Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JULIO DEL AÑO 2025 (08/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Martes 8 de julio de 2025 El Peruano / Que, mediante la Carta G52-2025, la OROP-PS, invita al Instituto del Mar del Perú - IMARPE para que participe en el “Taller Técnico sobre Evaluación de Estrategias de Manejo del jurel” (en adelante, el taller), a realizarse del 14 al 18 de julio de 2025, en la ciudad de Seattle, Estados Unidos de América; Que, mediante el O fi cio N° 041-2025-IMARPE/GG, el IMARPE remite la solicitud de autorización de viaje en comisión de servicios del señor EDGAR JOSYMAR TORREJON MAGALLANES, servidor de la Dirección General de Investigaciones de Recursos Pelágicos del IMARPE, para que participe en el citado taller, el cual irroga gastos; Que, la referida solicitud se encuentra técnica, presupuestal y legalmente sustentada en el Memorándum N° 447-2025-IMARPE/DGIRP, el Memorándum N° 653-2025-IMARPE/AFRH, el Memorándum N° 328-2025-IMARPE/OGPP, el Memorándum N° 239-2025-IMARPE/AFC, el Memorándum N° 0854-2025-IMARPE/AFLEI y el Informe N° 186-2025-IMARPE/OGAJ; emitidos por la Dirección General de Investigaciones de Recursos Pelágicos, el Área Funcional de Recursos Humanos, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Área Funcional de Contabilidad, el Área Funcional de Logística e Infraestructura y la O fi cina General de Asesoría Jurídica, todos del IMARPE; Que, según el Informe Técnico Sustentatorio remitido mediante Memorándum N° 447-2025-IMARPE/DGIRP de la Dirección General de Investigaciones de Recursos Pelágicos, la participación del citado servidor del IMARPE permitirá posicionar al Perú en la elaboración de una recomendación para un nuevo Procedimiento de Manejo (PM) del recurso jurel en el ámbito de la OROP-PS. Asimismo, indica que se abordarán aspectos relacionados con el ordenamiento regional, orientados a promover el aprovechamiento sostenible del recurso en el sector pesca y acuicultura. Los resultados de este proceso podrán servir como base para brindar asesoramiento técnico-cientí fi co al Ministerio de la Producción, tanto en el manejo de estos recursos a nivel nacional como en el contexto de los organismos regionales de ordenamiento pesquero; asimismo, señala que la participación al citado taller irroga gastos; Que, mediante el Memorando N° 00000950- 2025-PRODUCE/DVPA, el Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura remite la solicitud de autorización de viaje presentada por el IMARPE para su trámite correspondiente; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, señala que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se autorizan conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores públicos y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley N° 27619 tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público; Que, los artículos 2 y 3 de la Ley N° 27619, disponen que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deben sustentar en el interés nacional o institucional, y que deben publicarse en el diario o fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002- PCM, Aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, señala que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado y que irrogue algún gasto al Tesoro Público, se otorgará de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N° 27619 y conforme a las disposiciones contenidas en su Reglamento; asimismo, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y su Reglamento; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM dispone que la Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa CORPAC (tarifa única de uso de aeropuerto - TUUA); sin perjuicio de ello, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 031-2020-PRODUCE se aprueba la Directiva General N° 001-2020-PRODUCE-DM denominada “Lineamientos para la autorización de viajes al exterior en el Ministerio de la Producción”, la cual regula el procedimiento a seguir en el Ministerio de la Producción, para la autorización de viajes al exterior del territorio nacional de los funcionarios y servidores de los órganos, unidades orgánicas, programas, y de los organismos adscritos, en comisión de servicios, por capacitación o representación del Sector Producción; Que, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos precedentes, resulta de interés institucional autorizar el viaje en comisión de servicios al citado servidor del IMARPE para que participe en el taller; además, la referida autorización de viaje al exterior cumple con las disposiciones establecidas en la Directiva General N° 001-2020-PRODUCE-DM; Que, los gastos por concepto de pasajes y viáticos que se deriven durante la participación del taller serán asumidos con cargo al Presupuesto Institucional del IMARPE; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura; y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y la Resolución Ministerial N° 031-2020-PRODUCE, que aprueba la Directiva General N° 001-2020-PRODUCE-DM denominada “Lineamientos para la autorización de viajes al exterior en el Ministerio de la Producción”; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor EDGAR JOSYMAR TORREJON MAGALLANES, servidor del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, para que participe en el “Taller Técnico sobre Evaluación de Estrategias de Manejo del jurel” del 13 al 19 de julio de 2025, a realizarse en la ciudad de Seattle, Estados Unidos de América. Artículo 2 .- Los gastos correspondientes a los pasajes aéreos y viáticos que demande el viaje que se autoriza en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial son cubiertos con cargo a los fondos del Presupuesto Institucional 2025 del Pliego 240: Instituto del Mar del Perú, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes aéreos (Incluido TUUA) US$Viáticos por 6 días (5 días + 1 días de instalación (US$ 440,00 por día) EDGAR JOSYMAR TORREJON MAGALLANES2, 172.00 2, 640.00