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32 NORMAS LEGALES Sábado 19 de julio de 2025 El Peruano / de Desarrollo Agrario y Riego, establecen que este Ministerio ejerce competencia, entre otras, en materia de agricultura y ganadería y de investigación, transferencia de tecnología y otros servicios vinculados a la actividad agraria; Que el “Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Agricultura y la Alimentación” (TIRFAA), rati fi cado por el Perú mediante Decreto Supremo Nº 012-2003-RE, tiene como objetivos la conservación y uso sostenible de dichos recursos y la distribución justa y equitativa de los bene fi cios derivados de su utilización; dicho Tratado establece un sistema multilateral que facilita el acceso a los recursos fi togenéticos para la alimentación y la agricultura y garantiza el reparto de bene fi cios en condiciones de transparencia y equidad; asimismo, dispone la conformación de un órgano rector integrado por todas las Partes Contratantes, encargado de supervisar su aplicación y de adoptar decisiones clave mediante reuniones ordinarias que se celebran cada dos años; Que, la Secretaría del TIRFAA, mediante la Carta ITPGRFA/GB-11/Sede GB11, del 26 de septiembre de 2023, invita a los Puntos Focales Nacionales (PFN) de los países del Grupo Latinoamericano y del Caribe (GRULAC), a participar activamente y explorar la oportunidad dentro de sus gobiernos para hospedar la Undécima Reunión del Órgano Rector del “Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Agricultura y la Alimentación”, a llevarse a cabo en noviembre de 2025, considerando que aún no se ha celebrado ninguna reunión del Órgano Rector en esta región; Que, mediante Carta N° 16-2024-MIDAGRI-DM, de fecha 26 de julio de 2024, el Despacho Ministerial del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego con fi rmó al Perú como sede de la Undécima Reunión del Órgano Rector del “Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Agricultura y la Alimentación”, y al Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA) como responsable de la organización; Que, según lo establecido por el numeral 4.1 del artículo 4 y la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1060, Decreto Legislativo que regula el Sistema Nacional de Innovación Agraria, el Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA), es un Organismo Público adscrito al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego y, como autoridad nacional en innovación tecnológica agraria, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Innovación Agraria (SNIA), y es el responsable de diseñar y ejecutar la estrategia nacional de innovación agraria, así como de la investigación, la transferencia de tecnología, la asistencia técnica, la conservación de recursos genéticos y la producción de semillas, plantones y reproductores de alto valor genético, de la zoni fi cación de cultivos y crianzas en todo el territorio nacional, entre otros; Que, la citada Reunión se llevará a cabo del 24 al 29 de noviembre de 2025, en la ciudad de Lima, República del Perú, y congregará la participación de aproximadamente 750 personas, de 154 países contratantes, entre altos dignatarios, cientí fi cos e investigadores de todo el mundo, y será precedido por consultas regionales e interregionales en las que participan países de África, Asia, Europa, América del Norte, Cercano Oriente y el Grupo América Latina y el Caribe (GRULAC); posterior a ello, se desarrollarán las sesiones plenarias del Órgano Rector, en las que se abordarán diversos temas relacionados con la implementación y desarrollo del Tratado, además de actividades especiales y eventos paralelos cientí fi cos sobre la materia; Que, los temas que se abordarán en la Undécima Reunión del Órgano Rector del “Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Agricultura y la Alimentación” son: i) La adopción de un nuevo Acuerdo Normalizado de Transferencia de Materiales (ANTM) o la implementación de medidas para fortalecer el Sistema Multilateral de Acceso y Distribución de Bene fi cios; asimismo, la discusión de aspectos vinculados a la Información Digital de Secuencias (IDS) como una nueva forma de acceso a los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura (RFAA) y sus implicancias en la distribución de bene fi cios; ii) La