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28 NORMAS LEGALES Miércoles 26 de febrero de 2025 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, el artículo 6 de la Ley N° 27699, Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - Osinergmin, establece que este organismo cuenta con una Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios - JARU, que conoce y resuelve, en segunda y última instancia administrativa, los reclamos de los usuarios de los servicios públicos bajo el ámbito de su competencia; Que, el Decreto Supremo N° 067-2007-PCM creó el Tribunal de Apelaciones de Sanciones en Temas de Energía y Minería - Tastem como órgano encargado de conocer en segunda y última instancia administrativa, los recursos administrativos de apelación interpuestos contra las resoluciones que imponen sanciones en temas de energía y minería; Que, el artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2016-PCM, establece como una de las funciones del Consejo Directivo el designar a los miembros de JARU y Tastem; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 044-2018-OS/CD, publicada con fecha 14 de marzo de 2018, se aprobó el Reglamento de los Órganos Resolutivos de Osinergmin, que rige el funcionamiento y conformación de JARU y de Tastem; Que, el artículo 13 del Reglamento de los Órganos Resolutivos de Osinergmin establece que JARU está conformada por dos Salas Unipersonales y una Sala Colegiada, compuestas las primeras por un vocal titular y la Sala Colegiada por tres vocales titulares; contando dichas salas con dos vocales suplentes que ejercen funciones en todas ellas; Que, por su parte, el artículo 17 del mismo cuerpo normativo precisa que Tastem está compuesto por dos salas conformadas por tres vocales titulares; contando dichas salas con dos vocales suplentes que ejercen funciones en todas ellas; Que, asimismo, los artículos referidos en los párrafos precedentes señalan que los vocales titulares y suplentes de JARU y de Tastem son designados por el Consejo Directivo de Osinergmin, por un periodo de tres años renovables; Que, conforme lo prevé el artículo 20 del Reglamento de los Órganos Resolutivos de Osinergmin, modi fi cado por Resolución N° 147-2023-OS/CD, la selección de los vocales de JARU y de Tastem se realiza mediante concurso público, cuyo procedimiento se efectúa conforme al procedimiento de selección establecido mediante la referida resolución; asimismo, señala que la designación debe realizarse de tal manera que la renovación se produzca de forma escalonada; Que, el 23 de enero de 2025 culminó el periodo de designación de los vocales de JARU y Tastem dispuesto por Resolución N° 001-2022-OS-CD, publicada el 24 de enero de 2022. Como resultado, quedaron vacantes las plazas de vocal titular de la Sala Colegiada y vocal suplente de JARU, así como las plazas de vocal titular de la Sala 1, vocal titular de la 2 y vocal suplente de Tastem; Que, por Resolución N° 101-2024-OS/PRES se designó al Comité de Selección a cargo de la conducción del concurso público para la selección de los postulantes a ser presentados al Consejo Directivo de Osinergmin para la designación de vocales de JARU y Tastem; Que, el Comité de Selección realizó la convocatoria al concurso público y, luego de su culminación, ha presentado al Consejo Directivo la relación de candidatos fi nalistas; Que, asimismo, mediante Resolución N° 152-2024OS/ CD fue designado como Presidente de la Sala 1 de Tastem el señor Luis Eduardo Chacaltana Bonilla, quien lamentablemente falleció el 09 de febrero de 2025, razón por la cual corresponde también designar al profesional que presidirá la Sala 1 de Tastem; De conformidad con lo dispuesto en el inciso m) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2016-PCM; y el numeral 20.2 del artículo 20 del Reglamento de los Órganos Resolutivos de Osinergmin, aprobado por Resolución N° 044-2018-OS/CD, modi fi cado por Resolución N° 147-2023-OS/CD; y el numeral 11 del Reglamento para la selección de los vocales de los Órganos Resolutivos de Osinergmin”, aprobado por Resolución N° 147-2023-OS/CD; y con el visto de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Gerencia General; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 05-2025. SE RESUELVE:Artículo 1.- Designación de vocales de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios - JARU Designar como vocales de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios - JARU, por el periodo del 27 de febrero de 2025 al 26 de febrero de 2028, a los siguientes profesionales: Vocal titular de la Sala Colegiada: Señor Humberto Luis Sheput Stucchi. Vocal suplente: Señor Eduardo Robert Melgar Córdova. Artículo 2.- Designación de vocales del Tribunal de Apelaciones de Sanciones en Temas de Energía y Minería - Tastem Designar como vocales del Tribunal de Apelaciones de Sanciones en Temas de Energía y Minería - Tastem, por el periodo del 27 de febrero de 2025 al 26 de febrero de 2028, a los siguientes profesionales: Vocal titular de la Sala 1: Señor Jorge Luis Ramírez Gózar. Vocal titular de la Sala 2: Señor Sergio Enrique Cifuentes Castañeda. Vocal suplente: Yosue Felipe Valdez Carpio. Artículo 3.- Designación de Presidente de la Sala 1 de Tastem Designar como Presidente de la Sala 1 del Tribunal de Apelaciones de Sanciones en Temas de Energía y Minería - Tastem al señor Jorge Luis Ramírez Gózar. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano” y en el portal institucional de Osinergmin (www.gob.pe/osinergmin)). OMAR CHAMBERGO RODRÍGUEZ Presidente del Consejo Directivo 2375070-1 Resolución de Consejo Directivo que modifica el “Procedimiento de Viabilidad de Nuevos Suministros de Gas Natural” RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 021-2025-OS/CD Lima, 25 de febrero de 2025 VISTO: El Memorando Nº GSE-74-2025, mediante el cual la Gerencia de Supervisión de Energía pone a consideración del Consejo Directivo el proyecto de resolución que aprueba la modi fi cación del “Procedimiento de Viabilidad de Nuevos Suministros de Gas Natural”. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el literal a) del numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, Osinergmin tiene función supervisora, que comprende la facultad de veri fi car el cumplimiento de las obligaciones legales, contractuales o técnicas por