TEXTO PAGINA: 20
20 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de enero de 2025 El Peruano / INTERIOR Autorizan viaje de personal policial a Uruguay, en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0093-2025-IN Lima, 28 de enero de 2025 VISTOS, el OFICIO Nº 103-2025-COMOPPOL/ DIRASINT-DIVABI de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú; y el Informe Nº 000198-2025-IN-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta S/N, de fecha 28 de noviembre de 2024, la Jefatura de la Unidad Táctica de Negociaciones de la Dirección Grupo Especial de Operaciones de la Policía Nacional de Uruguay se dirige a la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú con el propósito de presentar invitación al personal policial para que participe en el “Diplomado Internacional para Negociadores en Situaciones de Crisis” a realizarse del 03 al 28 de febrero de 2025, en la ciudad de Montevideo de la República Oriental del Uruguay; Que, con Informe Nº 002-2025-DIROPESP-PNP- DIVTAURB-SUAT, la División Táctica Urbana de la Dirección de Operaciones Especiales de la Policía Nacional del Perú sustenta la importancia y viabilidad de la participación del Capitán de la Policía Nacional del Perú CRISTOPHER SAGRED CASTRO CASTRO y del Subo fi cial de Primera de la Policía Nacional del Perú JOEL LEONARDO SOSA FIESTAS en el evento mencionado precedentemente; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 23-2025-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú estima conveniente se prosiga con el trámite de expedición de la Resolución Ministerial que autorice el viaje al exterior, en misión de estudios, del Capitán de la Policía Nacional del Perú CRISTOPHER SAGRED CASTRO CASTRO y del Subo fi cial de Primera de la Policía Nacional del Perú JOEL LEONARDO SOSA FIESTAS, del 03 de febrero al 01 de marzo de 2025, a la ciudad de Montevideo de la República Oriental del Uruguay, a fi n de que participen en el “Diplomado Internacional para Negociadores en Situaciones de Crisis” a realizarse del 03 al 28 de febrero de 2025, en la ciudad de Montevideo de la República Oriental del Uruguay; precisando que la participación del personal policial resulta importante para la Policía Nacional del Perú, por cuanto, permitirá desarrollar habilidades y competencias para el desempeño profesional de los responsables en la negociación, proporcionando los conocimientos teóricos- prácticos, necesarios para conducir los procesos de manejo de situaciones de crisis en su institución, además, facilitar el intercambio cultural de conceptos profesionales referidos a resolución de situaciones de crisis, así como el relacionamiento de sus homólogos; y, al retornar serán de efecto multiplicador en la Policía Nacional del Perú; Que, la participación del mencionado personal policial en el evento antes indicado, se encuentra en el ámbito de las competencias de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nota Nº 0000000149; y, los gastos por concepto de alojamiento, alimentación y transporte interno serán asumidos por la policía nacional de Uruguay, conforme se precisa en la Carta S/N de fecha 28 de noviembre de 2024, el Informe Nº 002-2025-DIROPESP-PNP-DIVTAURB-SUAT y la Hoja de Estudio y Opinión Nº 23-2025-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI; Que, conforme al artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, “El personal policial tiene los siguientes derechos: (…) 3) Formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente. (…)” ; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter o fi cial comprenden las modalidades siguientes: Misión de estudios (…)”; Que, el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN, en su artículo 1, dispone “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG (…)” ; Que, la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, en su artículo 10 establece que “10.1. Durante el Año Fiscal 2025, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)”. Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)” ; Que, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, en su artículo 1, establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y el presente Reglamento” ; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano (…)” ; Que, a través del informe de Vistos, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable tramitar el proyecto de Resolución Ministerial que autorice el viaje al exterior, en misión de estudios, del Capitán de la Policía Nacional del Perú CRISTOPHER SAGRED CASTRO CASTRO y del Subo fi cial de Primera de la Policía Nacional del Perú JOEL LEONARDO SOSA FIESTAS, del 03 de febrero al 01 de marzo de 2025, a la ciudad de Montevideo de la República Oriental del Uruguay; Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante el cual se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Capitán de la Policía Nacional del Perú