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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE FEBRERO DEL AÑO 2025 (09/02/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 24

24 NORMAS LEGALES Domingo 9 de febrero de 2025 El Peruano / como, en las aguas continentales. El ámbito de acción del IMARPE es el dominio marítimo y las aguas continentales nacionales, así como la alta mar, el ecosistema antártico y todo ámbito acuático donde existan intereses del Perú, incluyendo los fondos marinos, de conformidad con el derecho internacional; Que, mediante O fi cio N° 008-2025-IMARPE/GG, el IMARPE remite, entre otros, la solicitud de autorización de viaje en comisión de servicios de la señora JIMENA MERCEDES MENDOZA SAMAME, servidora del IMARPE, para que participe en la citada reunión anual, la cual irroga gastos; Que, la solicitud señalada en el considerando precedente se encuentra técnica, presupuestal y legalmente sustentada en el Memorándum N° 118-2025-IMARPE/ DGIRP, el Memorándum N° 117-2025-IMARPE/AFRH, el Memorándum N° 062-2025-IMARPE/OGPP, el Memorándum N° 072-2025-IMARPE/AFC, el Memorándum N° 0191-2025-IMARPE/AFLEI; y, el Informe N° 027-2025-IMARPE/OGAJ; emitidos por la Dirección General de Investigaciones de Recursos Pelágicos, el Área Funcional de Recursos Humanos, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Área Funcional de Contabilidad, Área Funcional de Logística e Infraestructura y la O fi cina General de Asesoría Jurídica, todos del IMARPE; Que, de conformidad con el Informe Técnico Sustentatorio remitido mediante Memorándum N° 118-2025-IMARPE/DGIRP de la Dirección General de Investigaciones de Recursos Pelágicos, la participación de la citada servidora del IMARPE, consiste en realizar una asesoría cientí fi ca reforzada al Ministerio de la Producción para la toma de decisiones a nivel nacional, para el posicionamiento de Perú, sobre el ordenamiento de los recursos jurel, calamar gigante y especies de aguas profundas, entre otros, y para el manejo sostenible de pesquerías que son de gran importancia para el país; Que, mediante el Memorando N° 00000217-2025-PRODUCE/DVPA, el Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura remite la solicitud de autorización de viaje presentada por el IMARPE para su trámite correspondiente; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, señala que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se autorizan conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores públicos y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley N° 27619 tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público; Que, los artículos 2 y 3 de la Ley N° 27619, disponen que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deben sustentar en el interés nacional o institucional, y que deben publicarse en el diario o fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002- PCM, Aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, señala que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado y que irrogue algún gasto al Tesoro Público, se otorgará de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N° 27619 y conforme a las disposiciones contenidas en su Reglamento; asimismo, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y su Reglamento; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM dispone que la Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa CORPAC (tarifa única de uso de aeropuerto - TUUA); sin perjuicio de ello, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 031-2020-PRODUCE se aprueba la Directiva General N° 001-2020-PRODUCE-DM denominada “Lineamientos para la autorización de viajes al exterior en el Ministerio de la Producción”, la cual regula el procedimiento a seguir en el Ministerio de la Producción, para la autorización de viajes al exterior del territorio nacional de los funcionarios y servidores de los órganos, unidades orgánicas, programas, y de los organismos adscritos, en comisión de servicios, por capacitación o representación del Sector Producción; Que, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos precedentes, resulta de interés institucional autorizar el viaje en comisión de servicios de la señora JIMENA MERCEDES MENDOZA SAMAME, servidora del IMARPE, del 10 al 22 de febrero de 2025, para que participe de la citada reunión; además, la referida autorización de viaje al exterior cumple con las disposiciones establecidas en la Directiva General N° 001-2020-PRODUCE-DM; Que, los gastos por concepto de pasajes y viáticos que se deriven durante la “13° Reunión Anual de la Comisión y las reuniones de sus órganos subsidiarios” de la Organización Regional de Ordenamiento Pesquero del Pací fi co Sur (OROP-PS) serán asumidos con cargo al Presupuesto Institucional del IMARPE; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura; y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y la Resolución Ministerial N° 031-2020-PRODUCE, que aprueba la Directiva General N° 001-2020-PRODUCE-DM denominada “Lineamientos para la autorización de viajes al exterior en el Ministerio de la Producción”; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de la señora JIMENA MERCEDES MENDOZA SAMAME, servidora del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, del 10 al 22 de febrero de 2025 para que participe en la “13° Reunión Anual de la Comisión y las reuniones de sus órganos subsidiarios” de la Organización Regional de Ordenamiento Pesquero del Pací fi co Sur (OROP-PS) que se realizará en la ciudad de Santiago, República de Chile. Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los pasajes aéreos y viáticos que demande el viaje que se autoriza en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial son cubiertos con cargo a los fondos del Presupuesto Institucional 2025 del Pliego 240: Instituto del Mar del Perú, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes aéreos (Incluido TUUA) US$Viáticos por 11 días + 1 de instalación (US$ 370,00 por día) US$ JIMENA MERCEDES MENDOZA SAMAME1,728.00 4,440.00