adopción de nuevas acciones para mejorar la implementación de los Derechos del Agricultor; y, iii) La toma de decisiones sobre la aplicación del Marco Mundial de Biodiversidad en relación con los recursos fi togenéticos para la alimentación y la agricultura, entre otros temas de interés; Que, la realización de la Undécima Reunión del Órgano Rector del TIRFAA - PERÚ 2025 está alineada al Objetivo Prioritario 3 “Mejorar el manejo de los recursos naturales para la producción agraria sostenible” de la “Política Nacional Agraria 2021-2030”, aprobada por Decreto Supremo N° 017-2021-MIDAGRI, toda vez que promueve la conservación y uso sostenible de la diversidad genética agrícola, elemento clave en la sostenibilidad de los sistemas productivos, fortalece las capacidades técnicas de los productores agrarios mediante el acceso justo y equitativo a los bene fi cios derivados del uso de recursos fi togenéticos adaptados a condiciones locales, favorece la resiliencia frente al cambio climático y la seguridad alimentaria del país; asimismo, promueve la cooperación entre países, el intercambio de conocimientos y tecnologías, el fortalecimiento de capacidades nacionales para la conservación y aprovechamiento responsable de la diversidad biológica, entre otros; Que, según lo señalado por la O fi cina de Cooperación y Asuntos Internacionales del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego en el Informe N° 216-2025-MIDAGRI-SG/OGPP-OCAI, en consonancia a lo referido por la Secretaría del TIRFAA en la Carta s/n del 24 de abril de 2024, la Undécima Reunión del Órgano Rector reviste para la República del Perú gran importancia nacional, pues constituye una medida estratégica que reconoce la importancia no solo para el sector agrario nacional sino para la seguridad alimentaria a nivel global, en vista que el Perú, en su calidad de país megadiverso y centro de origen de cultivos de relevancia mundial, desempeña un rol fundamental en la conservación y uso sostenible de los recursos fi togenéticos para la alimentación y la agricultura, por lo que asumir la organización de esta Reunión no solo fortalece su posicionamiento internacional, sino que también promueve la articulación de alianzas estratégicas en cooperación técnica, innovación agrícola y adaptación al cambio climático, contribuyendo al cumplimiento de sus compromisos internacionales, en el marco del referido Tratado; Que, en virtud de lo señalado, la Undécima Reunión del Órgano Rector del TIRFAA - PERÚ 2025, es de interés nacional, pues permitirá visibilizar y distinguir al Perú, país an fi trión, como uno de los principales centros de biodiversidad mundial, y reconocer sus esfuerzos en materia de conservación y uso sostenible de los recursos fi togenéticos para la alimentación; en esta medida, será una gran oportunidad para que el país ponga en vitrina, la diversidad de cultivos nativos (recursos fi togenéticos) que posee y sus experiencias y logros en su conservación y utilización sostenible, puesto que más de 150 medios de comunicación darán cobertura al evento, y además contribuirá a su proyección internacional, dado que es la primera reunión del Órgano Rector que se realiza en Latinoamérica y el Caribe; Que, el artículo 1 de la Ley Nº 31816, Ley de facilitación aduanera para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional, prescribe que su objeto es coadyuvar a la reactivación del turismo de negocios, reuniones y eventos, restableciendo el marco legal para la facilitación de trámites aduaneros y el ingreso de participantes, entre otros, para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional por el Poder Ejecutivo, conforme a los términos de dicha norma; Que, asimismo, la declaratoria de interés nacional, permitirá una articulación interinstitucional efectiva y la asignación oportuna de los recursos presupuestales necesarios para cubrir con e fi ciencia los aspectos logísticos y operativos del evento, garantizando su desarrollo sin contratiempos, conforme a estándares internacionales, y proyectando una imagen de capacidad organizativa del Estado peruano ante la comunidad internacional; Que, en ese sentido, es necesario que la Undécima Reunión del Órgano Rector del “Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Agricultura y la Alimentación” (TIRFAA) - PERÚ 2025” sea declarada de