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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE FEBRERO DEL AÑO 2025 (09/02/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 25

25 NORMAS LEGALES Domingo 9 de febrero de 2025 El Peruano / Artículo 3.- Dentro de los 15 días calendario siguientes de efectuado el viaje, la servidora autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial deben presentar un informe detallado de las acciones realizadas conforme a la Directiva General N° 001-2020-PRODUCE-DM denominada “Lineamientos para la autorización de viajes al exterior en el Ministerio de la Producción”, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 031-2020-PRODUCE. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.SERGIO GONZALEZ GUERRERO Ministro de la Producción 2369839-1 Autorizan viaje del Director General de la Dirección General de Supervisión Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00053-2025- PRODUCE Lima, 8 de febrero de 2025 VISTOS: El OF. RE (DSL) N° 2-12-A/129 de la Dirección General de Soberanía y Asuntos Antárticos del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Informe N° 00000011-2025-PRODUCE/DSE de la Dirección de Seguimiento y Evaluación de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura; el Memorando N° 00000197-2025-PRODUCE/DVPA del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura; el Memorando N° 00000174-2025-PRODUCE/OGRH de la Ofi cina General de Recursos Humanos; el Memorando N° 00000132-2025-PRODUCE/OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 00000007-2025-PRODUCE/OGA de la O fi cina General de Administración y, el Informe N° 00000131-2025-PRODUCE/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, la Convención para la Conservación y Ordenamiento de los Recursos Pesqueros de Alta Mar del Océano Pací fi co Sur es el tratado constitutivo de la Organización Regional de Ordenamiento Pesquero del Pací fi co Sur (OROP-PS), el cual se encuentra comprometido con la conservación a largo plazo y el uso sostenible de los recursos pesqueros del Océano Pací fi co Sur y, de esa manera, con la protección de los ecosistemas marinos en los que se encuentran dichos recursos. Actualmente, la OROP-PS se encuentra conformada por 17 miembros y 2 países que conforman las Partes Cooperantes No Contratantes, siendo el Estado Peruano miembro de dicha organización internacional, con derecho a voz y voto en los procesos de toma de decisión, a partir del año 2016; Que, los miembros de la OROP-PS se reúnen anualmente a través de su Comisión para adoptar decisiones sobre la base de la información, el asesoramiento y recomendaciones de todos sus órganos subsidiarios. Para tal fi n, los miembros de la OROP-PS designan a un representante que podrá estar acompañado por suplentes, expertos y asesores, que participan en los procesos de decisión para garantizar la conservación a largo plazo y el uso sostenible de los recursos pesqueros, en consonancia con los principios y enfoques en materia de conservación y ordenamiento, así como disposiciones contempladas en la Convención de la OROP-PS; Que, con el OF. RE (DSL) N° 2-12-A/129, la Dirección General de Soberanía y Asuntos Antárticos del Ministerio de Relaciones Exteriores traslada la convocatoria del Secretario Ejecutivo de la Organización Regional de Ordenamiento Pesquero del Pací fi co Sur (OROP-PS) al Ministerio de la Producción para que participe entre otros, de la “12° Reunión del Comité Técnico y de Cumplimiento”, que se realizará en la ciudad de Santiago, República de Chile del 11 al 15 de febrero del 2025; Que, mediante el Informe N° 00000011-2025-PRODUCE/DSE de la Dirección de Seguimiento y Evaluación de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, se sustenta la participación del señor DANIEL HUGO COLLACHAGUA PEREZ, Director General de la Dirección General de Supervisión Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, en la “12° Reunión del Comité Técnico y de Cumplimiento”, a realizarse entre los días 11 y 15 de febrero de 2025, en la ciudad de Santiago, República de Chile, en la cual se abordará la evaluación de los posibles incumplimientos de las Medidas de Conservación y Ordenamiento atribuidos a los miembros de la OROP-PS; asimismo, se indica que el Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura confi rma la participación del citado funcionario y que la misma irroga gastos; Que, con el Memorando N° 00000197-2025-PRODUCE/ DVPA, el Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, aprueba continuar con el trámite respectivo para la participación del citado funcionario; Que, mediante el Memorando N° 00000174-2025-PRODUCE/OGRH, la O fi cina General de Recursos Humanos remite el Informe N° 00000015-2025-PRODUCE/STOI de su Secretaría Técnica de los Órganos Instructores, indicando que el señor DANIEL HUGO COLLACHAGUA PEREZ, Director General de la Dirección General de Supervisión Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, no tiene impedimento para viajar al exterior; Que, con el Memorando N° 00000132-2025-PRODUCE/ OGPPM, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyo el Informe N° 00000046-2025-PRODUCE/OCTAI de su O fi cina de Cooperación Técnica y Asuntos Internacionales, a través del cual considera procedente continuar con el trámite correspondiente para que el citado funcionario participe en la “12° Reunión del Comité Técnico y de Cumplimiento” de la OROP-PS, debido a que su intervención se vincula al cumplimiento de la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible, así como a la Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional (PNCTI) al 2030 y otros instrumentos de plani fi cación sectorial; Que, a través del Informe N° 00000007-2025-PRODUCE/ OGA, la O fi cina General de Administración sustenta los costos de los pasajes aéreos internacionales y de viáticos, los mismos que cuentan con las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Nos 1074-2025 y 1092-2025 otorgadas por la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, señala que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se autorizan conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores públicos y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley N° 27619 tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público; Que, los artículos 2 y 3 de la Ley N° 27619, disponen que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deben sustentar en el interés nacional o institucional, y