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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ENERO DEL AÑO 2025 (29/01/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 24

24 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de enero de 2025 El Peruano / Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 020-2025- MIMP Lima, 28 de enero de 2025VISTOS, el O fi cio Nº 001288-2024-INABIF/DE de la Dirección Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF; el Informe Nº D000042-2025-MIMP-OPTP de la O fi cina de Procesos Técnicos de Personal; la Nota Nº D000031-2025-MIMP-OGRH de la O fi cina General de Recursos Humanos; la Nota Nº D000029-2025-MIMP-OMI de la O fi cina de Modernización Institucional; el Memorándum Nº D000074-2025- MIMP-OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº D000052-MIMP-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 4 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, dispone que el sistema administrativo de gestión de recursos humanos establece, desarrolla y ejecuta la política de Estado respecto del Servicio Civil, a través del conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizadas por las entidades públicas en la gestión de los recursos humanos; Que, asimismo, el artículo 5 de la citada Ley señala que la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) formula la política nacional del Servicio Civil, ejerce la rectoría del sistema y resuelve las controversias de conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1023, Decreto Legislativo que crea la referida Autoridad Nacional, rectora del sistema administrativo de gestión de recursos humanos; Que, el artículo 3 del Reglamento General de la Ley Nº 30057, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014- PCM, señala que el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos está conformado por siete (7) subsistemas, de los cuales, el Subsistema de organización del trabajo y su distribución de fi ne las características y condiciones de ejercicio de las funciones, así como los requisitos de idoneidad de las personas llamadas a desempeñarlas. Los procesos que se consideran dentro de este subsistema son: a) Diseño de los puestos y b) Administración de puestos; Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PE se formaliza la aprobación de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, en adelante la Directiva, que tiene por objetivo establecer y precisar normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria que las entidades públicas deben seguir para la administración de cargos y posiciones; Que, en el literal b) del sub numeral 5.1 del numeral 5 de la Directiva se señala que el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) es el documento de gestión de carácter temporal que contiene los cargos de fi nidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones (ROF) o Manual de Operaciones (MOP), según corresponda, cuya fi nalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de tránsito al régimen previsto en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, y en tanto se reemplace junto con el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) por el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE); Que, asimismo, los sub numerales 5.2.3. y 5.2.4. del numeral 5 de la Directiva establecen como responsabilidad de la O fi cina de Recursos Humanos o la que haga sus veces la elaboración de la propuesta de CAP Provisional, así como del informe técnico sustentatorio; y de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces emitir opinión sobre las propuestas del Cuadro para Asignación de Personal Provisional en lo referido al alineamiento de cargos con los órganos y las unidades orgánicas del ROF o MOP vigente, según corresponda; Que, por otro lado, de acuerdo al numeral 6.3.1.8. de la Directiva, la aprobación del CAP Provisional de los Programas se realiza por Resolución Ministerial del sector correspondiente; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, se regula la naturaleza jurídica, competencias, funciones, rectorías, estructura orgánica básica y relaciones con otras entidades del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, con Resolución Ministerial Nº 134-2015-MIMP se aprueba el CAP Provisional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 318-2023- MIMP/OGRH, se aprueba el Compendio del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el mismo que recoge los reordenamientos de cargos realizados mediante Resolución Ministerial Nº 008-2016-MIMP, Resolución Ministerial Nº 300-2017-MIMP, Resolución Ministerial Nº 157-2018-MIMP, Resolución Ministerial Nº 075-2019-MIMP, Resolución Ministerial Nº 227-2020-MIMP y Resolución Ministerial Nº 091-2021-MIMP; Que, por Decreto Supremo Nº 010-2023-PCM se aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (ROF del MIMP); Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 342- 2023-MIMP, modi fi cada por Resolución Ministerial Nº 294-2024-MIMP, se aprueba la Sección Segunda del ROF del MIMP; y, a través de la Resolución Ministerial Nº 306-2024-MIMP se aprueba el Texto Integrado del ROF del MIMP; Que, el artículo 129 del Texto Integrado del ROF del MIMP señala que el Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF es un programa nacional del MIMP que depende del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables; Que, con Resolución Ministerial Nº 213-2024- MIMP y Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 000099-2024-INABIF/DE se aprueba el Manual de Operaciones y el Manual de Clasi fi cador de Cargos del INABIF, respectivamente; Que, mediante O fi cio Nº 001288-2024-INABIF/DE, complementado con O fi cio Nº 000319-2024-INABIF/ URH de la Unidad de Recursos Humanos, la Dirección Ejecutiva del INABIF, en cumplimiento de lo establecido en el numeral 6.3.1.1 de la Directiva, remite a la Presidencia Ejecutiva de SERVIR la propuesta de CAP Provisional del INABIF para la opinión favorable por parte del citado Organismo Público; Que, a través O fi cio Nº 000062-2025-SERVIR-PE, la Presidencia Ejecutiva del Consejo Directivo de SERVIR remite a la Secretaría General del MIMP, el Informe Técnico Nº 000378-2024-SERVIR-GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de SERVIR, el cual señala, entre otros aspectos, que la propuesta del CAP Provisional del INABIF ha seguido los lineamientos establecidos en la Directiva, por lo que otorga la opinión técnica favorable para su aprobación mediante el dispositivo legal correspondiente, debiendo respetar el contenido de la propuesta que ha sido objeto de revisión, en virtud de lo previsto en el numeral 6.3.1.8 de la Directiva; Que, la O fi cina General de Recursos Humanos, a través del Informe Nº D000042-2025-MIMP-OPTP de la O fi cina de Procesos Técnicos de Personal, señala que, en atención a la opinión técnica favorable emitida por SERVIR, a través del Informe Técnico Nº 000378-2024-SERVIR-GDSRH, considera viable la aprobación del CAP Provisional del INABIF mediante Resolución Ministerial; Que, mediante Informe Nº D000052-2025-MIMP- OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, sobre la base del marco normativo expuesto y lo sustentado por los órganos competentes del INABIF, emite opinión favorable para continuar con el trámite de emisión de la presente Resolución Ministerial;