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205 NORMAS LEGALES Sábado 22 de febrero de 2025 El Peruano / Constitucional, en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 3.4 del artículo 79 de la Ley Orgánica de Municipalidades señala que son funciones especí fi cas exclusivas de las municipalidades disponer la nomenclatura de avenidas, jirones, calles, pasajes, parques, plazas, y la numeración predial; Que, mediante la Resolución Directoral N° 011-2021-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU se aprueban los Lineamientos para la Nomenclatura Vial y Numeración Municipal, que tiene por fi nalidad establecer un instrumento técnico que permita mejorar la identi fi cación de lugares, ahorrar tiempo, mejorar la productividad y plani fi car la ciudad; utilizando como herramienta técnica principal el Reglamento de la Norma Técnica para Numeración Municipal y Nomenclatura Vial a los Gobiernos Locales a nivel Nacional, mediante la estandarización de procedimientos, que incluye el registro e identi fi cación de predios; Que, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, a través de los Informes N° 002-2024-MPC-GDU-SGPUC-AMAM-HGLC de fecha 05 de febrero de 2024, N° 141-2024/MPC-GDU-SGPUC-AEBC de fecha 01 de octubre de 2024, N° 131-2024-MPC/GDU-SGPUC- CMVA de fecha 03 de octubre de 2024 y N° 808-2024/MPC-GDU-SGPUC de fecha 04 de octubre de 2024, señala que se ha identi fi cado que el Asentamiento Humano Centenario no cuenta con numeración municipal adecuada para los fi nes de ubicación rápida de los predios por parte de propios, visitantes e instituciones públicas y privadas, por lo tanto se han llevado a cabo actividades que han permitido concretar la III Campaña de numeración municipal en dicho Asentamiento Humano; Que, asimismo, se ha identi fi cado que la zona inscrita en la Partida Registral N° P01115110 (matriz) cuenta con una super fi cie aproximada de 13,816.30 m2 y se encuentra conformada por 8 (ocho) manzanas y 130 (ciento treinta) lotes. En ese sentido, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro presenta la propuesta de Ordenanza que aprueba la numeración municipal del Asentamiento Humano Centenario, así como sus planos. Esta iniciativa va a permitir generar un reordenamiento y planeamiento territorial, facilitar la identi fi cación y ubicación de direcciones; Que, mediante Informe N° 321-2024-MPC/OGAJ de fecha 16 de octubre de 2024, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que la propuesta de Ordenanza Municipal cumple con los requisitos contenidos en la Resolución Directoral N° 011-2021-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU, por lo que emite opinión legal favorable; Que, la Comisión de Población y Desarrollo Urbano, a través del Dictamen N° 022-2024-MPC-SR-COPODUN de fecha 12 de noviembre de 2024, recomienda al Concejo Municipal Provincial del Callao se apruebe la propuesta de Ordenanza Municipal en cuestión, disponiendo se eleve al Pleno del Concejo para su pronunciamiento; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 inciso 8), así como en los artículos 39 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N°27972, el Concejo Municipal, por unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA NUMERACIÓN MUNICIPAL DEL ASENTAMIENTO HUMANO CENTENARIO Artículo 1.- APROBAR la Numeración Municipal del Asentamiento Humano Centenario del distrito del Callao, la cual se detalla en los siguientes documentos anexos: • “Plano General de la Numeración Municipal para el Asentamiento Humano Centenario”, con Código de Plano Nº21-2024/MPC-GDU-SGPUC-PR y Número de Lámina 1/1• “Plano de Numeración Municipal Exterior para el Asentamiento Humano Centenario” con escala 1/500, con Código de Plano Nº22-2024/MPC-GDU-SGPUC-PR y Número de Lámina 1/1. • Anexo Nº01 “Numeración Municipal Exterior para Puertas Principales del Asentamiento Humano Centenario • Anexo Nº02 “Numeración Municipal Exterior para Puertas Secundarias del Asentamiento Humano Centenario” Artículo 2.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano y demás áreas competentes, el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal, así como su inscripción en Registros Públicos y las demás acciones correspondientes con arreglo a Ley. Artículo 3.- ENCARGAR a la Secretaría General del Concejo Municipal, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Ofi cina General de Tecnología de la Información y Telecomunicación su publicación y la de sus anexos en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial del Callao (www.gob.pe/municallao). Artículo 4.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. POR TANTO:Mando se registre, comunique, publique y cumpla. PEDRO SPADARO PHILIPPS Alcalde 2373518-1 Aprueban la Numeración Municipal de la Urbanización Sesquicentenario ORDENANZA MUNICIPAL Nº 003-2025/MPC Callao, 17 de febrero de 2025 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO VISTO, en Sesión Ordinaria de Concejo celebrada en la fecha, el Dictamen N° 003-2025-MPC-SR-COPODUN de fecha 29 de enero de 2025 de la Comisión de Población, Desarrollo Urbano y Nomenclatura, y sus antecedentes; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en el artículo 194 modi fi cado por la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 3.4 del artículo 79 de la Ley Orgánica de Municipalidades señala que son funciones especí fi cas exclusivas de las municipalidades disponer la nomenclatura de avenidas, jirones, calles, pasajes, parques, plazas, y la numeración predial; Que, mediante la Resolución Directoral N° 011-2021-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU se aprueban los Lineamientos para la Nomenclatura Vial y Numeración Municipal, que tiene por fi nalidad establecer un instrumento técnico que permita mejorar la identi fi cación de lugares, ahorrar tiempo, mejorar la productividad y plani fi car la ciudad; utilizando como herramienta técnica principal el Reglamento de la Norma Técnica para Numeración