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209 NORMAS LEGALES Sábado 22 de febrero de 2025 El Peruano / VISTOS: El Informe N° 1472-2024-SGRH-GAF-MPI, Informe N° 429-2024-SGPDO-GPE-MPI, Memorándum N° 241-2024-GPE-MPI, Informe N° 293-2024-GAF-MPI, Informe Legal N° 0028-2025-GAJ-MPI, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por las Leyes de Reforma Constitucional N° 27680, 28607 y 30305, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el Art. ll del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1023, Decreto Legislativo que crea a la autoridad del servicio civil, rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, establece que el referido Sistema Administrativo, desarrolla y ejecuta la política del Estado respecto del servicio civil, a través del conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizados por las entidades públicas en la gestión de recursos humanos; Que, a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE de fecha 16 de noviembre del 2021, la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR formalizó el Acuerdo de Consejo Directivo que aprueba la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH- “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional” con el objetivo de establecer y precisar normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria, que las entidades públicas deben seguir para la administración de cargos y posiciones; Que, estando a lo dispuesto en el literal c) del numeral 5.1 de la Disposición 5 de la Directiva citada en el Considerando que precede, el Manual de Clasi fi cador de Cargos es el documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasi fi cación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad; Que, con relación a la elaboración y aprobación del Manual de Clasi fi cador de Cargos, el numeral 6.1.7 de las Disposiciones Especí fi cas previstas en el artículo 6 de la Directiva señala que “La O fi cina de Recursos Humanos o la que haga las veces debe elevar la propuesta de Manual de Clasi fi cador de Cargos al(la) titular de la entidad, previa opinión favorable de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga las veces, en lo concerniente al ámbito de su competencia. De obtener la validación, el(la) titular de la entidad aprueba el Manual de Clasi fi cador de Cargos y gestiona la publicación de la resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, en el Portal de Transparencia, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad; dependiendo del nivel de gobierno de la entidad”; Que, el articulo IV, literal j) del Título Preliminar del Reglamento de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, establece que, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública. En el caso de los Gobiernos Locales, la máxima autoridad administrativa es el Gerente Municipal;Que, con Informe N° 1472-2024-SGRH-GAF-MPI de fecha 04 de diciembre del 2024, la Sub Gerencia de Recursos Humanos, eleva a la Gerencia de Administración Financiera, la propuesta del Manual de Clasi fi cador de Cargos para su evaluación, precisando que dicha propuesta cumple con lo establecido en el numeral 6.1.1 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional” y demás normas legales vigentes sobre la materia; Que, a través del Informe N° 429-2024-SGPDO- GPE-MPI de fecha 26 de diciembre del 2024, la Sub Gerencia de Planes y Desarrollo Organizacional remite la propuesta a la Gerencia de Planeamiento Estratégico, donde luego de realizar la evaluación respectiva concluye que la propuesta de la versión fi nal del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Municipalidad Provincial de Ilo elaborada por la Sub Gerencia de Recursos Humanos y que ha sido revisada por el equipo del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR se encuentra alineada a la nueva estructura orgánica aprobada en el Reglamento de Organización y Funciones aprobada mediante Ordenanza Municipal N° 794-2024-MPI, recomendando que se traslade el informe y sus antecedentes a través de la Gerencia de Administración Financiera a la Sub Gerencia de Recursos Humanos para la prosecución del trámite correspondiente para su aprobación, y en igual sentido se pronuncia la Gerencia de Planeamiento Estratégico a través del Memorándum N° 241-2024-GPE-MPI dirigido a la Gerencia de Administración Financiera; Que, con Informe N° 293-2024-GAF-MPI de fecha 31 de diciembre del 2024, la Gerencia de Administración Financiera precisa que es necesario contar con un Manual de Clasi fi cador de Cargos - MCC, vigente elaborado en atención a la clasi fi cación dispuesta en la Ley N° 28175- Ley Marco del Empleo Público, para lo cual solicita a la Gerencia de Asesoría Jurídica emita el correspondiente informe legal, para su aprobación mediante acto resolutivo del Manual de Clasi fi cador de Cargos; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Legal N° 0028-2025-GAJ-MPI de fecha 09 de enero del 2025 opina que es factible que, mediante acto resolutivo se apruebe el Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Municipalidad Provincial de Ilo, habiéndose cumplido con las disposiciones contenidas en la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH; por encontrarse dentro del marco legal; Estando a lo expuesto, conforme en el Reglamento de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial de Ilo, aprobado por Ordenanza Municipal N° 794-2024-MPI; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el MANUAL DE CLASIFICADOR DE CARGOS (MCC) DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ILO, conforme a los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente Resolución. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO el Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC), aprobado por Resolución Gerencial Municipal N° 044-2024-GM-MPI de fecha 21 de agosto del 2024. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Recursos Humanos, Gerencia de Planeamiento Estratégico y la Sub Gerencia de Planes y Desarrollo Organizacional, la implementación, seguimiento y aplicación de lo aprobado en el Artículo Primero de la presente Resolución. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”; y a la Sub Gerencia de Informática, la publicación de la Resolución y del Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) en el portal institucional de la Municipalidad Provincial de Ilo (https://www.gob.pe/