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38 NORMAS LEGALES Domingo 9 de febrero de 2025 El Peruano / Que, a través del Informe N° 000126-2025-SUCAMEC- ORH, la O fi cina de Recursos Humanos concluyó que, evaluada la propuesta del Despacho de la Superintendencia Nacional; el señor Slauko Sergio Dadic Chanduvi, cumple con el per fi l y los requisitos requeridos para el puesto de Ejecutivo de la Jefatura Zonal Ancash de la SUCAMEC, de conformidad con lo establecido en el Manual de Per fi les de Puesto de la entidad, aprobado por Resolución de Gerencia General N° 00006-2025-SUCAMEC-GG, y con los requisitos establecidos en el artículo 14.4 y 15.2 del Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones; Que, a través del Informe N° 00127-2025-SUCAMEC- ORH, la O fi cina de Recursos Humanos concluyó que, evaluada la propuesta del Despacho de la Superintendencia Nacional; el señor Henry Oré Ortiz cumple con el per fi l y los requisitos requeridos para el puesto de Ejecutivo de la Jefatura Zonal Ucayali de la SUCAMEC, de conformidad con lo establecido en el Manual de Per fi les de Puesto de la entidad, aprobado por Resolución de Gerencia General N° 00006-2025-SUCAMEC-GG, y con los requisitos establecidos en el artículo 14.4 y 15.2 del Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones; Que, a través del Informe N° 00128-2025-SUCAMEC- ORH, la O fi cina de Recursos Humanos concluyó que, evaluada la propuesta del Despacho de la Superintendencia Nacional; el señor Raúl Ernesto Artica Sotomayor, cumple con el per fi l y los requisitos requeridos para el puesto de Ejecutivo de la Jefatura Zonal La Libertad de la SUCAMEC, de conformidad con lo establecido en el Manual de Per fi les de Puesto de la entidad, aprobado por Resolución de Gerencia General N° 00006-2025-SUCAMEC-GG, y con los requisitos establecidos en el artículo 14.4 y 15.2 del Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones; Que, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; y, en uso de las facultades conferidas en el Decreto Legislativo N° 1127, Decreto Legislativo que crea la SUCAMEC, y en el Decreto Supremo N° 007-2024-IN y en la Resolución de Superintendencia N° 05463-2024-SUCAMEC que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la SUCAMEC, y; Que, con el visado de la Gerenta General, de la Jefa de la O fi cina de Recursos Humanos y del Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor Max Aníbal Miranda Delgado, en el puesto de con fi anza de Ejecutivo de la Jefatura Zonal Arequipa de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC. Artículo 2.- Designar al señor Slauko Sergio Dadic Chanduvi, en el puesto de con fi anza de Ejecutivo de la Jefatura Zonal Ancash de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC. Artículo 3.- Designar al señor Henry Oré Ortiz, en el en el puesto de con fi anza de Ejecutivo de la Jefatura Zonal Ucayali de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC. Artículo 4.- Designar al señor Raúl Ernesto Artica Sotomayor, en el puesto de con fi anza de Ejecutivo de la Jefatura Zonal La Libertad de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC. Artículo 5.- Notifi car la presente resolución al señor Max Aníbal Miranda Delgado, al señor Slauko Sergio Dadic Chanduvi, al señor Henry Oré Ortiz, al señor Raúl Ernesto Artica Sotomayor, a la O fi cina de Recursos Humanos y hacer de conocimiento a todas las unidades de organización de la entidad. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano” y en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC (www.gob.pe/sucamec). Regístrese, comuníquese y publíquese. TEOFILO MARIÑO CAHUANA Superintendente Nacional 2369827-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Disponen que liquidaciones para reconocimiento y pago de la Bonificación Especial - BONESP por desempeño del cargo del 30% y 35% a favor del personal administrativo del Sector Educación, sujeto al régimen laboral del D. Leg. N° 276, debe otorgarse en base a la remuneración total del servidor CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL Nº 026-2024-CR/GOB.REG.T ACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha diez de diciembre de dos mil veinticuatro, en Sesión Extraordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 191 establece: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (…)”. Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 15 preceptúa: “Son atribuciones del Consejo Regional: a. Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (…)”. Asimismo, en su artículo 38 dispone: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. (…)”. Que, mediante Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, en su artículo 53 señala: “La boni fi cación diferencial tiene por objeto: a) Compensar a un servidor de carrera por el desempeño de un cargo que implique responsabilidad directiva; y, b) Compensar condiciones de trabajo excepcionales respecto del servicio común. (…)”.