US$ 1 741,00 2 US$ 3 482,00 Artículo 3.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza, presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ SANTIVÁÑEZ ANTÚNEZ Ministro del Interior 2366216-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Designan asesora de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Centros Juveniles RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 20-2025-JUS/ PRONACEJ Lima, 28 de enero de 2025 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de asesor de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Centros Juveniles; por lo que, resulta necesario designar a la persona que asuma tal cargo; Con los vistos de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos y la Unidad de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N.º 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Centros Juveniles, aprobado por Resolución Ministerial N.º 0247-2021-JUS; y, la Resolución Ministerial N.º 0370-2023-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la señora Alessandra Fiorela Rebeca Cruz Rojas en el cargo de con fi anza de asesora de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Centros Juveniles. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal institucional del Programa Nacional de Centros Juveniles (www.pronacej.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO NIVARDO NAQUIRA CORNEJO Director Ejecutivo Programa Nacional de Centros Juveniles 2366303-1MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Aprueban el “Padrón Nominal de Mujeres Emprendedoras y Empresarias” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 018-2025- MIMP Lima, 28 de enero de 2025 Vistos, el Memorándum N° D001628-2024-MIMP- OGTI y el Informe N° D000052-2024-MIMP-OGTI-JPCP de la O fi cina General de Tecnologías de la Información; el Informe N° D000024-2024-MIMP-OMEP-JPMA de la O fi cina de Monitoreo y Evaluación de Políticas; el Memorándum N° D000521-2024-MIMP-OGMEPGD de la O fi cina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada; la Nota N° D000062-2025- MIMP-DVMM del Despacho Viceministerial de la Mujer; los Informes N° D000004-2025-MIMP-DGPDAEM- IYZB y N° D000005-2025-MIMP-DGPDAEM-IYZB, el Memorándum N° D000035-2025-MIMP-DGPDAEM y la Nota N° D000034-2025-MIMP-DGPDAEM de la Dirección General de Promoción y Desarrollo de la Autonomía Económica de las Mujeres; el Informe N° D000009-2025- MIMP-OP de la O fi cina de Planeamiento; el Memorándum N° D000068-2025-MIMP-OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000043-2025-MIMP-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO:Que, el artículo 1 de la Constitución Política del Perú establece que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fi n supremo de la sociedad y el Estado; y, el numeral 2 del artículo 2, consagra el derecho de toda persona a la igualdad ante la ley, y a que nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier índole. Asimismo, el artículo 59, dispone que el Estado brinda oportunidades de superación a los sectores que sufren cualquier desigualdad; en tal sentido, promueve las pequeñas empresas en todas sus modalidades; Que, los artículos 4 y 6 de la Ley N° 28983, Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, establecen que es rol del Estado, para los efectos de dicha Ley, promover y garantizar la igualdad entre mujeres y hombres, adoptando todas las medidas necesarias que permitan remover los obstáculos que impiden el ejercicio pleno de dicho derecho, con el fi n de erradicar todas las formas de discriminación; precisando que el Poder Ejecutivo, gobiernos regionales y gobiernos locales, en todos los sectores, adoptan políticas, planes y programas, integrando los principios de la citada Ley, de manera transversal; debiendo considerar como lineamientos, entre otros, promover y garantizar la participación plena y efectiva de las mujeres y hombres en la consolidación del sistema democrático; Que, de acuerdo con los artículos 2 y 3 del Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, este Ministerio es un organismo del Poder Ejecutivo, rector en las políticas nacionales y sectoriales sobre mujer y promoción y protección de las poblaciones vulnerables; que diseña, establece, promueve, ejecuta y supervisa políticas públicas a favor de las mujeres y de las poblaciones vulnerables consideradas como grupos de personas que sufren discriminación o situaciones de desprotección: niños, niñas, adolescentes, adultos mayores, personas con discapacidad, desplazados y migrantes internos, con el objeto de garantizar sus derechos, con visión intersectorial; Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2019-MIMP, se aprueba la Política Nacional de Igualdad de Género, la cual identi fi ca como problema público la discriminación